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Document 62011TB0285

Asunto T-285/11: Auto del Tribunal General de 15 de diciembre de 2011 — Gooré/Consejo ( «Política extranjera y de seguridad común — Medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Costa de Marfil — Exclusión de la lista de las personas afectadas — Recurso de anulación — Improcedencia de resolver — Recurso de indemnización — Recurso manifiestamente carente de todo fundamento» )

DO C 49 de 18.2.2012, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 49/24


Auto del Tribunal General de 15 de diciembre de 2011 — Gooré/Consejo

(Asunto T-285/11) (1)

(Política extranjera y de seguridad común - Medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Costa de Marfil - Exclusión de la lista de las personas afectadas - Recurso de anulación - Improcedencia de resolver - Recurso de indemnización - Recurso manifiestamente carente de todo fundamento)

2012/C 49/44

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Charles Kader Gooré (Abiyán, Costa de Marfil) (representante: F. Meynot, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen, G. Étienne y M. Chavrier, agentes)

Objeto

Por un lado, una demanda de anulación del Reglamento (UE) no 330/2011 del Consejo, de 6 de abril de 2011, que modifica el Reglamento (CE) no 560/2005 por el que se imponen algunas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Costa de Marfil (DO L 93, p. 10), en cuanto afecta al demandante, y por otro lado una pretensión de indemnización.

Fallo

1)

No procede actualmente resolver sobre la demanda de anulación del Reglamento (UE) no 330/2011 del Consejo, de 6 de abril de 2011, que modifica el Reglamento (CE) no 560/2005 por el que se imponen algunas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Costa de Marfil.

2)

Desestimar la pretensión de indemnización.

3)

Cada parte cargará con sus propias costas.

4)

No ha lugar a resolver sobre la demanda de intervención de la Comisión Europea.


(1)  DO C 238, de 13.8.2011.


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