Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62019CB0465

    Asunto C-465/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 17 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Straubing — Alemania) — B & L Elektrogeräte GmbH/GC (Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 2011/83/UE — Artículo 2, puntos 8, letra c), y 9 — Contrato celebrado fuera del establecimiento — Concepto de «establecimiento mercantil» — Contrato celebrado en un estand de una feria comercial inmediatamente después de que el consumidor, que se hallaba en un espacio común de la feria, fuese contactado por el comerciante)

    DO C 68 de 2.3.2020, p. 27–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    2.3.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 68/27


    Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 17 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Straubing — Alemania) — B & L Elektrogeräte GmbH/GC

    (Asunto C-465/19) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Protección de los consumidores - Directiva 2011/83/UE - Artículo 2, puntos 8, letra c), y 9 - Contrato celebrado fuera del establecimiento - Concepto de «establecimiento mercantil» - Contrato celebrado en un estand de una feria comercial inmediatamente después de que el consumidor, que se hallaba en un espacio común de la feria, fuese contactado por el comerciante)

    (2020/C 68/28)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Amtsgericht Straubing

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: B & L Elektrogeräte GmbH

    Demandada: GC

    Fallo

    El artículo 2, punto 8, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, leído en relación con el artículo 2, punto 9, de esta, debe interpretarse en el sentido de que un contrato celebrado durante una feria comercial en el estand de un comerciante, entre un comerciante y un consumidor, inmediatamente después de que el comerciante haya establecido contacto con dicho consumidor, que se encontraba en el pasillo común que compartían los distintos estands presentes en el pabellón ferial, es un «contrato celebrado fuera del establecimiento» en el sentido de esta disposición.


    (1)  DO C 348 de 14.10.2019.


    Top