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Document 62017CN0102

    Asunto C-102/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Contas (Portugal) el 28 de febrero de 2017 — Secretaria Regional de Saúde dos Açores/Ministério Público

    DO C 151 de 15.5.2017, p. 21–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.5.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 151/21


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Contas (Portugal) el 28 de febrero de 2017 — Secretaria Regional de Saúde dos Açores/Ministério Público

    (Asunto C-102/17)

    (2017/C 151/27)

    Lengua de procedimiento: portugués

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal de Contas

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: Secretaria Regional de Saúde dos Açores

    Recurrida: Ministério Público

    Cuestión prejudicial

    ¿Debe interpretarse el artículo 58, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, en el sentido de que se opone a una norma nacional como la descrita[, esto es, el artículo 40, apartados 3 y 5, letra c), del Decreto Legislativo Regional n.o 27/2015/A, de 29 de dezembro de 2015 (Decreto legislativo Regional n.o 27/2015/A, de 29 de diciembre de 2015)], que, en el ámbito de una licitación pública, permite que se imponga como requisito de admisión un criterio geográfico consistente en haber ejecutado con anterioridad tres obras en la misma Región Autónoma?


    (1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).


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