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Document 62021CA0625

    Asunto C-625/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 8 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof — Austria) — VB / GUPFINGER Einrichtungsstudio GmbH (Procedimiento prejudicial — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Desistimiento contractual injustificado del consumidor — Cláusula declarada abusiva por la que se regula el derecho del comerciante a una indemnización — Aplicación del Derecho nacional de carácter supletorio)

    DO C 35 de 30.1.2023, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    30.1.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 35/17


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 8 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof — Austria) — VB / GUPFINGER Einrichtungsstudio GmbH

    (Asunto C-625/21) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores - Desistimiento contractual injustificado del consumidor - Cláusula declarada abusiva por la que se regula el derecho del comerciante a una indemnización - Aplicación del Derecho nacional de carácter supletorio)

    (2023/C 35/18)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Oberster Gerichtshof

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: VB

    Demandada: GUPFINGER Einrichtungsstudio GmbH

    Fallo

    Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores,

    deben interpretarse en el sentido de que,

    cuando la cláusula de indemnización incluida en un contrato de compraventa ha sido declarada abusiva y, por consiguiente, nula, pero el contrato puede subsistir sin esa cláusula, se oponen a que el comerciante que ha impuesto dicha cláusula pueda, en el ejercicio de una acción de indemnización por daños y perjuicios basada exclusivamente en una disposición supletoria del Derecho de obligaciones nacional, exigir una indemnización según lo previsto en la citada disposición que hubiera sido aplicable de no existir la referida cláusula.


    (1)  DO C 37 de 24.1.2022.


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