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Document 62015TN0438
Case T-438/15: Action brought on 30 July 2015 — Port Autonome du Centre et de l'Ouest and Others v Commission
Asunto T-438/15: Recurso interpuesto el 30 de julio de 2015 — Port Autonome du Centre et de l’Ouest y otros/Comisión
Asunto T-438/15: Recurso interpuesto el 30 de julio de 2015 — Port Autonome du Centre et de l’Ouest y otros/Comisión
DO C 337 de 12.10.2015, p. 30–31
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.10.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 337/30 |
Recurso interpuesto el 30 de julio de 2015 — Port Autonome du Centre et de l’Ouest y otros/Comisión
(Asunto T-438/15)
(2015/C 337/31)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: Port Autonome du Centre et de l’Ouest SCRL (La Louvière, Bélgica), Port Autonome de Namur (Namur, Bélgica), Port Autonome de Charleroi (Charleroi, Bélgica) y Région wallonne (Jambes, Bélgica) (representante: J. Vanden Eynde, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
— |
Declare la admisibilidad del recurso con respecto a cada uno de los demandantes y, consecuentemente, anule la Decisión de la Comisión con la referencia SA.38393(2014/CP) — fiscalidad portuaria en Bélgica. |
— |
Declare admisible y fundado el presente recurso. |
— |
Por consiguiente, anule la Decisión de la Comisión Europea por la que se considera ayuda de Estado incompatible con el mercado interior el hecho de que las actividades económicas de los puertos belgas, concretamente de los puertos valones, no estén sometidos al impuesto sobre sociedades. |
— |
Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan seis motivos.
1. |
Primer motivo, basado de modo general en que las afirmaciones de la Comisión no están acreditadas de hecho ni justificadas en Derecho. |
2. |
Segundo motivo, basado en que la afirmación de que el sistema tributario de que se trata es el impuesto sobre sociedades no está justificada en Derecho. |
3. |
Tercer motivo, basado en que la Comisión no ha tenido en cuenta las prerrogativas de los Estados miembros en materia de:
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4. |
Cuarto motivo, basado en que las actividades esenciales de los puertos valones son servicios de interés general que, con arreglo a la normativa europea (artículos 93 TFUE y 106 TFUE, apartado 2), no se rigen por las normas de competencia del artículo 107 TFUE. |
5. |
Quinto motivo, alegado con carácter subsidiario y basado en que, si las actividades esenciales de los puertos interiores valones constituyeran servicios de interés económico general, se regirían por lo dispuesto en los artículos 93 TFUE y 106 TFUE, apartado 2, y no les resultarían aplicables las normas de competencia. |
6. |
Sexto motivo, alegado con carácter subsidiario de segundo grado y basado en que no concurren los criterios europeos para la definición de una ayuda de Estado. |