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Document 62017TN0247

Asunto T-247/17: Recurso interpuesto el 27 de abril de 2017 — Azarov/Consejo

DO C 195 de 19.6.2017, p. 43–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 195/43


Recurso interpuesto el 27 de abril de 2017 — Azarov/Consejo

(Asunto T-247/17)

(2017/C 195/57)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Mykola Yanovych Azarov (Kiev, Ucrania) (representantes: G. Lansky y A. Egger, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, de conformidad con el artículo 263 TFUE y en la medida en que afecten a la parte demandante, la Decisión (PESC) 2017/381 del Consejo, de 3 de marzo de 2017, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2017, L 58, p. 34), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/374 del Consejo, de 3 de marzo de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2017, L 58, p. 1).

Acuerde, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, la práctica de determinadas diligencias de ordenación del procedimiento, y en especial de las siguientes:

que formule preguntas al Consejo;

que inste al Consejo a pronunciarse sobre determinados aspectos del litigio;

que pida información o datos al Consejo y a terceros, entre los que están la Comisión, el SEAE y Ucrania;

que requiera la presentación de documentos o de cualquier escrito relacionado con el asunto.

De conformidad con el artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en que se ha producido la vulneración de derechos fundamentales

En el marco del presente motivo, la parte demandante alega que se han vulnerado su derecho de propiedad y su derecho a la libertad de empresa. Aduce además que las medidas restrictivas impuestas resultan desproporcionadas.

2.

Segundo motivo, basado en que se ha incurrido en errores manifiestos de apreciación.


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