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Document 62017TN0200
Case T-200/17: Action brought on 29 March 2017 — SB v EUIPO
Asunto T-200/17: Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2017 — SB/EUIPO
Asunto T-200/17: Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2017 — SB/EUIPO
DO C 178 de 6.6.2017, p. 29–29
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
6.6.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 178/29 |
Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2017 — SB/EUIPO
(Asunto T-200/17)
(2017/C 178/42)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: SB (representante: S. Pappas, abogado)
Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la resolución del Director Ejecutivo de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 2 de junio de 2016 mediante la que se decidió no renovar por segunda vez el contrato de trabajo de la parte demandante y la resolución del Director Ejecutivo de la EUIPO de 19 de diciembre de 2016 por la que se desestimó la reclamación interpuesta por la parte demandante el 1 de septiembre de 2016. |
— |
Condene a la parte demandada al pago de las costas del presente procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la infracción del Estatuto de los Funcionarios y del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, como resultado de la aplicación de las normas internas en materia de personal de la parte demandada, que pone en pie de igualdad a los funcionarios y a los agentes temporales con contrato de duración indeterminada. Además, la parte demandante alega que, al establecer una diferencia entre agentes temporales con contrato de duración determinada y agentes temporales con contrato de duración indeterminada, la parte demandada infringe el Estatuto de los Funcionarios, y, en el presente asunto, el principio de igualdad de trato. |
2. |
Segundo motivo, basado en la inexistencia de motivación o en su carácter ilegal, contradictorio e insuficiente. |
3. |
Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber diligencia respecto de los empleados públicos. |
4. |
Cuarto motivo, basado en la existencia de discriminación por razón de edad resultado de la aplicación por parte de la parte demandada de una política de personal dirigida a disminuir la edad media de sus empleados. |