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Document 62008TO0186

Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 7 de septiembre de 2009.
Liga para Protecção da Natureza (LPN) contra Comisión de las Comunidades Europeas.
Recursos de anulación y de indemnización - Medio ambiente - Directiva 92/43/CEE - Archivo de una denuncia - No incoación de un procedimiento por incumplimiento - Acceso a los documentos - Reglamento (CE) nº 1049/2001 - Inadmisibilidad manifiesta - Sobreseimiento.
Asunto T-186/08.

Recopilación de Jurisprudencia 2009 II-00136*

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2009:309





Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 7 de septiembre de 2009 — LPN/Comisión

(Asunto T‑186/08)

«Recursos de anulación y de indemnización — Medio ambiente — Directiva 92/43/CEE — Archivo de una denuncia — No incoación de un procedimiento por incumplimiento — Acceso a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Inadmisibilidad manifiesta — Sobreseimiento»

1.                     Recurso de anulación — Actos recurribles (Arts. 226 CE, 228 CE y 230 CE) (véanse los apartados 49 a 51)

2.                     Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción (véanse los apartados 58 y 59)

3.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos (Arts. 226 CE y 288 CE, párr. 2) (véanse los apartados 65 y 66)

Objeto

Pretensión de que se anule, por un lado, la Decisión de la Comisión de 28 de febrero de 2008, tal como se menciona en el escrito de la Comisión de 3 de abril de 2008, dirigida a la demandante con la referencia ENV.A.2/MAS/mm/D (2008) 5542, en virtud de la cual dicha institución declaró su intención de archivar la denuncia de la demandante relativa a la supuesta incompatibilidad del proyecto de construcción de un pantano en el río Sabor (Portugal) con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206, p. 7) (denuncia nº 20003/4523 — Proyecto del Pantano del «Baixo Sabor»), y, por otro lado, la supuesta decisión presunta de la Comisión por la que se deniega el acceso de la demandante a determinados documentos, así como una pretensión de indemnización.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso en cuanto tiene por objeto la anulación de una supuesta decisión presunta de denegar el acceso a ciertos documentos con arreglo al artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

2)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso en todo lo demás.

3)

La Liga para a Protecção da Natureza (LPN) cargará con sus propias costas, así como con las de la Comisión de las Comunidades Europeas.

4)

La República Portuguesa cargará con sus propias costas.

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