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Document 62017TN0649
Case T-649/17: Action brought on 25 September 2017 — ViaSat v Commission
Asunto T-649/17: Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — ViaSat/Comisión
Asunto T-649/17: Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — ViaSat/Comisión
DO C 402 de 27.11.2017, p. 45–46
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/45 |
Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — ViaSat/Comisión
(Asunto T-649/17)
(2017/C 402/60)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: ViaSat, Inc. (Carlsbad, California, Estados Unidos) (representantes: J. Ruiz Calzado, L. Marco Perpiñà y S. Semey, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la decisión desestimatoria presunta de la Comisión Europea de 13 de julio de 2017 resultante de que no contestara en el plazo establecido a la solicitud confirmatoria del demandante de 31 de mayo de 2017 en relación con la solicitud de acceso a documentos registrada el 20 de marzo de 2017 con la referencia GestDem n.o 2017/1725. |
— |
Condene en costas a la Comisión, incluidas las costas de las posibles partes coadyuvantes. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.
1. |
Primer motivo, basado en que la Comisión incumplió su deber de motivación establecido en el artículo 296 TFUE, apartado 2.
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2. |
Segundo motivo, basado en que la Comisión no examinó concreta e individualmente el documento solicitado. |
3. |
Tercer motivo, en el que se alega que la Comisión no motivó y aplicó erróneamente la excepción relativa a la protección de los intereses comerciales, tal como se menciona en el primer guion del artículo 4, apartado 2, del Reglamento 1049/2001. |
4. |
Cuarto motivo, basado en que la Comisión no motivó y aplicó erróneamente la excepción relativa a la protección de las actividades de investigación, tal como se menciona en el tercer guion del artículo 4, apartado 2, del Reglamento 1049/2001. |
5. |
Quinto motivo, en el que se alega que la Comisión determinó erróneamente que no reviste un interés superior en el sentido del artículo 4, apartado 2, del Reglamento 1049/2001. |
6. |
Sexto motivo, basado en que la Comisión determinó erróneamente que no cabía un acceso parcial en el sentido del artículo 4, apartado 6, del Reglamento 1049/2001. |
(1) Decisión n.o 626/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2008, relativa a la selección y autorización de sistemas que prestan servicios móviles por satélite (SMS) (DO 2008, L 172, p. 15).
(2) Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).