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Document 62007TN0496
Case T-496/07: Action brought on 18 December 2007 — Repsol YPF Lubricantes y especialidades and Others v Commission
Asunto T-496/07: Recurso interpuesto el 18 de diciembre de 2007 — Repsol YPF Lubricantes y especialidades y otros/Comisión
Asunto T-496/07: Recurso interpuesto el 18 de diciembre de 2007 — Repsol YPF Lubricantes y especialidades y otros/Comisión
DO C 64 de 8.3.2008, p. 49–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.3.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 64/49 |
Recurso interpuesto el 18 de diciembre de 2007 — Repsol YPF Lubricantes y especialidades y otros/Comisión
(Asunto T-496/07)
(2008/C 64/80)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandantes: Repsol YPF Lubricantes y especialidades, SA (Madrid, España), Repsol Petróleo, SA (Madrid, España), Repsol YPF, SA (Madrid, España) (representantes: Sr. L. Ortiz Blanco, abogado; Sr. J. Buendía Sierra, abogado y Sra. M. Muñoz de Juan, abogada)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas
Pretensiones de las partes demandantes
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Que se anule la Decisión en lo relativo a:
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que por todo ello el Tribunal, en ejercicio de su jurisdicción plena, reduzca en el montante oportuno la multa impuesta a Repsol; |
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que se condene al pago de las costas procesales a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
El recurso se dirige contra la Decisión de la Comisión C(2007) 4441 final de 3 de octubre de 2007 en el asunto COMP/38710 — Betún España. En la decisión impugnada, la Comisión declaró que las demandantes, entre otras empresas, habían infringido el artículo 81 CE al haber participado, durante un cierto periodo, en un conjunto de acuerdos y prácticas concertadas en el negocio del betún de penetración consistentes en acuerdos de reparto del mercado y coordinación de precios. Por estas infracciones, la Comisión impuso a las demandantes una multa en responsabilidad conjunta y solidaria.
En apoyo de sus pretensiones, las demandantes alegan en primer lugar un error de apreciación de hechos y de derecho al trasladar erróneamente la responsabilidad de la infracción a las matrices de Repsol YPF Lubricantes y especialidades, S.A. En este contexto, las demandantes consideran que la imputación de responsabilidad en cadena contraviene la jurisprudencia comunitaria.
En segundo lugar, las demandantes reprochan a la Comisión la violación del principio de proporcionalidad al calcular el importe inicial.
En tercer lugar, las demandantes alegan un error manifiesto de apreciación o subsidiariamente violación de los principios generales de confianza legítima, proporcionalidad e igualad de trato al establecer el porcentaje de reducción de la multa en el marco de la Comunicación sobre la cooperación de 2002 (1).
Por último, las demandantes consideran que la Comisión cometió un error manifiesto de apreciación en relación con la estimación de la agravante de liderazgo del cártel conjunto con otra empresa.
(1) Comunicación de la Comisión relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cártel (DO 2002, C 45, p. 3).