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Document 62011CN0433

Asunto C-433/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 22 de agosto de 2011 — SKP/Kveta Polhošová

DO C 340 de 19.11.2011, pp. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.11.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 340/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 22 de agosto de 2011 — SKP/Kveta Polhošová

(Asunto C-433/11)

2011/C 340/12

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd v Prešove

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SKP

Demandada: Kveta Polhošová

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Los artículos 5 a 9 de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, (1) deben interpretarse en el sentido de que ha de considerarse práctica comercial desleal la práctica de un operador económico de ceder créditos frente a los consumidores a una entidad en quiebra, cuando no se garantiza a los consumidores el reembolso de las costas del procedimiento judicial que se deriva de un contrato celebrado con un consumidor?

2)

En caso de que se responda a la cuestión anterior en el sentido de que es contrario al Derecho de la Unión Europea la cesión de créditos frente a los consumidores a una entidad en quiebra a efectos de cobro:

a)

¿El artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea puede interpretarse en el sentido de que no se opone a que un órgano jurisdiccional, con el fin de proteger a los consumidores, no aplique la exención de la contribución unificada prevista en la ley a favor del síndico de la quiebra y declare eventualmente, sin perjudicar con ello el derecho de tutela judicial del síndico de la quiebra, que no procede sustanciar el litigio por falta de pago de la contribución unificada por la demanda?

b)

¿Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, (2) se oponen a la aplicación de una disposición de Derecho nacional por la que se exime al síndico de la quiebra del pago de la contribución unificada, en el caso de que, sin la práctica comercial desleal, el demandante no habría estado exento del pago de dicha contribución y, al no proceder el inicio de la sustanciación del litigio, se habría evitado el procedimiento judicial relativo a la prestación derivada de la cláusula abusiva?


(1)  Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) no 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales») (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 149, p. 22).

(2)  DO L 95, p. 29.


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