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Document 62012CN0373

Asunto C-373/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 3 de agosto de 2012 — G.I.C. Cash, a.s./Marián Gunčaga

DO C 355 de 17.11.2012, pp. 8–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.11.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 355/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 3 de agosto de 2012 — G.I.C. Cash, a.s./Marián Gunčaga

(Asunto C-373/12)

2012/C 355/13

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd v Prešove

Partes en el procedimiento principal

Demandante: G.I.C. Cash, a.s.

Demandada: Marián Gunčaga

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (1) (en lo sucesivo, «Carta»), en relación con su artículo 38 y con los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, (2) sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en el sentido de que, cuando un tribunal que conozca de una controversia relativa a un contrato celebrado con los consumidores deba apreciar si una cláusula es abusiva y un tribunal de otro Estado miembro haya declarado ya, en circunstancias fácticas análogas, que una cláusula contractual de contenido idéntico o similar resulta abusiva, el consumidor tiene derecho a que el tribunal que conoce del litigio examine si la cláusula controvertida es abusiva teniendo en cuenta la resolución adoptada por el tribunal del otro Estado miembro?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿se considera que el tribunal que conoce de la controversia ha vulnerado el derecho fundamental de los consumidores derivado de los artículos 47 y 38 de la Carta cuando no tenga en cuenta la resolución del tribunal de otro Estado miembro sobre la condición abusiva de una cláusula de contenido idéntico o similar?


(1)  DO C 364, de 18.12.2000, p. 1.

(2)  Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO L 95, p. 29).


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