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Document 62012TN0535

    Asunto T-535/12: Recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2012 — Still/OAMI (Truck Data Services)

    DO C 32 de 2.2.2013, p. 25–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    2.2.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 32/25


    Recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2012 — Still/OAMI (Truck Data Services)

    (Asunto T-535/12)

    2013/C 32/40

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandante: Still GmbH (Hamburgo, Alemania) (representante: S. Waller, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 10 de septiembre de 2012 en el asunto R 4/2012-1.

    Condene en costas a la demandada.

    Con arreglo al artículo 50, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, acumule el presente procedimiento con el asunto iniciado con la demanda paralela presentada contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) R 130/2012-1, asimismo de 10 de septiembre de 2012, relativa a la solicitud de marca comunitaria «Fleet Data Services», EM 009931387.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria solicitada: Marca gráfica que contiene los elementos denominativos «Truck Data Services», para productos y servicios de las clases 9, 12, 35, 36, 37 y 39 — Solicitud de marca comunitaria no 9.931.429

    Resolución del examinador: Denegación de la solicitud

    Resolución de la Sala de Recurso: Denegación del recurso

    Motivos invocados:

    Infracción del artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento no 207/2009

    Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009

    Infracción del artículo 73, apartado 2, del Reglamento no 207/2009


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