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Document 62018CN0252

    Asunto C-252/18 P: Recurso de casación interpuesto el 6 de abril de 2018 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 1 de febrero de 2018 en el asunto T-506/15, Grecia / Comisión

    DO C 190 de 4.6.2018, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    4.6.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 190/16


    Recurso de casación interpuesto el 6 de abril de 2018 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 1 de febrero de 2018 en el asunto T-506/15, Grecia / Comisión

    (Asunto C-252/18 P)

    (2018/C 190/22)

    Lengua de procedimiento: griego

    Partes

    Recurrente: República Helénica (representantes: G. Kanellopoulos, E. Leftheriotou, A. Vasilopoulou y E. Chroni, agentes)

    Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

    Pretensiones de la parte recurrente

    La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que estime su recurso de casación, anule la sentencia recurrida del Tribunal General de 1 de febrero de 2018, recaída en el asunto T-506/15, conforme a lo expuesto específicamente en la demanda, que estime el recurso presentado por la República Helénica el 28 de agosto de 2015 con arreglo a las pretensiones expuestas en su demanda, anule la Decisión 2015/1119/UE de la Comisión Europea de 22 de junio de 2015 en la medida en que esta impone a) correcciones financieras aplicadas de una sola vez y a tanto alzado por un importe de 313 483 531,71 euros para los años de referencia 2009, y 2011 en el ámbito de las ayudas directas por superficie y b) una corrección financiera a tanto alzado del 2 %, en lo que se refiere al régimen de la condicionalidad, en relación con el año de referencia 2011, y que condene a la Comisión al pago de las costas del procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la recurrente invoca cinco motivos:

    A.

    En lo que atañe a la parte de la sentencia recurrida que examina los motivos primero y segundo del recurso de casación, relativos a la corrección del 25 % de las ayudas por superficie (apartados 48 a 140 de la sentencia recurrida).

    El primer motivo de casación se basa en la interpretación y aplicación erróneas del artículo 2 del Reglamento (CE) n.o 796/2004 del a Comisión de 21 de abril de 2004, en lo que se refiere a la definición de los pastos, y en la aplicación errónea del artículo 296 TFUE, así como en la motivación insuficiente e inadecuada de la sentencia recurrida.

    El segundo motivo de casación se basa en la interpretación y aplicación erróneas de las directrices (documento VI/5530/1997) y hace referencia a la subsistencia de los requisitos de aplicación de una corrección financiera del 25 %, en la interpretación y aplicación erróneas del artículo 296 TFUE y de los artículos 43, 44 y 137 del Reglamento n.o 73/2009, en la motivación insuficiente y contradictoria de la sentencia recurrida, en la vulneración del principio de igualdad de armas y en la modificación del informe de síntesis.

    B.

    En lo que atañe a la parte de la sentencia recurrida que examina el tercer motivo de casación, que se refiere a la imposición de una corrección financiera del 5 % por incumplimiento del sistema de identificación de las parcelas agrícolas (SIPA) (apartados 141 a 162 de la sentencia recurrida).

    El tercer motivo de casación se apoya en la violación de los principios de legalidad y de buena administración y del derecho de defensa del administrado, en la vulneración del principio de proporcionalidad, en la interpretación y aplicación erróneas del artículo 296 TFUE y en la insuficiencia de la motivación.

    C.

    En lo que atañe a la parte de la sentencia recurrida que examina el cuarto motivo de casación, relativo a la imposición de una corrección financiera del 2 % (apartados 163 a 183 de la sentencia recurrida).

    El cuarto motivo de casación se basa en la interpretación y aplicación erróneas del artículo 31, apartado 2, del Reglamento n.o 1122/2009 y del artículo 27 del Reglamento n.o 796/2004, en la insuficiencia de la motivación de la sentencia recurrida, así como en una desnaturalización del contenido del recurso.

    D.

    En lo que atañe a la parte de la sentencia recurrida que examina el quinto motivo de casación, que se refiere al régimen de la condicionalidad (apartados 184 a 268 de la sentencia recurrida).

    El quinto motivo de casación se basa en la interpretación y aplicación erróneas de los artículos 11 del Reglamento n.o 885/2006 y 31 del Reglamento n.o 1290/2005, así como en la insuficiencia de la motivación de la sentencia recurrida.


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