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Document 62011CN0489

    Asunto C-489/11 P: Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2011 por Mitsubishi Electric Corp. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 12 de julio de 2011 en el asunto T-133/07: Mitsubishi Electric Corp./Comisión Europea

    DO C 347 de 26.11.2011, p. 15–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.11.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 347/15


    Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2011 por Mitsubishi Electric Corp. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 12 de julio de 2011 en el asunto T-133/07: Mitsubishi Electric Corp./Comisión Europea

    (Asunto C-489/11 P)

    2011/C 347/24

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Recurrente: Mitsubishi Electric Corp. (representantes: R. Denton, Solicitor, J.J Vyavaharkar, Solicitor, K. Haegeman, abogado)

    Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

    Pretensiones de la parte recurrente

    Que se anule la sentencia en cuanto desestima la demanda de Melco ante el Tribunal General.

    Que se anulen aquellos artículos de la Decisión que no han sido anulados ya por la sentencia, en lo que resulten aplicables a Melco y a TMT&D, en relación con el período por el cual se reputa que Melco es responsable solidario con Toshiba por las actividades de TMT&D.

    En todo caso, que se imponga a la Comisión el pago de sus propias costas, así como el pago de las causadas por Melco en el presente procedimiento y en el procedimiento ante el Tribunal General.

    Motivos y principales alegaciones

    El recurrente plantea que el Tribunal General ha incurrido en significativos errores de Derecho al valorar la prueba relativa a la existencia de la supuesta «acepción usual»:

    El Tribunal General distorsiona la información relativa a la existencia de la «acepción usual».

    El Tribunal General no ha aplicado el criterio correcto en la revisión de la prueba y ha aplicado erróneamente el principio jurisprudencial que establece cuál es el parámetro que debe ser aplicado al cómputo de los intereses del declarante por ser especialmente fiable.

    El Tribunal General ha aplicado erróneamente la jurisprudencia relativa al parámetro y a la ponderación de la prueba al concluir que la afirmación del Sr. M es creíble y tiene valor probatorio.

    El Tribunal General aplica erróneamente la normativa sobre corroboración a la respuesta de Fuji a la declaración de oposición.

    El Tribunal General no ha tomado en consideración los efectos generales de los incumplimientos por parte de la Comisión de los derechos de Melco a la defensa y a un juicio justo.

    El Tribunal General ha vulnerado el derecho de Melco a la defensa, en concreto, a la presunción de inocencia, al exigirle que probara su negativa a demostrar que no había cometido ninguna infracción.

    El Tribunal General ha vulnerado la presunción de inocencia y ha aplicado incorrectamente los principios legales al negarse a tomar en consideración la admisible explicación alternativa.

    El recurrente también plantea que el Tribunal General ha cometido errores legales graves en la valoración de la duración significativa del supuesto incumplimiento:

    El Tribunal General no ha acreditado de modo jurídicamente suficiente la duración significativa del supuesto incumplimiento.


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