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Document 62017CN0042

Asunto C-42/17: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte costituzionale (Italia) el 26 de enero de 2017 — M.A.S., M.B.

DO C 195 de 19.6.2017, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 195/10


Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte costituzionale (Italia) el 26 de enero de 2017 — M.A.S., M.B.

(Asunto C-42/17)

(2017/C 195/14)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte costituzionale

Partes en el procedimiento principal

M.A.S., M.B.

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 325, apartados 1 y 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en el sentido de que obliga al juez de lo penal a abstenerse de aplicar una normativa nacional en materia de prescripción que, en un número considerable de casos, impide castigar fraudes graves que afectan a los intereses financieros de la Unión o que prevé plazos de prescripción más breves para los fraudes que perjudican los intereses financieros de la Unión que los previstos para los fraudes que perjudican los intereses financieros del Estado, incluso cuando la no aplicación deba efectuarse sin que exista una base jurídica suficientemente definida?

2)

¿Debe interpretarse el artículo 325, apartados 1 y 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en el sentido de que obliga al juez de lo penal a abstenerse de aplicar una normativa nacional en materia de prescripción que, en un número considerable de casos, impide castigar fraudes graves que afectan a los intereses financieros de la Unión o que prevé plazos de prescripción más breves para los fraudes que perjudican los intereses financieros de la Unión que los previstos para los fraudes que perjudican los intereses financieros del Estado, incluso cuando en el ordenamiento jurídico del Estado miembro la prescripción forme parte del Derecho material y esté sujeta al principio de legalidad?

3)

¿Debe interpretarse la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 8 de septiembre de 2015, en el asunto C-105/14, Taricco, en el sentido de que obliga al juez de lo penal a abstenerse de aplicar una normativa nacional en materia de prescripción que, en un número considerable de casos, impide castigar fraudes graves que afectan a los intereses financieros de la Unión o que prevé plazos de prescripción más breves para los fraudes que perjudican los intereses financieros de la Unión que los previstos para los fraudes que perjudican los intereses financieros del Estado, incluso cuando la no aplicación sea contraria a los principios superiores del ordenamiento constitucional del Estado miembro o a los derechos inalienables de la persona reconocidos por el Estado miembro?


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