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Document 62006TO0373
Order of the Court of First Instance (Seventh Chamber) of 8 September 2008. # Matthias Rath v Office for Harmonisation in the Internal Market (Trade Marks and Designs) (OHIM). # Community trade mark - Opposition proceedings - Application for Community trade mark Epican Forte - Earlier Community word mark EPIGRAN - Relative ground for refusal - Likelihood of confusion - Article 8(1)(b) of Regulation (EC) No 40/94 - Application manifestly lacking any foundation in law. # Case T-373/06.
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 8 de septiembre de 2008.
Matthias Rath contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI).
Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria denominativa Epican Forte - Marca comunitaria denominativa anterior EPIGRAN - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 - Recurso que carece manifiestamente de todo fundamento jurídico.
Asunto T-373/06.
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 8 de septiembre de 2008.
Matthias Rath contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI).
Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria denominativa Epican Forte - Marca comunitaria denominativa anterior EPIGRAN - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 - Recurso que carece manifiestamente de todo fundamento jurídico.
Asunto T-373/06.
Recopilación de Jurisprudencia 2008 II-00149*
ECLI identifier: ECLI:EU:T:2008:312
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 8 de septiembre de 2008 — Rath/OAMI — Grandel (Epican Forte)
(Asunto T‑373/06)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa Epican Forte — Marca comunitaria denominativa anterior EPIGRAN — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 — Recurso que carece manifiestamente de todo fundamento jurídico»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 32, 33, 65 y 66)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 5 de octubre de 2006 (asunto R 1069/2005‑1), relativa a un procedimiento de oposición entre Dr. Grandel GmbH y Matthias Rath. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: |
Matthias Rath |
Marca comunitaria solicitada: |
Marca denominativa Epican Forte para productos de las clases 5, 30 y 32 — Solicitud nº 2.525.251 |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: |
Dr. Grandel GmbH |
Marca o signo invocados en oposición: |
Marca denominativa EPIGRAN, registrada inicialmente para productos de las clases 1, 3 y 5 y actualmente sólo para productos de la clase 3 (Marca comunitaria nº 560.292) — oposición formulada únicamente contra el registro en la clase 5 |
Resolución de la División de Oposición: |
Estimación de la oposición, denegación parcial del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: |
Anulación parcial de la resolución de la División de Oposición |
Fallo
1) |
Desestimar el recurso por carecer manifiestamente de todo fundamento jurídico. |
2) |
Matthias Rath cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) y Dr. Grandel GmbH. |