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Document 62014TN0618

    Asunto T-618/14: Recurso interpuesto el 18 de agosto de 2014 — Grupo Bimbo/OAMI (Forma de un taco mexicano)

    DO C 351 de 6.10.2014, p. 25–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.10.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 351/25


    Recurso interpuesto el 18 de agosto de 2014 — Grupo Bimbo/OAMI (Forma de un taco mexicano)

    (Asunto T-618/14)

    2014/C 351/32

    Lengua de procedimiento: español

    Partes

    Demandante: Grupo Bimbo, SAB de CV (México, México) (representante: N. Fernández Fernández-Pacheco, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    anule la decisión dictada por la Segunda Sala de Recuso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 3 de junio de 2014 en el asunto R 2449/2013-2, por no ser ajustada a derecho e incumplir con las disposiciones legales vigentes sobre la marca comunitaria, dictando en su día sentencia de acuerdo con los pedimentos contenidos en el presente escrito de demanda por la suficiente distintividad intrínseca de la marca tridimensional solicitada, estimando el presente recurso y ordenando la inscripción registral de la solicitud de marca comunitaria tridimensional no 1 1 7 48  051, en la clase 30 de la Clasificación internacional por ser conforme a derecho y procedente en Justicia;

    una vez sea estimado el presente recurso e inscrita la citada marca se condene al pago de costas de este proceso al que se oponga a dicha pretensión y a la devolución de las tasas de recurso pagadas a la OAMI.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria solicitada: Marca tridimensional con la forma de un taco mexicano para productos de la clase 30 — Solicitud de marca comunitaria no 1 1 7 48  051

    Resolución del examinador: Desestimación de la solicitud

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados: Violación del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009.


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