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Document 62011CA0219

    Asunto C-219/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 22 de noviembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Brain Products GmbH/BioSemi VOF, Antonius Pieter Kuiper, Robert Jan Gerard Honsbeek, Alexander Coenraad Metting van Rijn (Procedimiento prejudicial — Productos sanitarios — Directiva 93/42/CEE — Ámbito de aplicación — Interpretación del concepto de «producto sanitario» — Producto comercializado para un uso no médico — Investigación de un proceso fisiológico — Libre circulación de mercancías)

    DO C 26 de 26.1.2013, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.1.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 26/7


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 22 de noviembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Brain Products GmbH/BioSemi VOF, Antonius Pieter Kuiper, Robert Jan Gerard Honsbeek, Alexander Coenraad Metting van Rijn

    (Asunto C-219/11) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Productos sanitarios - Directiva 93/42/CEE - Ámbito de aplicación - Interpretación del concepto de «producto sanitario» - Producto comercializado para un uso no médico - Investigación de un proceso fisiológico - Libre circulación de mercancías)

    2013/C 26/13

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Bundesgerichtshof

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Brain Products GmbH

    Demandadas: BioSemi VOF, Antonius Pieter Kuiper, Robert Jan Gerard Honsbeek, Alexander Coenraad Metting van Rijn

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Bundesgerichtshof — Interpretación del artículo 1, apartado 2, letra a), tercer guión, de la Directiva 93/42/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa a los productos sanitarios (DO L 169, p. 1), en su versión modificada por la Directiva 2007/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007 (DO L 247, p. 21) — Interpretación del concepto de «producto sanitario» — Aplicación de la Directiva a un artículo destinado a fines diagnósticos de un proceso fisiológico comercializado para un uso no médico.

    Fallo

    El artículo 1, apartado 2, letra a), tercer guión, de la Directiva 93/42/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa a los productos sanitarios, en su versión modificada por la Directiva 2007/47/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «producto sanitario» sólo cubre un objeto concebido por su fabricante para ser utilizado en seres humanos con fines de investigación de un proceso fisiológico si se destina a fines médicos.


    (1)  DO C 232, de 6.8.2011.


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