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Document 62014TN0402

    Asunto T-402/14: Recurso interpuesto el 6 de junio de 2014 — FCC Aqualia/OAMI — Sociedad General de Aguas de Barcelona (AQUALOGY)

    DO C 261 de 11.8.2014, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.8.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 261/40


    Recurso interpuesto el 6 de junio de 2014 — FCC Aqualia/OAMI — Sociedad General de Aguas de Barcelona (AQUALOGY)

    (Asunto T-402/14)

    2014/C 261/66

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

    Partes

    Demandante: FCC Aqualia, SA (Madrid, España) (representantes: J. de Oliveira Vaz Miranda de Sousa y N. González-Alberto Rodríguez, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sociedad General de Aguas de Barcelona, SA (Barcelona, España)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    anule parcialmente la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 13 de marzo de 2014 en el asunto R 1209/2013-1, y deniegue el registro de la marca comunitaria no 1 0 1 22  976«AQUALOGY» para los servicios reivindicados en las clases 35, 37, 39, 40 y 42 con base en el motivo de prohibición relativo contenidos en el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009;

    subsidiariamente, de no estimarse totalmente la pretensión anterior proceda a anular parcialmente con base en el artículo 8, apartado 5, del Reglamento no 207/2009 la resolución impugnada, en tanto que ésta confirmó la desestimación de la oposición frente a la marca comunitaria no 1 0 1 22  976«AQUALOGY» para los servicios de las clases 35, 37, 39, 40 y 42, y devuelva el recurso a la Sala de Recurso para que sea de nuevo examinado en su totalidad en lo que a la prohibición contenida en el citado artículo se refiere;

    condene a la OAMI a cargar con las costas.

    Motivos y principales alegaciones

    Solicitante de la marca comunitaria: Sociedad General de Aguas de Barcelona, SA

    Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa con elemento verbal «AQUALOGY» para productos y servicios en las clases 1, 4, 5, 6, 7, 9, 11, 12, 17, 19, 27, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45 — Solicitud de marca comunitaria no 1 0 1 22  976

    Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Demandante

    Marca o signo invocado: Marca denominativa «AQUALIA» y marca nacional figurativa con elemento verbal «AQUALIA» para productos y servicios en las clases 7, 9, 32, 35, 36, 37, 39, 40 y 42

    Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados: Violación del artículo 8, apartado 1, letra b), y del artículo 8, apartado 5, del Reglamento no 207/2009


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