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Document 62010TN0150
Case T-150/10: Action brought on 26 March 2010 — Telefónica O2 Germany v OHIM — Loopia (LOOPIA)
Asunto T-150/10: Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Telefónica O2 Germany/OAMI — Loopia (LOOPIA)
Asunto T-150/10: Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Telefónica O2 Germany/OAMI — Loopia (LOOPIA)
DO C 148 de 5.6.2010, p. 43–43
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.6.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/43 |
Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2010 — Telefónica O2 Germany/OAMI — Loopia (LOOPIA)
(Asunto T-150/10)
2010/C 148/71
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Telefónica O2 Germany GmbH & Co. OHG (Múnich, Alemania) (representantes: A. Fottner y M. Müller, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Loopia AB (Västeras, Suecia)
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 12 de enero de 2010 en el asunto R 1812/2008-1. |
— |
Que se condene a la demandada a cargar con las costas, incluidas las del recurso de apelación. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «LOOPIA» para servicios de la clase 42
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante
Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa «LOOP», registrada en Alemania, para productos y servicios de las clases 9, 38 y 42; Marca denominativa «LOOP», registrada en la Comunidad, para productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 38 y 42; Marca denominativa «LOOPY», registrada en la Comunidad, para productos y servicios de las clases 9, 38 y 42
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición para todos los productos impugnados
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la decisión impugnada, desestimación de la oposición y estimación de la solicitud de registro
Motivos invocados: Incumplimiento del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo, al estimar erróneamente la Sala de Recurso que no existía riesgo de confusión entre las marcas controvertidas.