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Document 62018CA0259

    Asunto C-259/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 3 de Madrid) — Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A./Asendia Spain, S.L.U. (Procedimiento prejudicial — Directiva 97/67/CE — Normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales — Prestación del servicio postal universal — Derechos exclusivos del operador designado — Emisiones de medios de franqueo distintos de los sellos de correos)

    DO C 220 de 1.7.2019, p. 9–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    1.7.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 220/9


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 3 de Madrid) — Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A./Asendia Spain, S.L.U.

    (Asunto C-259/18) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Directiva 97/67/CE - Normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales - Prestación del servicio postal universal - Derechos exclusivos del operador designado - Emisiones de medios de franqueo distintos de los sellos de correos)

    (2019/C 220/12)

    Lengua de procedimiento: español

    Órgano jurisdiccional remitente

    Juzgado de lo Mercantil n.o 3 de Madrid

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.

    Demandada: Asendia Spain, S.L.U.

    Fallo

    El artículo 7, apartado 1, y el artículo 8 de la Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio, en su versión modificada por la Directiva 2008/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que garantiza al operador designado para prestar el servicio postal universal un derecho exclusivo a la distribución de medios de franqueo distintos de los sellos de correos.


    (1)  DO C 221 de 25.6.2018.


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