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Document 62009CA0316

    Asunto C-316/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de mayo de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — MSD Sharp & Dohme GmbH/Merckle GmbH (Medicamentos para uso humano — Directiva 2001/83/CE — Prohibición de la publicidad destinada al público de los medicamentos que sólo puedan dispensarse con receta médica — Concepto de «publicidad» — Información comunicada a la autoridad competente — Información disponible en Internet)

    DO C 186 de 25.6.2011, p. 3–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.6.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 186/3


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de mayo de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — MSD Sharp & Dohme GmbH/Merckle GmbH

    (Asunto C-316/09) (1)

    (Medicamentos para uso humano - Directiva 2001/83/CE - Prohibición de la publicidad destinada al público de los medicamentos que sólo puedan dispensarse con receta médica - Concepto de «publicidad» - Información comunicada a la autoridad competente - Información disponible en Internet)

    2011/C 186/05

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Bundesgerichtshof

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: MSD Sharp & Dohme GmbH

    Demandada: Merckle GmbH

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Bundesgerichtshof — Interpretación del artículo 88, apartado 1, primer guión, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO L 311, p. 67) — Prohibición de la publicidad destinada al público de los medicamentos que sólo pueden dispensarse con receta médica — Concepto de publicidad — Publicidad de un medicamento que da acceso a la información únicamente a quienes la buscan en Internet y que sólo incluye la información comunicada a la autoridad competente en el procedimiento de autorización de comercialización de dicho medicamento y disponible para los pacientes en el momento de su adquisición.

    Fallo

    El artículo 88, apartado 1, letra a), de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, en su versión modificada por la Directiva 2004/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, debe interpretarse en el sentido de que no prohíbe que una empresa farmacéutica difunda en una página web información relativa a medicamentos sujetos a prescripción médica, cuando tal información está disponible en esa página sólo para quien desee obtenerla y dicha difusión consiste únicamente en la reproducción fiel del embalaje del medicamento, de conformidad con el artículo 62 de la Directiva 2001/83, en su versión modificada por la Directiva 2004/27, y en la reproducción literal e íntegra del prospecto o del resumen de las características del producto aprobados por las autoridades competentes en materia de medicamentos. Por el contrario, se prohíbe la difusión en tal página web de información relativa a un medicamento que ha sido objeto de selección o retoque por parte del fabricante que sólo puedan explicarse por una finalidad publicitaria. Corresponde al órgano jurisdiccional remitente determinar si y en qué medida las actividades controvertidas en el litigio principal constituyen publicidad en el sentido de la Directiva 2001/83, en su versión modificada por la Directiva 2004/27.


    (1)  DO C 267, de 7.11.2009.


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