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Document 62012CA0271
Case C-271/12: Judgment of the Court (Second Chamber) of 8 May 2013 (request for a preliminary ruling from the Cour d’appel de Mons — Belgium) — Petroma Transports SA, Martens Énergie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens v État belge (Taxation — Value added tax — Sixth Directive 77/388/EEC — Right to deduct input tax — Obligations of the taxable person — Possession of improper or inaccurate invoices — Omission of mandatory particulars — Refusal of the right to deduct — Evidence subsequent to the occurrence of the transactions invoiced — Correcting invoices — Right to refund of VAT — Principle of neutrality)
Asunto C-271/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de mayo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons — Bélgica) — Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens/État belge (Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido — Sexta Directiva 77/388/CEE — Derecho a la deducción del impuesto soportado — Obligaciones del sujeto pasivo — Posesión de facturas irregulares o imprecisas — Omisión de menciones obligatorias — Denegación del derecho a la deducción — Pruebas posteriores de la realidad de las operaciones facturadas — Facturas rectificativas — Derecho a la devolución del IVA — Principio de neutralidad)
Asunto C-271/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de mayo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons — Bélgica) — Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens/État belge (Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido — Sexta Directiva 77/388/CEE — Derecho a la deducción del impuesto soportado — Obligaciones del sujeto pasivo — Posesión de facturas irregulares o imprecisas — Omisión de menciones obligatorias — Denegación del derecho a la deducción — Pruebas posteriores de la realidad de las operaciones facturadas — Facturas rectificativas — Derecho a la devolución del IVA — Principio de neutralidad)
DO C 225 de 3.8.2013, pp. 35–36
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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3.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 225/35 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de mayo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons — Bélgica) — Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens/État belge
(Asunto C-271/12) (1)
(Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido - Sexta Directiva 77/388/CEE - Derecho a la deducción del impuesto soportado - Obligaciones del sujeto pasivo - Posesión de facturas irregulares o imprecisas - Omisión de menciones obligatorias - Denegación del derecho a la deducción - Pruebas posteriores de la realidad de las operaciones facturadas - Facturas rectificativas - Derecho a la devolución del IVA - Principio de neutralidad)
2013/C 225/60
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour d’appel de Mons
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens
Demandada: État belge
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Cour d’appel de Mons — Interpretación de las normas relativas al impuesto sobre el valor añadido — Deducción del impuesto soportado — Obligación del sujeto pasivo — Supeditación del derecho a la deducción del IVA a la posesión de una factura que incluya obligatoriamente determinadas menciones — Concepto de mención esencial — Denegación del derecho a la deducción — Presentación posterior de información como elemento probatorio de la realidad, de la naturaleza y del importe de las prestaciones realizadas — Compatibilidad con el Derecho de la Unión de una jurisprudencia nacional que deniega el derecho a la deducción en el supuesto de que se omitan menciones obligatorias en la factura — Interpretación del principio de neutralidad — Incidencia de la imprecisión de las facturas en la obligación del Estado de devolver el IVA percibido.
Fallo
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1) |
Las disposiciones de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, en la versión modificada por la Directiva 94/5/CE del Consejo, de 14 de febrero de 1994, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, en virtud de la cual puede denegarse el derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido a los sujetos pasivos destinatarios de servicios que disponen de facturas incompletas, aun cuando éstas se hayan completado con la presentación de información destinada a probar la realidad, la naturaleza y el importe de las operaciones facturadas después de haber sido adoptada tal resolución denegatoria. |
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2) |
El principio de neutralidad fiscal no se opone a que la administración fiscal deniegue la devolución del impuesto sobre el valor añadido ingresado por una sociedad prestadora de servicios cuando se ha denegado a las sociedades destinatarias de dichos servicios el ejercicio del derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido que gravó esos servicios debido a las irregularidades observadas en las facturas emitidas por dicha sociedad prestadora de servicios. |