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Document 62010CN0229
Case C-229/10: Reference for a preliminary ruling from the Tribunal Cível da Comarca do Porto (Portugal) lodged on 10 May 2010 — Maria Alice Pendão Lapa Costa Ferreira, Alexandra Pendão Lapa Ferreira v Companhia de Seguros Tranquilidade SA
Asunto C-229/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Cível da Comarca do Porto (Portugal) el 10 de mayo de 2010 — Maria Alice Pendão Lapa Costa Ferreira, Alexandra Pendão Lapa Ferreira/Companhia de Seguros Tranquilidade, S.A.
Asunto C-229/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Cível da Comarca do Porto (Portugal) el 10 de mayo de 2010 — Maria Alice Pendão Lapa Costa Ferreira, Alexandra Pendão Lapa Ferreira/Companhia de Seguros Tranquilidade, S.A.
DO C 195 de 17.7.2010, p. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.7.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 195/12 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Cível da Comarca do Porto (Portugal) el 10 de mayo de 2010 — Maria Alice Pendão Lapa Costa Ferreira, Alexandra Pendão Lapa Ferreira/Companhia de Seguros Tranquilidade, S.A.
(Asunto C-229/10)
2010/C 195/17
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Cível da Comarca do Porto
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Maria Alice Pendão Lapa Costa Ferreira, Alexandra Pendão Lapa Ferreira
Demandada: Companhia de Seguros Tranquilidade, S.A.
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Es conforme con las Directivas europeas relativas al seguro obligatorio de automóvil [72/166/CEE, (1) 84/5/CEE, (2) 90/232/CEE, (3) 2000/26/CE (4) y 2005/14/CE, (5) en especial con el artículo 1 bis de la Directiva 90/232], la interpretación del artículo 505 del Código Civil [portugués] que excluye la responsabilidad por riesgo derivado de la circulación de vehículos en los accidentes en que el peatón es responsable único y exclusivo? |
2) |
¿Es conforme con las mismas Directivas la interpretación del artículo 570 del mismo Código Civil que permite la reducción o exclusión de la indemnización, en función de la gravedad de la culpa de ambas partes, en los casos en que un hecho culposo del perjudicado ha contribuido a la producción o agravamiento del daño? |
3) |
En caso afirmativo, ¿se oponen dichas Directivas a una interpretación que permita la limitación o reducción de la indemnización, teniendo en cuenta la culpa del peatón, por un lado, y el riesgo atribuible al vehículo automóvil, por otro, en la producción del siniestro? |
(1) Directiva del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros, sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113).
(2) Directiva del Consejo, de 30 de diciembre de 1983, Segunda Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de la circulación de los vehículos automóviles (DO 1984, L 8, p. 17; EE 13/15, p. 244).
(3) Directiva del Consejo, de 14 de mayo de 1990, Tercera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles (DO L 129, p. 33).
(4) Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE del Consejo (Cuarta Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles) (DO L 181, p. 65).
(5) Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, por la que se modifican las Directivas 72/166/CEE, 84/5/CEE, 88/357/CEE y 90/232/CEE del Consejo y la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativas al seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles (DO L 149, p. 14).