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Document 62016CN0037
Case C-37/16: Request for a preliminary ruling from the Naczelny Sąd Administracyjny (Poland) lodged on 22 January 2016 — Minister Finansów v Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, established in Warsaw (SAWP)
Asunto C-37/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 22 de enero de 2016 — Minister Finansów/Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)
Asunto C-37/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 22 de enero de 2016 — Minister Finansów/Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)
DO C 145 de 25.4.2016, pp. 17–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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25.4.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 145/17 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 22 de enero de 2016 — Minister Finansów/Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)
(Asunto C-37/16)
(2016/C 145/22)
Lengua de procedimiento: polaco
Órgano jurisdiccional remitente
Naczelny Sąd Administracyjny
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Minister Finansów
Recurrida: Stowarzyszenie Artystów Wykonawców Utworów Muzycznych i Słowno-Muzycznych SAWP, con sede en Varsovia (SAWP)
Cuestiones prejudiciales
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1) |
¿Existe, a efectos del artículo 24, apartado 1, y del artículo 25, letra a), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) una prestación de servicios de los autores, los intérpretes y otros titulares de derechos, a los fabricantes e importadores de magnetófonos, dispositivos similares y soportes vírgenes, por cuya venta las entidades de gestión colectiva recaudan, en su propio nombre pero por cuenta de los primeros, los cánones correspondientes? |
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2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera pregunta, ¿actúan las entidades de gestión colectiva, al recaudar los cánones debidos por la venta de dispositivos y soportes de los fabricantes e importadores, como sujetos pasivos en el sentido del artículo 28 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, estando obligadas a hacer constar estas operaciones mediante factura expedida a los fabricantes e importadores de magnetófonos, dispositivos similares y soportes vírgenes según lo previsto en el artículo 220, apartado 1, punto 1, de dicha Directiva, en la que deberá figurar el IVA devengado por los cánones recaudados, y a su vez estando obligados los autores, intérpretes y otros titulares, al efectuarse el reparto de los cánones, a hacer constar la obtención de los cánones en una factura expedida a las entidades recaudadoras de gestión colectiva, en la que figure el IVA? |