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Document 62017TN0721
Case T-721/17: Action brought on 17 October 2017 — Topor-Gilka v Council
Asunto T-721/17: Recurso interpuesto el 17 de octubre de 2017 — Topor-Gilka/Consejo
Asunto T-721/17: Recurso interpuesto el 17 de octubre de 2017 — Topor-Gilka/Consejo
DO C 424 de 11.12.2017, p. 56–57
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
11.12.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 424/56 |
Recurso interpuesto el 17 de octubre de 2017 — Topor-Gilka/Consejo
(Asunto T-721/17)
(2017/C 424/81)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Sergey Topor-Gilka (Moscú, Rusia) (representante: N. Meyer, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución del Consejo (PESC) 2017/1418 (1) de 4 de agosto de 2017. |
— |
Con carácter subsidiario, anule al menos parcialmente la resolución impugnada del Consejo (PESC) 2017/1418, en la medida en que incluye al demandante en el número 160 de la lista de personas y organizaciones previstas en el artículo 1 de la resolución. |
— |
Acumule este asunto con el procedimiento paralelo de OOO WO Technopromexport de conformidad con el artículo 68, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1. |
Primer motivo, basado en varios errores manifiestos de apreciación
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2. |
Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación derivada del artículo 296 TFUE, párrafo segundo Alega que la resolución 2017/1418 incumple la obligación de motivación del artículo 296 TFUE, párrafo segundo. La motivación contenida en el número 160 del anexo de la resolución es, en su totalidad, vago y carece de los detalles suficientes. Señala que no refleja los motivos concretos de por qué el Consejo decidió, en el marco de su facultad de apreciación, aplicar las medidas restrictivas al demandante y, en general no cumple los requisitos de la obligación de motivación del artículo 296 TFUE, párrafo segundo. |
3. |
Tercer motivo, basado en la vulneración de los derechos de defensa y de tutela judicial efectiva Al incumplir el Consejo la obligación de motivación del artículo 296 TFUE, párrafo segundo, vulneró los derechos de defensa y de tutela judicial efectiva del demandante, puesto que le impide formular la mejor defensa posible debido al desconocimiento de las razones esenciales por las que se le incluyó en la lista objeto del litigio. |
(1) Decisión (PESC) 2017/1418 del Consejo, de 4 de agosto de 2017, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2017, L 2031, p. 5).
(2) Reglamento (UE) n.o 1351/2014 del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 692/2014 relativo a medidas restrictivas como respuesta a la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol (DO 2014, L 365, p. 46).