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Document 62017CN0539

Asunto C-539/17 P: Recurso de casación interpuesto el 13 de septiembre de 2017 por Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 13 de julio de 2017 en el asunto T-65/15, TALANTON AE/Comisión Europea

DO C 374 de 6.11.2017, p. 22–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 374/22


Recurso de casación interpuesto el 13 de septiembre de 2017 por Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 13 de julio de 2017 en el asunto T-65/15, TALANTON AE/Comisión Europea

(Asunto C-539/17 P)

(2017/C 374/31)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon (representante: K. Damis, dikigoros)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule en su totalidad la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 13 de julio de 2017 en el asunto T-65/15, Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon/Comisión Europea.

Que se estime el recurso interpuesto por la sociedad el 6 de febrero de 2015.

Que se desestime la demanda reconvencional interpuesta por la Comisión.

Que se condene a la Comisión al pago de las costas procesales en que incurrió la recurrente en casación.

Motivos y principales alegaciones

1)

Aplicación errónea del principio de buena fe en la ejecución del contrato controvertido — Infracción de las disposiciones sobre subcontratación de conformidad con el Reglamento financiero vigente.

El Tribunal General hizo una valoración errónea del artículo 1134 del Código Civil belga por lo que respecta a la aplicación del principio de la buena fe en la ejecución del contrato.

El Tribunal General incurrió el error al interpretar las disposiciones sobre subcontratación, tal como se determinan en los artículo 130 y siguientes del Reglamento (UE) n.o 2342/2002 y en las cláusulas contractuales I.II.2.4 y II.13.1 del Contrato Marco FP7/2009/1 suscrito.

2)

Interpretación y aplicación erróneas de la cláusula contractual y valoración manifiestamente errónea de los elementos de prueba.

El Tribunal General incurrió en error, por lo que respecta a la interpretación de la cláusula II.22. Controles económicos y de otro tipo del Anexo II del Contrato Marco suscrito, desestimando erróneamente las pretensiones relativas de la demandante-recurrente en casación.

3)

Valoración manifiestamente errónea de los elementos de prueba y motivación insuficiente.

El Tribunal General incurrió en error al desnaturalizar manifiestamente elementos de prueba clave aportados por la recurrente en casación reconocidos por la recurrida en casación.


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