This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62014CN0423
Case C-423/14: Request for a preliminary ruling from the Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) lodged on 15 September 2014 — Fazenda Pública v Beiragás — Companhia de Gás das Beiras SA
Asunto C-423/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 15 de septiembre de 2014 — Fazenda Pública/Beiragás — Companhia de Gás das Beiras, S.A.
Asunto C-423/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 15 de septiembre de 2014 — Fazenda Pública/Beiragás — Companhia de Gás das Beiras, S.A.
DO C 439 de 8.12.2014, p. 20–20
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 439/20 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 15 de septiembre de 2014 — Fazenda Pública/Beiragás — Companhia de Gás das Beiras, S.A.
(Asunto C-423/14)
(2014/C 439/26)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Supremo Tribunal Administrativo
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Fazenda Pública
Recurrida: Beiragás — Companhia de Gás das Beiras, S.A.
Cuestiones prejudiciales
1) |
El Derecho de la Unión, y en especial lo dispuesto en el artículo 78, letra a), de la Directiva 2006/112/CE (1), ¿se opone a que […] la tasa de uso del subsuelo que paga la distribuidora de gas sea repercutida sobre el consumidor final, en cuanto tal e independientemente del precio que éste paga por el gas consumido, es decir, sin quedar englobada en dicho precio? En caso de respuesta negativa a esta primera cuestión, se planta la siguiente cuestión prejudicial: |
2) |
El Derecho de la Unión, y en especial lo dispuesto en los artículos 73 a 79 de la Directiva 2006/112/CE, ¿se opone a que […] cuando la tasa de uso del subsuelo que paga la distribuidora de gas sea repercutida sobre el consumidor final, en cuanto tal e independientemente del precio que éste paga por el gas consumido, no sea considerada base imponible [a efectos del IVA]? |
(1) Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).