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Document 62022CA0238
Case C-238/22, LATAM Airlines Group: Judgment of the Court (Eighth Chamber) of 26 October 2023 (request for a preliminary ruling from the Landgericht Frankfurt am Main — Germany) — FW v LATAM Airlines Group SA (Reference for a preliminary ruling — Air transport — Regulation (EC) No 261/2004 — Article 2(j) — Article 3 — Article 4(3) — Compensation of air passengers in the event of denied boarding — Passenger informed in advance that boarding would be denied — No obligation for the passenger to present him or herself for boarding — Article 5(1)(c) — Exceptions to the right to compensation in the event of a flight cancellation — Inapplicability of those exceptions in the event of a pre-emptive denial of boarding)
Asunto C-238/22, LATAM Airlines Group: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 26 de octubre de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — FW / LATAM Airlines Group SA [Procedimiento prejudicial — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.° 261/2004 — Artículo 2, letra j) — Artículo 3 — Artículo 4, apartado 3 — Compensación a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque — Pasajero informado previamente de la denegación de embarque — Inexistencia de obligación de que el pasajero se presente al embarque — Artículo 5, apartado 1, letra c) — Excepciones al derecho a compensación en caso de cancelación del vuelo — Inaplicabilidad de dichas excepciones en caso de denegación anticipada de embarque]
Asunto C-238/22, LATAM Airlines Group: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 26 de octubre de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — FW / LATAM Airlines Group SA [Procedimiento prejudicial — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.° 261/2004 — Artículo 2, letra j) — Artículo 3 — Artículo 4, apartado 3 — Compensación a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque — Pasajero informado previamente de la denegación de embarque — Inexistencia de obligación de que el pasajero se presente al embarque — Artículo 5, apartado 1, letra c) — Excepciones al derecho a compensación en caso de cancelación del vuelo — Inaplicabilidad de dichas excepciones en caso de denegación anticipada de embarque]
DO C, C/2023/1107, 4.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1107/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Diario Oficial |
ES Serie C |
C/2023/1107 |
4.12.2023 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 26 de octubre de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — FW / LATAM Airlines Group SA
(Asunto C-238/22, (1) LATAM Airlines Group)
(Procedimiento prejudicial - Transporte aéreo - Reglamento (CE) n.o 261/2004 - Artículo 2, letra j) - Artículo 3 - Artículo 4, apartado 3 - Compensación a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque - Pasajero informado previamente de la denegación de embarque - Inexistencia de obligación de que el pasajero se presente al embarque - Artículo 5, apartado 1, letra c) - Excepciones al derecho a compensación en caso de cancelación del vuelo - Inaplicabilidad de dichas excepciones en caso de denegación anticipada de embarque)
(C/2023/1107)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Landgericht Frankfurt am Main
Partes en el procedimiento principal
Demandante: FW
Demandada: LATAM Airlines Group SA
Fallo
1) |
El artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91, en relación con el artículo 2, letra j), del Reglamento n.o 261/2004, debe interpretarse en el sentido de que un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo, que ha informado con antelación a un pasajero de que le denegará el embarque contra la voluntad de este en un vuelo para el que dicho pasajero dispone de una reserva confirmada, debe compensar al referido pasajero, aunque este no se haya presentado al embarque en las condiciones establecidas en el artículo 3, apartado 2, de este mismo Reglamento. |
2) |
El artículo 5, apartado 1, letra c), inciso i), del Reglamento n.o 261/2004 debe interpretarse en el sentido de que dicha disposición, que establece una excepción al derecho a compensación de los pasajeros en caso de cancelación de un vuelo, no regula la situación en la que un pasajero ha sido informado, al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista del vuelo, de que el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo le denegará el transporte contra su voluntad, de manera que ese pasajero ha de disfrutar del derecho a compensación por denegación de embarque previsto en el artículo 4 del citado Reglamento. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1107/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)