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Document 62013TN0158
Case T-158/13: Action brought on 15 March 2013 — Iralco v Council
Asunto T-158/13: Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Iralco/Consejo
Asunto T-158/13: Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Iralco/Consejo
DO C 147 de 25.5.2013, p. 24–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.5.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 147/24 |
Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Iralco/Consejo
(Asunto T-158/13)
2013/C 147/43
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Iranian Aluminium Co. (Iralco) (Teherán, Irán) (representantes: S. Millar y S. Ashley, Solicitors, y M. Lester, Barrister)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, y el Reglamento de Ejecución (UE) no 1264/2012 del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que los actos impugnados incluyen a la demandante. |
— |
Condene al Consejo al pago de las costas. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1) |
Primer motivo, basado en que el Consejo no motivó de modo adecuado o suficiente la inclusión de la demandante. |
2) |
Segundo motivo, basado en que el Consejo no respetó el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva de la demandante. |
3) |
Tercer motivo, basado en que el Consejo cometió un error manifiesto al considerar que se cumplían todos los requisitos para la inclusión. |
4) |
Cuarto motivo, basado en que la decisión del Consejo de incluir a la demandante violó injustificada y desproporcionadamente los derechos fundamentales de la demandante, incluyendo su derecho a la protección de su propiedad, actividad empresarial y reputación |