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Document 62011CA0579

    Asunto C-579/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 19 de diciembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal do Porto — Portugal) — Grande Área Metropolitana do Porto (GAMP)/Comissão Directiva do Programa Operacional Potencial Humano, Ministério do Ambiente e do Ordenamento do Território, Ministério do Trabalho e da Solidariedade Social [Fondos Estructurales — Reglamento (CE) n ° 1083/2006 — Subvencionabilidad geográfica — Ejecución de una inversión cofinanciada por la Unión Europea a partir de una localidad situada fuera de las regiones subvencionables y por un operador establecido en dicha localidad]

    DO C 46 de 16.2.2013, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.2.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 46/11


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 19 de diciembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal do Porto — Portugal) — Grande Área Metropolitana do Porto (GAMP)/Comissão Directiva do Programa Operacional Potencial Humano, Ministério do Ambiente e do Ordenamento do Território, Ministério do Trabalho e da Solidariedade Social

    (Asunto C-579/11) (1)

    (Fondos Estructurales - Reglamento (CE) no 1083/2006 - Subvencionabilidad geográfica - Ejecución de una inversión cofinanciada por la Unión Europea a partir de una localidad situada fuera de las regiones subvencionables y por un operador establecido en dicha localidad)

    2013/C 46/19

    Lengua de procedimiento: portugués

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal Administrativo e Fiscal do Porto

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Grande Área Metropolitana do Porto (GAMP)

    Demandadas: Comissão Directiva do Programa Operacional Potencial Humano, Ministério do Ambiente e do Ordenamento do Território, Ministério do Trabalho e da Solidariedade Social

    En el que participa: Instituto Nacional de Administração, Sindicato dos Quadros Técnicos do Estado, Instituto Superior de Ciências do Trabalho e da Empresa, Instituto do Desporto de Portugal

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Tribunal Administrativo e Fiscal do Porto — Interpretación de los artículos 174 TFUE, 175 TFUE y 176 TFUE, de los artículos 5 a 8, 22, 32, 34, 35 y 56 del Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999 (DO L 210, p. 25), y del Reglamento (CE) no 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 154, p. 1) — Intervenciones de carácter estructural — Financiación por la Unión — Programas operativos — Subvencionabilidad de los gastos — Nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS).

    Fallo

    Las disposiciones del Derecho primario de la Unión relativas a la cohesión económica, social y territorial y el Reglamento no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que una inversión cofinanciada por la Unión Europea se ejecute a partir de una localidad situada fuera de las regiones subvencionables y por un operador establecido en tal localidad, siempre que esa inversión se dirija, como finalidad específica e identificable, a las regiones subvencionables.


    (1)  DO C 32, de 4.2.2012.


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