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Document 62017TN0373
Case T-373/17: Action brought on 9 June 2017 — Louis Vuitton Malletier v EUIPO — Fulia Trading (LV BET ZAKŁADY BUKMACHERSKIE)
Asunto T-373/17: Recurso interpuesto el 9 de junio de 2017 — Louis Vuitton Malletier/EUIPO — Fulia Trading (LV BET ZAKŁADY BUKMACHERSKIE)
Asunto T-373/17: Recurso interpuesto el 9 de junio de 2017 — Louis Vuitton Malletier/EUIPO — Fulia Trading (LV BET ZAKŁADY BUKMACHERSKIE)
DO C 256 de 7.8.2017, p. 37–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.8.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 256/37 |
Recurso interpuesto el 9 de junio de 2017 — Louis Vuitton Malletier/EUIPO — Fulia Trading (LV BET ZAKŁADY BUKMACHERSKIE)
(Asunto T-373/17)
(2017/C 256/41)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Recurrente: Louis Vuitton Malletier (París, Francia) (representantes: P. Roncaglia, G. Lazzeretti, F. Rossi y N. Parrotta, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Fulia Trading Ltd (Londres, Reino Unido)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión que incluye el elemento denominativo «LV BET ZAKŁADY BUKMACHERSKIE» — Solicitud de registro n.o 13514534
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de marzo de 2017 en el asunto R 1567/2016-4
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada y, por lo tanto, deniegue el registro de la marca controvertida. |
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Condene a la EUIPO a cargar con las costas en que incurrió el recurrente en el presente procedimiento. |
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Condene a Fulia a cargar con las costas en que incurrió el recurrente en el presente procedimiento. |
Motivos invocados
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Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento n.o 207/2009. |
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Infracción del artículo 75 del Reglamento n.o 207/2009 y vulneración del principio de seguridad jurídica. |