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Document 62013TN0038

    Asunto T-38/13: Recurso interpuesto el 24 de enero de 2013 — Pedro Group/OAMI — Cortefiel (PEDRO)

    DO C 101 de 6.4.2013, p. 20–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.4.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 101/20


    Recurso interpuesto el 24 de enero de 2013 — Pedro Group/OAMI — Cortefiel (PEDRO)

    (Asunto T-38/13)

    2013/C 101/44

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

    Partes

    Demandante: Pedro Group Pte Ltd (Singapur, Singapur) (representante: B. Brandreth, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: Cortefiel, S.A. (Madrid, España)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule parcialmente la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de 26 de noviembre de 2012 (Asunto R 0271/2011-4): Anulación de la parte de la resolución que anuló parte de la resolución de la División de Oposición de 17 de diciembre de 2010 y denegó la solicitud de marca comunitaria de la demandante para algunos productos de la clase 25.

    Condene a la demandada a cargar con las costas de la demandante tanto ante la Sala de Recurso como ante el Tribunal General.

    Motivos y principales alegaciones

    Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

    Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «PEDRO» para productos y servicios de las clases 18, 25 y 35 — Solicitud de marca comunitaria no 7.541.857

    Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

    Marca o signo invocado: Registro de marca comunitaria no 1.252.899 de la marca figurativa en blanco y negro «Pedro del Hierro» para productos y servicios de las clases 3, 9, 14, 18, 25, 35, y 42 y registro internacional no 864.740 con efectos en Bulgaria, España y Rumanía de la marca figurativa en blanco y negro «Pedro del Hierro» para productos y servicios de las clases 3, 14, 25 y 35

    Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición en su totalidad

    Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada en la medida en que desestimó la oposición para los productos de la clase 25, denegación de la solicitud para estos productos y desestimación del recurso en cuanto al resto

    Motivos invocados: Infracción de los artículos 8, apartado 1, letra b), 15 y 42, apartado 2, del Reglamento no 207/2009 del Consejo.


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