Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62020CA0182

    Asunto C-182/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Suceava — Rumanía) — BE, DT / Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Suceava, Direcţia Generală Regională a Finanţelor Publice Iaşi, Accer Ipurl Suceava — en calidad de liquidador judicial de BE, EP [Procedimiento prejudicial — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Derecho a deducción — Regularización de las deducciones — Procedimiento concursal — Normativa nacional que establece la denegación automática de la deducción del IVA correspondiente a operaciones imponibles anteriores a la apertura de dicho procedimiento]

    DO C 289 de 19.7.2021, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.7.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 289/14


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Suceava — Rumanía) — BE, DT / Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Suceava, Direcţia Generală Regională a Finanţelor Publice Iaşi, Accer Ipurl Suceava — en calidad de liquidador judicial de BE, EP

    (Asunto C-182/20) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Derecho a deducción - Regularización de las deducciones - Procedimiento concursal - Normativa nacional que establece la denegación automática de la deducción del IVA correspondiente a operaciones imponibles anteriores a la apertura de dicho procedimiento)

    (2021/C 289/19)

    Lengua de procedimiento: rumano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Curtea de Apel Suceava

    Partes en el procedimiento principal

    Demandantes: BE, DT

    Demandadas: Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Suceava, Direcţia Generală Regională a Finanţelor Publice Iaşi, Accer Ipurl Suceava — en calidad de liquidador judicial de BE, EP

    Fallo

    Los artículos 184 a 186 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa o a una práctica nacional según la cual la apertura de un procedimiento concursal con respecto a un operador económico —que implica la liquidación de sus activos en beneficio de sus acreedores— conlleva automáticamente la obligación de dicho operador de regularizar las deducciones del impuesto sobre el valor añadido que efectuó por bienes y servicios adquiridos con anterioridad a ser declarado en quiebra, cuando la apertura de tal procedimiento no pueda impedir que prosiga la actividad económica de dicho operador, en el sentido del artículo 9 de la citada Directiva, en particular a efectos de la liquidación de la empresa afectada.


    (1)  DO C 297 de 7.9.2020.


    Top