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Document 62017TN0452

    Asunto T-452/17: Recurso interpuesto el 20 de julio de 2017 — TL/SEPD

    DO C 347 de 16.10.2017, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.10.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 347/28


    Recurso interpuesto el 20 de julio de 2017 — TL/SEPD

    (Asunto T-452/17)

    (2017/C 347/37)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: TL (representantes: T. Léonard y M. Cock, abogados)

    Demandada: Supervisor Europeo de Protección de Datos

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Constate que, al inadmitir la reclamación aduciendo que ésta constituía una solicitud de revisión y al no dar respuesta a las alegaciones de la parte demandante, la decisión del Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) de 16 de mayo de 2017 por la que se denegó la petición de anonimización de la sentencia [confidencial] (1) y de las páginas web que contenían datos personales, infringe:

    el artículo 46, letra a), del Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (DO 2001, L 8, p. 1), y los artículos 33 y 34, apartado 1, de la Decisión 2013/504/UE del Supervisor Europeo de Protección de Datos, de 17 de diciembre de 2012, relativa a la adopción del Reglamento interno (DO 2013, L 273, p. 41), adoptados en aplicación del citado artículo 46, letra a), que confiere al SEPD la función de investigar las reclamaciones y comunicar al interesado los resultados de su investigación;

    el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que impone la obligación general de motivación a las instituciones y los órganos de la Unión.

    Constate que, al considerar al SEPD incompetente para conocer de la reclamación de la parte demandante, la decisión impugnada infringe el artículo 46, letra c), del Reglamento (CE) n.o 45/2001, en relación con el artículo 8, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

    Y en consecuencia:

    Declare nula y sin efecto la decisión impugnada.

    Condene en costas al SEPD.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en la falta de respuesta del SEPD a la reclamación que la parte demandante presentó ante él. Al inadmitir la reclamación aduciendo que ésta constituía una solicitud de revisión y al no dar respuesta a las alegaciones formuladas por la parte demandante en apoyo de su petición de anonimización, la decisión impugnada infringe el artículo 46, letra a), del Reglamento (CE) n.o 45/2001, que confiere al SEPD la función de investigar las reclamaciones y comunicar al interesado los resultados de su investigación, y los artículos 33 y 34, apartado 1, de la Decisión 2013/504/UE del Supervisor Europeo de Protección de Datos, de 17 de diciembre de 2012, relativa a la adopción del Reglamento interno, adoptados en aplicación del citado artículo 46, letra a), en virtud de los cuales el SEPD ha de tramitar las reclamaciones e informar al reclamante del resultado de la reclamación y de la actuación adoptada. Según la parte demandante, el SEPD no tramitó la reclamación por calificarla erróneamente de solicitud de revisión. Además, la decisión impugnada infringe el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que impone la obligación general de motivación a las instituciones y los órganos de la Unión.

    2.

    Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 46, letra c), del Reglamento (CE) n.o 45/2001, en relación con el artículo 8, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, por cuanto el SEPD consideró erróneamente que no era competente para conocer de la reclamación presentada por la parte demandante.


    (1)  Datos confidenciales ocultados.


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