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Document 62010TO0139
Order of the General Court (Seventh Chamber) of 21 March 2011.#Milux Holding SA v Office for Harmonisation in the Internal Market (Trade Marks and Designs) (OHIM).#Community trade mark - Representation of the applicant by a lawyer who is not a third party - Inadmissibility.#Cases T-139/10, T-280/10 to T-285/10 and T-349/10 to T-352/10.
Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de marzo de 2011.
Milux Holding SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI).
Marca comunitaria - Representación de la demandante por un abogado que no tiene la condición de tercero - Inadmisibilidad.
Asuntos T-139/10, T-280/10 a T-285/10 y T-349/10 a T-352/10.
Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de marzo de 2011.
Milux Holding SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI).
Marca comunitaria - Representación de la demandante por un abogado que no tiene la condición de tercero - Inadmisibilidad.
Asuntos T-139/10, T-280/10 a T-285/10 y T-349/10 a T-352/10.
Recopilación de Jurisprudencia 2011 II-00055*
ECLI identifier: ECLI:EU:T:2011:98
Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de marzo de 2011 — Milux/OAMI (REFLUXCONTROL y otros)
(Asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10)
«Marca comunitaria — Representación de la demandante por un abogado que no tiene la condición de tercero — Inadmisibilidad»
Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Escrito firmado por un abogado, tercero respecto del demandante — Sociedad demandante representada por un abogado que asimismo es su gerente — Inadmisibilidad (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 19, párrs. 1, 3 y 4, y 21, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 43, ap. 1, párr. 1) (véanse los apartados 20, 21, 25 y 26)
Objeto
| Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 13 de enero de 2010 (asunto R 1134/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo REFLUXCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑139/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1432/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo ANEURYSMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑280/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1433/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo APPETITECONTROL como marca comunitaria (asunto T‑281/10), de 8 de junio de 2010 (asunto R 1434/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo STOMACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑282/10), de 17 de junio de 2010 (asunto R 1435/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo BMICONTROL como marca comunitaria (asunto T‑283/10), de 3 de junio de 2010 (asunto R 1438/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo IMPLANTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑284/10), de 29 de abril de 2010 (asunto R 1444/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo CHEMOCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑285/10), de 29 de junio de 2010 (asunto R 1436/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo OVUMCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑349/10), de 2 de julio de 2010 (asunto R 1437/2009-4), relativa a la solicitud de registro del signo denominativo HEARTCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑350/10), de 28 de julio de 2010 (asunto R 1439/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo VESICACONTROL como marca comunitaria (asunto T‑351/10), y de 28 de julio de 2010 (asunto R 1443/2009-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo RECTALCONTROL como marca comunitaria (asunto T‑352/10). |
Datos relativos al asunto
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Solicitante de la marca comunitaria: |
Milux Holding SA |
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Marcas comunitarias solicitadas: |
Marcas denominativas REFLUXCONTROL, ANEURYSMCONTROL, APPETITECONTROL, STOMACONTROL, BMICONTROL, IMPLANTCONTROL, CHEMOCONTROL, OVUMCONTROL, HEARTCONTROL, VESICACONTROL y RECTALCONTROL para productos y servicios de las clases 9, 10 y 44 |
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Resolución del examinador: |
Desestimación de las solicitudes de marca comunitaria |
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Resolución de la Sala de Recurso: |
Desestimación de los recursos |
Fallo
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1) |
Acumular los asuntos T‑139/10, T‑280/10 a T‑285/10 y T‑349/10 a T‑352/10 a efectos del presente auto. |
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2) |
Declarar la inadmisibilidad de los recursos. |
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3) |
Condenar en costas a Milux Holding SA. |