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Document 62007TO0349

Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 11 de diciembre de 2007.
FMC Chemical SPRL y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas.
Procedimiento sobre medidas provisionales - Directiva 91/414/CEE - Demanda de suspensión de la ejecución - Admisibilidad - Falta de urgencia.
Asunto T-349/07 R.

Recopilación de Jurisprudencia 2007 II-00169*

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2007:374





Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 11 de diciembre de 2007 — FMC Chemical y otros/Comisión

(Asunto T‑349/07 R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales — Directiva 91/414/CEE — Demanda de suspensión de la ejecución — Admisibilidad — Falta de urgencia»

1.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Admisibilidad prima facie del recurso principal (Arts. 230 CE, 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 1; Directiva 91/414/CEE del Consejo; Decisión 2007/415/CE de la Comisión) (véanse los apartados 46, 47, 49, 60, 61 y 65)

2.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma (Art. 242 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, aps. 2 y 3) (véanse los apartados 66 y 67)

3.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable (Art. 242 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 98 a 101, 103 y 114)

Objeto

Demanda de suspensión de la ejecución de la Decisión 2007/415/CE de la Comisión, de 13 de junio de 2007, relativa a la no inclusión del carbosulfán en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y a la retirada de las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan esta sustancia (DO L 156, p. 28), hasta que se dicte sentencia en el asunto principal.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.

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