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Document 62014TN0338
Case T-338/14: Action brought on 19 May 2014 — UNIC v Commission
Asunto T-338/14: Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — UNIC/Comisión
Asunto T-338/14: Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — UNIC/Comisión
DO C 212 de 7.7.2014, p. 41–42
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.7.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 212/41 |
Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — UNIC/Comisión
(Asunto T-338/14)
2014/C 212/53
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Unione Nazionale Industria Conciaria (UNIC) (Milán, Italia) (representantes: A. Fratini, abogado, M. Bottino, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Estime el recurso y, en consecuencia, anule la decisión impugnada. |
— |
Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
El presente recurso se dirige contra la Decisión de la Comisión Europea, de 19 de marzo de 2014, que desestima la solicitud de que se inicie el procedimiento de revocación de los regímenes arancelarios acordados en favor de India, Pakistán y Etiopía sobre las pieles en bruto y semielaboradas a que se refieren las secciones S-8a, S-8b y S-12a del Reglamento (UE) no 978/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por el que se aplica un sistema de preferencias arancelarias generalizadas y se deroga el Reglamento (CE) no 732/2008 del Consejo (DO L 303, p. 1).
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1. |
Primer motivo, basado en una infracción de los artículos 296 TFUE y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
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2. |
Segundo motivo, basado en un error manifiesto de valoración.
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3. |
Tercer motivo, basado en la vulneración del derecho a una buena administración contemplado en el artículo 41, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
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