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Document 62018CB0431

Asunto C-431/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4.a — España) — María Pilar Bueno Ruiz, Zurich Insurance PL, Sucursal de España/Irene Conte Sánchez (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles — Directiva 2009/103/CE — Artículo 3, párrafo primero — Concepto de «circulación de vehículos» — Escapes de aceite y otros fluidos de un vehículo automóvil — Daños)

DO C 68 de 2.3.2020, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

2.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/19


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4.a — España) — María Pilar Bueno Ruiz, Zurich Insurance PL, Sucursal de España/Irene Conte Sánchez

(Asunto C-431/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles - Directiva 2009/103/CE - Artículo 3, párrafo primero - Concepto de «circulación de vehículos» - Escapes de aceite y otros fluidos de un vehículo automóvil - Daños)

(2020/C 68/17)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4.a

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: María Pilar Bueno Ruiz, Zurich Insurance PL, Sucursal de España

Recurrida: Irene Conte Sánchez

Fallo

El artículo 3, párrafo primero, de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, debe interpretarse en el sentido que está comprendida en el concepto de «circulación de vehículos», que figura en esta disposición, una situación en la que un vehículo que ha realizado maniobras o que ha sido estacionado en un garaje privado, conforme a su función de medio de transporte, propicia un accidente acaecido en ese garaje.


(1)  DO C 373 de 15.10.2018.


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