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Document 62012CN0522
Case C-522/12: Request for a preliminary ruling from the Bundesarbeitsgericht (Deutschland) lodged on 19 November 2012 — Tevfik Isbir v DB Services GmbH
Asunto C-522/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 19 de noviembre de 2012 — Tevfik Isbir/DB Services GmbH
Asunto C-522/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 19 de noviembre de 2012 — Tevfik Isbir/DB Services GmbH
DO C 32 de 2.2.2013, p. 5–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
2.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/5 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 19 de noviembre de 2012 — Tevfik Isbir/DB Services GmbH
(Asunto C-522/12)
2013/C 32/06
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesarbeitsgericht
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Tevfik Isbir
Demandada: DB Services GmbH
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Se ha de interpretar el concepto de cuantías de salario mínimo que figura en el artículo 3, apartado 1, párrafo primero, letra c), de la Directiva 96/71/CE (1) en el sentido de que designa la contraprestación del empresario por aquella prestación laboral del trabajador que, con arreglo a las disposiciones reglamentarias o administrativas o con arreglo a un convenio colectivo de aplicación general a que se refiere el artículo 3, apartado 1, primera frase, de la Directiva, se remunera exclusiva e íntegramente con el salario mínimo («trabajo normal»), por lo que sólo se pueden imputar a la obligación de pagar la cuantía de salario mínimo las prestaciones del empresario que remuneren dicho trabajo normal y que deben ponerse a disposición del trabajador, a más tardar, al vencer el plazo para el correspondiente pago del salario? |
2) |
¿Se ha de interpretar el concepto de cuantías de salario mínimo que figura en el artículo 3, apartado 1, párrafo primero, letra c), de la Directiva 96/71/CE en el sentido de que se opone a una normativa o práctica nacional conforme a la cual las prestaciones de un empresario no se consideran parte del salario mínimo y, por tanto, no se han de imputar a la satisfacción del derecho al salario mínimo si el empresario las realiza en virtud de una obligación establecida en convenio colectivo:
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(1) Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 1996 sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios (DO 1997, L 18, p. 1).