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Document 62004TO0449
Order of the Court of First Instance (Fourth Chamber) of 17 February 2006.#Commission of the European Communities v Transport Environment Development Systems (Trends) and Others.#Arbitration clause - Plea of inadmissibility - Action against the members of a company.#Case T-449/04.
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 17 de febrero de 2006.
Comisión de las Comunidades Europeas contra Transport Environment Development Systems (Trends) y otros.
Cláusula compromisoria - Excepción de inadmisibilidad - Recurso interpuesto contra los miembros de una sociedad.
Asunto T-449/04.
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 17 de febrero de 2006.
Comisión de las Comunidades Europeas contra Transport Environment Development Systems (Trends) y otros.
Cláusula compromisoria - Excepción de inadmisibilidad - Recurso interpuesto contra los miembros de una sociedad.
Asunto T-449/04.
Recopilación de Jurisprudencia 2006 II-00024*
ECLI identifier: ECLI:EU:T:2006:53
Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 17 de febrero de 2006 — Comisión/TRENDS y otros
(Asunto T‑449/04)
«Cláusula compromisoria — Excepción de inadmisibilidad — Recurso interpuesto contra los miembros de una sociedad»
1. Procedimiento — Sometimiento del asunto al Tribunal de Primera Instancia en virtud de una cláusula compromisoria (Arts. 238 CE y 240 CE) (véanse los apartados 30, 32 y 33)
2. Procedimiento — Pluralidad de demandados (véase el apartado 41)
Objeto
| Demanda de la Comisión mediante la que se solicita que los demandados sean condenados a devolver el importe de la ayuda económica pagada en exceso por la Comunidad Europea en virtud de dos contratos celebrados en el marco de la ejecución del programa comunitario «Telematics systems in the area of transport». |
Fallo
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Declarar la inadmisibilidad del recurso en la medida en que está dirigido contra los Sres. Tillis, Kontarataros, Argyrakos y Petrakis y la Sra. Koutroumpa. |
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Condenar a la Comisión al pago de sus propias costas y de los gastos causados al Sr. Tillis en el contexto de su excepción de inadmisibilidad. |