COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 27.3.2024
COM(2024) 147 final
2024/0079(NLE)
Propuesta de
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
{SWD(2024) 74 final}
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Document 52024DC0147
Proposal for a COUNCIL RECOMMENDATION on a European Quality Assurance and Recognition System in Higher Education
Propuesta de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
Propuesta de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
COM/2024/147 final
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 27.3.2024
COM(2024) 147 final
2024/0079(NLE)
Propuesta de
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
{SWD(2024) 74 final}
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.CONTEXTO DE LA PROPUESTA
Contexto y finalidad de la propuesta
En sus orientaciones políticas de 2019 1 , la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, expresó su compromiso de convertir en realidad el Espacio Europeo de Educación 2 para 2025. El objetivo es crear un espacio en el que todo el mundo tenga la oportunidad de aprender o estudiar en el extranjero.
La educación superior desempeña un papel clave para el futuro de Europa, sus ciudadanos, sus sociedades y sus economías. Debemos seguir fomentando la cooperación transnacional y la movilidad educativa en la educación superior (es decir, ir al extranjero para cursar estudios universitarios), como se destaca en la Estrategia Europea para las Universidades 3 de 2022.
El objetivo de los sistemas de aseguramiento de la calidad es garantizar que la educación superior satisfaga las necesidades y expectativas de los estudiantes, los empleadores, la sociedad y otras partes interesadas. Sienta las bases para la confianza entre los sistemas educativos, condición para el reconocimiento automático de las cualificaciones y, en última instancia, para la movilidad educativa. Según una encuesta 4 , un tercio de las instituciones de educación superior verifican los procesos de aseguramiento de la calidad de otras instituciones a la hora de decidir si reconocen o no una cualificación.
El aseguramiento de la calidad se refiere a los procesos llevados a cabo por una institución de educación superior (aseguramiento interno) o una agencia de aseguramiento de la calidad (aseguramiento externo) para garantizar la calidad de una institución de educación superior. Las actividades de aseguramiento de la calidad tienen el doble objetivo de:
–rendición de cuentas: para garantizar la calidad de las actividades de la institución de educación superior y el cumplimiento de un conjunto de normas; y
–mejora: para formular recomendaciones sobre la manera en que las instituciones de educación superior mejoran su desempeño.
En conjunto, la rendición de cuentas y la mejora constituyen la base de la confianza. En la mayoría de los casos, el aseguramiento de la calidad forma parte del proceso por el que los sistemas nacionales de educación superior conceden a las universidades el derecho a matricular a estudiantes, a conceder títulos o a utilizar fondos públicos.
El aseguramiento externo de la calidad puede adoptar diversas formas:
–un enfoque institucional significa que la institución se somete a una evaluación externa periódica de aseguramiento de la calidad únicamente a nivel de institución. Permite a la institución elaborar y ejecutar programas sin una evaluación adicional externa de la calidad;
–un enfoque de programa significa que cada programa (o grupo de programas) de una o más instituciones de educación superior debe someterse a una evaluación externa de aseguramiento de la calidad;
–un enfoque combinado se refiere a una situación en la que un sistema de educación superior usa enfoques tanto institucionales como de programa. Este es el enfoque más utilizado en la UE 5 .
El reconocimiento automático es el derecho del titular de una cualificación (por ejemplo, un título de grado) expedido por un Estado miembro a acceder a un programa de educación superior del siguiente nivel (por ejemplo, un máster) en cualquier otro Estado miembro, sin un procedimiento de reconocimiento aparte 6 .
El objetivo de la presente propuesta es que los sistemas de aseguramiento de la calidad y de reconocimiento en la educación superior respalden la transparencia, la movilidad y la cooperación transnacional, y cuenten con una alta calidad y confianza mutua. Esto beneficiaría a los estudiantes que participan en la movilidad educativa y a las instituciones de educación superior que los acogen.
Sobre la base de la experiencia adquirida con las alianzas «Universidades Europeas» 7 , esta iniciativa facilitará las asociaciones entre instituciones de educación superior y ayudará a desarrollar más programas conjuntos y otras ofertas educativas conjuntas, con el objetivo de conducir a una titulación europea 8 .
La evaluación del aseguramiento de la calidad a nivel de la UE llega en buen momento, ya que la Recomendación del Consejo y del Parlamento Europeo sobre una mayor cooperación europea en la garantía de la calidad de la educación superior 9 data de 2006. Aunque esta iniciativa trajo avances (en particular, la creación del Registro europeo de agencias de garantía de la calidad, que permitía a los Estados miembros elegir cuál de ellas utilizar), la aplicación sigue siendo desigual 10 . Desde 2006, la educación superior ha cambiado, en particular con la creación de las alianzas «Universidades Europeas» y el desarrollo de más programas y microcredenciales conjuntos.
Hay razones de peso para la simplificación. Las «Universidades Europeas» y otras alianzas de instituciones de educación superior se enfrentan a obstáculos para desarrollar una oferta educativa conjunta. Los procedimientos de aseguramiento de la calidad difieren entre los Estados miembros (diferentes normativas) o son largos y complejos (mismas normativas, pero diferentes enfoques administrativos).
Los sistemas de aseguramiento de la calidad pueden evaluar en qué medida los sistemas de educación superior responden a la evolución social y económica. Las partes interesadas apoyan que se preste más atención a este ámbito, en lo que respecta a la autonomía de la educación superior y a la responsabilidad de los Estados miembros sobre sus sistemas 11 .
La revisión del aseguramiento de la calidad es una oportunidad para vincularla mejor con el reconocimiento de las cualificaciones y los períodos de aprendizaje en el extranjero, que hasta ahora han sido ámbitos completamente separados. El informe sobre la aplicación de la Recomendación del Consejo de 2018 relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero 12 revela que hay margen de mejora.
El proceso intergubernamental de Bolonia 13 , en el que participan cuarenta y nueve países, incluidos todos los Estados miembros de la UE, ha permitido avanzar en el aseguramiento de la calidad y el reconocimiento en la educación superior. Las herramientas que ha desarrollado incluyen las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (NDE) 14 y el Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos («el Planteamiento Europeo») 15 , cuyo objetivo es facilitar la acreditación y evitar duplicaciones. Esta última herramienta no se ha utilizado ampliamente, debido a la falta de marcos facilitadores a nivel nacional y regional. Esta iniciativa se basa en las herramientas existentes y fomenta su plena explotación. A pesar de estos avances, los objetivos del Espacio Europeo de Educación son más ambiciosos.
Esta iniciativa forma parte de un paquete anunciado en el programa de trabajo de la Comisión para 2024 16 , en la sección «Promover nuestro modo de vida europeo». El paquete incluye una Comunicación sobre un plan rector para el título europeo y una Recomendación del Consejo sobre carreras profesionales atractivas y sostenibles en la educación superior. Las dos recomendaciones del Consejo apoyan la Comunicación, y no se limitan al objetivo de desarrollar una titulación europea.
Cuestiones estructurales y operativas abordadas por la propuesta de Recomendación del Consejo
La iniciativa se basa en consultas con las partes interesadas y los Estados miembros. Su objetivo es abordar las siguientes cuestiones:
·La incertidumbre, la complejidad y la lentitud de los procedimientos de reconocimiento de las cualificaciones y los períodos de aprendizaje en el extranjero disuaden a los estudiantes de continuar sus estudios en otro país.
·Los actuales mecanismos de aseguramiento de la calidad son complejos y pueden aumentar la carga administrativa. El uso desigual de los instrumentos existentes, como el Planteamiento Europeo, es un obstáculo para la cooperación transnacional, ya que un único Estado miembro que no permita su uso puede tener un impacto desproporcionado en la cooperación dentro de una alianza.
·En ocasiones, el aseguramiento de la calidad se centra demasiado en los requisitos formales en lugar de asesorar sobre la mejora de la oferta educativa, por ejemplo, mediante revisiones temáticas de la incorporación por parte de las instituciones de educación superior de cuestiones transversales como las transiciones ecológica y digital, la libertad de cátedra o la inclusión social.
Por lo tanto, la iniciativa propone:
·Simplificar, cuando sea posible, los procedimientos para contribuir a la realización del Espacio Europeo de Educación, en particular mediante programas conjuntos desarrollados por alianzas «Universidades Europeas», másteres conjuntos Erasmus Mundus, programas de doctorado conjuntos Marie Skłodowska-Curie (MSCA), programas con el sello del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología y programas de educación especializada financiados a través del programa Europa Digital 17 .
·Desarrollar revisiones temáticas y orientadas a mejoras para mejorar la calidad del aprendizaje y la docencia, respetando plenamente la autonomía de las instituciones. Un seguimiento adecuado de las recomendaciones formuladas en estas revisiones por parte de las instituciones de educación superior también puede mejorar la adecuación del proceso de aseguramiento de la calidad a su finalidad.
·Transición hacia un enfoque institucional del aseguramiento externo de la calidad. La Recomendación ayudaría a abordar el problema de los procedimientos burocráticos, largos y costosos. Además, contar con un aseguramiento de la calidad de las alianzas, como las alianzas «Universidades Europeas», facilitaría la cooperación y una respuesta más rápida a las necesidades en rápida evolución.
·Hacer que los procedimientos de reconocimiento sean automáticos. Esto depende de un aseguramiento de la calidad creíble y fiable. Esta iniciativa establece un nuevo enfoque integrado que vincula mejor el reconocimiento y el aseguramiento de la calidad.
Objetivos de la propuesta de Recomendación del Consejo
La presente iniciativa invita a los Estados miembros y a sus instituciones de educación superior a examinar las herramientas y prácticas existentes con el fin de adaptarlas a su finalidad.
Por lo que se refiere al aseguramiento externo de la calidad, sería beneficioso para los programas transnacionales conjuntos abandonar los enfoques de programa del aseguramiento externo de la calidad, a fin de evitar procedimientos múltiples (nacionales) de aseguramiento de la calidad. Una solución más eficiente sería que los procedimientos nacionales de aseguramiento de la calidad utilizaran en su lugar un único procedimiento de aseguramiento de la calidad. Esto reduciría la burocracia, evitaría duplicaciones y respondería a los retos del aumento de la cooperación internacional. Sin embargo, en el caso de los países que siguen utilizando un enfoque de programa, la Recomendación propone que se haga pleno uso del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos.
Al apoyar la transición hacia un enfoque institucional, la propuesta tiene por objeto ofrecer a las instituciones de educación superior la posibilidad de demostrar la fiabilidad de sus mecanismos internos de aseguramiento de la calidad sometiéndose a un aseguramiento externo de la calidad institucional. Esto les daría la posibilidad de autoacreditar programas de acuerdo con las NDE y quedar exentos de la acreditación de programas (externa).
A medio y largo plazo, una vez que las alianzas tales como «Universidades Europeas» dispongan de un sistema interno común/conjunto de aseguramiento de la calidad bien establecido, deben poder evaluar externamente el sistema de aseguramiento de la calidad a nivel interinstitucional en un marco europeo, que abarque sus ofertas educativas conjuntas. Esto supondría un enorme salto en la simplificación, y un incentivo importante para desarrollar más programas conjuntos y avanzar hacia la creación de una titulación europea. El anexo I de la presente propuesta describe los componentes propuestos de este marco europeo, como un primer paso hacia la creación conjunta de un marco común entre la Comisión, los Estados miembros, las autoridades de aseguramiento de la calidad y de reconocimiento y las partes interesadas de la educación superior. La Comisión tiene previsto crear un laboratorio de políticas relativas a la titulación europea como plataforma para guiar este proceso de creación conjunta.
Coherencia con las disposiciones existentes en la misma política sectorial
La presente propuesta constituye un elemento clave de la estrategia europea para las universidades. Se basa en la Recomendación del Consejo para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior 18 , en la que se pidió el refuerzo de la «confianza mutua a través de procesos externos de garantía de la calidad y acreditación de los programas educativos conjuntos y demás ofertas educativas conjuntas desarrolladas mediante modelos de cooperación transnacional institucional, incluidas las “Universidades Europeas”». Además, la Recomendación del Consejo relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero 19 insta a reforzar los sistemas de aseguramiento de la calidad basados en la confianza.
Las Conclusiones del Consejo sobre nuevas medidas para hacer realidad el reconocimiento mutuo automático en la educación y la formación 20 piden a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para lograr el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones, y señalan el papel clave que desempeña el aseguramiento de la calidad en el fomento de la confianza destacando los métodos y mejorando la transparencia.
La propuesta también apoya la propuesta de la Comisión de Recomendación del Consejo «“Europa en movimiento”: oportunidades de movilidad para el aprendizaje para todos» 21 .
Coherencia con otras políticas de la Unión
La presente Recomendación fomenta una cooperación transnacional eficaz y apoya a las instituciones de educación superior para que apliquen el Pacto Verde Europeo 22 , la Década Digital 23 y la Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia 24 promoviendo procedimientos de aseguramiento de la calidad para abarcar estos aspectos, y para que apliquen el paquete sobre la movilidad de las competencias y el talento 25 impulsando el reconocimiento automático.
Como parte de Global Gateway, la UE apoya a los países socios en el desarrollo de un sistema armonizado de aseguramiento de la calidad y acreditación a nivel institucional, nacional, regional y continental, por ejemplo, con la iniciativa sobre la armonización en África de la educación superior, el aseguramiento de la calidad y la acreditación.
2.BASE JURÍDICA, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD
•Base jurídica
La Recomendación del Consejo propuesta es conforme con el artículo 165, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Según el artículo 165, apartado 1, del TFUE, «[l]a Unión contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros y, si fuere necesario, apoyando y completando la acción de estos en el pleno respeto de sus responsabilidades en cuanto a los contenidos de la enseñanza y a la organización del sistema educativo». En el artículo 165, apartado 2, del TFUE, se especifica que la acción de la Unión en el ámbito de la educación debe encaminarse a «desarrollar la dimensión europea en la enseñanza», «promover la cooperación entre los centros docentes» y «favorecer la movilidad de estudiantes y profesores, fomentando en particular el reconocimiento académico de los títulos y de los períodos de estudios». La presente propuesta respeta la responsabilidad de los Estados miembros de la organización de los sistemas educativos (incluidos los contenidos de la enseñanza y su diversidad cultural y lingüística) y refleja el papel complementario y de apoyo de la UE, así como el carácter voluntario de la cooperación europea. La iniciativa no propone ampliación alguna de la potestad normativa de la UE, ni compromisos vinculantes para los Estados miembros, que podrán decidir cómo aplican la presente Recomendación con arreglo a sus circunstancias nacionales.
•Subsidiariedad (en el caso de competencia no exclusiva)
La propuesta se ajusta al principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE) y respeta las competencias de los Estados miembros en materia de organización de los sistemas educativos y de los contenidos de la enseñanza y el aprendizaje. La facilitación de la movilidad educativa y el fomento de la cooperación transnacional pueden lograrse mejor mediante una acción conjunta a nivel de la UE.
•Proporcionalidad
La propuesta se ajusta al principio de proporcionalidad establecido en el artículo 5, apartado 4, del TUE. Ni el contenido ni la forma de la presente propuesta de Recomendación del Consejo exceden de lo necesario para alcanzar sus objetivos. Las acciones propuestas respetan las prácticas de los Estados miembros y la diversidad de sistemas en la UE. Cualquier compromiso asumido por los Estados miembros tiene carácter voluntario, y cada uno de ellos es libre de decidir el enfoque que adopta para aplicarlo. Esta iniciativa cumple el compromiso del TFUE de que «[l]a Unión contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros» (artículo 165, apartado 1). El valor añadido de la acción a nivel de la UE es facilitar y fomentar una cooperación transnacional más profunda entre instituciones de educación superior de diferentes Estados miembros, con objeto de mejorar el funcionamiento del sector de la educación superior en el conjunto de la UE e incrementar su atractivo y competitividad mundial.
•Elección del instrumento
Para alcanzar los objetivos mencionados, el artículo 165, apartado 4, del TFUE prevé que el Consejo adopte recomendaciones a partir de una propuesta de la Comisión. Una Recomendación del Consejo es un instrumento adecuado en el ámbito de la educación y la formación, en el que la UE tiene una responsabilidad de apoyo. Es un instrumento utilizado con frecuencia para la acción de la UE en este ámbito. Como instrumento jurídico, una Recomendación del Consejo señala el compromiso de los Estados miembros con las medidas incluidas y ofrece una base política sólida para la cooperación en estos ámbitos, respetando plenamente la competencia de los Estados miembros.
3.RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES EX POST, DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO
•Consultas con las partes interesadas
La presente propuesta de Recomendación del Consejo se ha debatido con las partes interesadas pertinentes en el momento de la creación de la estrategia europea para las universidades y, más recientemente, sobre sus componentes específicos. Las aportaciones de estos debates se reflejan en la propuesta.
–La propuesta ha sido debatida con representantes de los Estados miembros y partes interesadas clave de la educación superior en el Grupo de Trabajo sobre el Espacio Europeo de Educación Superior, en cuatro reuniones celebradas desde otoño de 2022, y con los directores generales de Educación Superior 26 en tres reuniones celebradas desde otoño de 2022.
–Las consultas tuvieron lugar durante las reuniones anuales de los Centros Nacionales de Reconocimiento Académico (NARIC) en noviembre de 2023, la Red Europea de Centros de Información y los Centros Nacionales de Información sobre el Reconocimiento Académico 27 (red ENIC-NARIC) en junio de 2023.
–En septiembre de 2023, se celebró en Barcelona una sesión específica en el Segundo Foro Europeo de Universidades, en la que participaron representantes de las alianzas «Universidades Europeas», las agencias de aseguramiento de la calidad y los Estados miembros.
–Los mecanismos de aseguramiento de la calidad de la titulación europea se debatieron en la Cumbre Europea de Educación y en la conferencia Erasmus Mundus de noviembre de 2023. En noviembre de 2023 y enero de 2024 también se celebraron talleres con las partes interesadas del aseguramiento de la calidad.
–La Comisión también ha aprovechado la oportunidad de participar en actos con partes interesadas externas para celebrar consultas sobre la propuesta. Estos eventos incluyen los organizados por el Registro Europeo de Agencias de Garantía de la Calidad de la Enseñanza Superior (EQAR), la Asociación Europea para la Garantía de la Calidad en la Educación Superior (ENQA) y la Asociación Europea de Instituciones de Educación Superior (EURASHE).
•Obtención y uso de asesoramiento especializado
La propuesta de Recomendación del Consejo se basa en varios estudios, informes, resultados de proyectos Erasmus+ y contribuciones de organizaciones de partes interesadas, a saber:
–Un estudio contratado por la Comisión 28 sobre la situación del reconocimiento automático y del aseguramiento de la calidad en la UE y la viabilidad de un sistema de aseguramiento de la calidad y de reconocimiento.
–Una encuesta de la Comisión con el fin de analizar los primeros avances tras la adopción de la Recomendación del Consejo para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior. A continuación, se debatieron los resultados con los representantes de los ministerios.
–Un estudio realizado por la Red de expertos que trabajan en la dimensión social de la educación y la formación (NESET) relativo a la incorporación de un ángulo de dimensión social en los sistemas de aseguramiento de la calidad 29 .
–Una actividad de aprendizaje entre iguales en línea sobre el aseguramiento de la calidad en la educación superior, coorganizada por Austria en mayo de 2023, y otra sobre cómo hacer un uso eficaz de los datos y la información recogidos en el seguimiento de los titulados para fundamentar la evolución de las políticas y el aseguramiento de la calidad, organizada en Madrid en noviembre de 2023 bajo la Presidencia española de la UE, como parte de las actividades de la Red Europea de Seguimiento de los Graduados.
–Los resultados del proyecto EUniQ, financiado por Erasmus+, en el que participaron varias agencias de aseguramiento de la calidad de toda Europa, dieron lugar a una propuesta de marco de aseguramiento de la calidad para las alianzas «Universidades Europeas».
–Los avances en curso del proyecto IMINQA, financiado por Erasmus+, que apoya el desarrollo del aseguramiento de la calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior, en particular su trabajo en materia de aseguramiento de la calidad de las alianzas «Universidades Europeas», la aplicación del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos y el aseguramiento de la calidad de las microcredenciales.
–El progreso en curso del proyecto QA-FIT, financiado por Erasmus+, en el que participan las principales organizaciones de partes interesadas del aseguramiento de la calidad y que tiene por objeto recopilar pruebas exhaustivas sobre la situación del aseguramiento de la calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior y la necesidad de reformar los instrumentos actuales.
–Resultados de seis proyectos piloto de Erasmus+ sobre la experimentación de políticas relativas al distintivo de titulación europea conjunta.
Estos estudios han sido completados con varias contribuciones elaboradas por organizaciones de partes interesadas, tanto antes como durante el período de la convocatoria de datos.
•Evaluación de impacto
Dado el enfoque complementario de las iniciativas de los Estados miembros, el carácter voluntario de las actividades propuestas y el alcance de los efectos esperados, no se llevó a cabo una evaluación de impacto. La propuesta se elaboró a partir de estudios específicos, consultas con los Estados miembros, la consulta pública y numerosas consultas específicas con las partes interesadas.
•Derechos fundamentales
La presente propuesta de Recomendación del Consejo respeta los derechos fundamentales de la UE. Fomenta los principios reconocidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea 30 , a saber, el derecho a la educación del artículo 14, el derecho a la libertad de cátedra del artículo 13 y el derecho a la protección de los datos personales del artículo 8.
4.REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS
Aunque esta iniciativa no requerirá recursos adicionales del presupuesto de la UE, las medidas contempladas en la presente Recomendación movilizarán fuentes de financiación a nivel regional, nacional y de la UE.
5.OTROS ELEMENTOS
•Planes de ejecución y modalidades de seguimiento, evaluación e información
A fin de contribuir a la ejecución, la Comisión propone elaborar, en colaboración con los Estados miembros, material orientativo específico, manuales u otros recursos concretos, basados en datos empíricos, actividades de aprendizaje entre iguales y determinación de buenas prácticas. La Comisión tiene la intención de informar sobre el uso de la Recomendación a través de los marcos pertinentes de seguimiento y notificación de la UE.
•Esbozo de las disposiciones específicas de la propuesta
La propuesta de Recomendación del Consejo propone un enfoque diferenciado que tenga en cuenta la diversidad de sistemas de aseguramiento de la calidad y de reconocimiento que existen en el Espacio Europeo de Educación. Las recomendaciones apoyan una transición gradual hacia el refuerzo del aseguramiento externo de la calidad de las instituciones y nuevas medidas para garantizar el reconocimiento automático basado en la confianza. Se basa en lo que ya se ha logrado hasta ahora en el ámbito de la educación superior, pero tiene un enfoque más ambicioso e impulsado por la UE.
La Recomendación del Consejo propone medidas que pueden llevar a cabo los Estados miembros para mejorar los sistemas de educación superior. Recoge el compromiso de la Comisión de complementar y apoyar las acciones de los Estados miembros en este ámbito. El documento de trabajo de los servicios de la Comisión que la acompaña contiene diferentes datos obtenidos en investigaciones recientes, así como opiniones y experiencias de partes interesadas europeas para respaldar la Recomendación del Consejo propuesta.
2024/0079 (NLE)
Propuesta de
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 165, apartado 4,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)Los sistemas de aseguramiento de la calidad son fundamentales para establecer estándares de alta calidad para la educación y generar confianza entre los sistemas e instituciones de educación superior en todo el Espacio Europeo de Educación y fuera de él. Constituyen un elemento clave de la cooperación transnacional. El aseguramiento de la calidad forma la base de la confianza mutua que posibilita una cooperación transnacional y una movilidad educativa fluida.
(2)La principal responsabilidad de la calidad de su oferta educativa recae en las instituciones de educación superior, que deben hacer de la consecución de los estándares más altos una prioridad institucional clave, y deben elaborar estrategias y procesos de aseguramiento de la calidad para garantizar la consecución de ese objetivo.
(3)La implementación de las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (NDE) 31 ha sido un paso fundamental en la consolidación del Espacio Europeo de Educación Superior, contribuyendo a crear una cultura de la calidad en los sistemas e instituciones de educación superior en toda Europa; sin embargo, todavía no se han implementado plenamente.
(4)Las sociedades de toda Europa están experimentando una transformación dinámica, como las transiciones ecológica y digital, reforzada además por la inteligencia artificial. Los sistemas de educación superior deben ser capaces de reaccionar ante esta transformación. Los procesos de aseguramiento de la calidad deben ayudar a las instituciones de educación superior en este recorrido transformador proporcionando análisis expertos para mejorar su oferta educativa.
(5)Es necesario lograr que los procesos de aseguramiento de la calidad sean más ágiles, internacionalizados y adaptados a su finalidad, velando al mismo tiempo por que estos procesos sigan centrándose en garantizar los estándares más altos de calidad. Obtener información de los titulados sobre sus itinerarios de aprendizaje y de carrera profesional, y sobre la pertinencia de las capacidades que han adquirido a través de este aprendizaje, constituye una valiosa herramienta de seguimiento para garantizar la calidad y la pertinencia a nivel de las instituciones y del sistema. La Iniciativa Europea de Seguimiento de los Titulados 32 ha contribuido a que dicho seguimiento sea más sistemático y comparable.
(6)Las divergencias entre los distintos mecanismos nacionales de aseguramiento de la calidad siguen complicando la cooperación transnacional en la educación superior, lo que dificulta el desarrollo de programas educativos conjuntos por medio de alianzas de instituciones de educación superior y limita las oportunidades educativas para las instituciones y los estudiantes de educación superior. En ocasiones, los requisitos o normas específicos se centran más en el proceso y no están claramente vinculados a los resultados del aprendizaje, lo que limita el impacto de la mejora de la calidad.
(7)Los requisitos nacionales de aseguramiento externo de la calidad a nivel de los programas de estudios de la educación superior tienden a constituir un gran reto para la creación de oportunidades educativas conjuntas entre diferentes países. Estos procesos de aseguramiento de la calidad pueden ser demasiado costosos, demasiado largos y a veces contradictorios, lo que impide que las instituciones de educación superior respondan con la suficiente rapidez a las necesidades emergentes y desarrollen nuevas oportunidades educativas para los estudiantes.
(8)Los instrumentos existentes, como el Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos («el Planteamiento Europeo») 33 , son muy valorados por la comunidad de educación superior y los Estados miembros, pero su aplicación sigue siendo escasa debido a que los enfoques nacionales son divergentes.
(9)La Recomendación del Consejo para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior 34 insta a que se use el Planteamiento Europeo como un paso importante en la transición hacia un papel reforzado del aseguramiento externo de la calidad de las instituciones, en lugar de la de los programas de estudio por separado.
(10)Los programas conjuntos se han convertido en una marca distintiva del Espacio Europeo de Educación, muy valorada por todas las partes interesadas de la educación superior. Unos mecanismos adecuados de aseguramiento de la calidad son un requisito previo para garantizar que estos programas conjuntos puedan aplicarse ampliamente en toda la Unión. El establecimiento de una titulación europea, basada en criterios europeos creados conjuntamente y expedida a nivel nacional, regional o institucional, podría resolver los problemas existentes relacionados con el aseguramiento de la calidad y la acreditación de los programas conjuntos proporcionando un marco que podría incorporarse a la legislación de los Estados miembros.
(11)De conformidad con la Recomendación del Consejo para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior, varios Estados miembros están avanzando gradualmente hacia sistemas externos de aseguramiento de la calidad más institucionales. Las partes interesadas han pedido soluciones más rápidas que respalden los compromisos adoptados en el marco de sus alianzas de educación superior y otros modelos de cooperación. Reforzar los sistemas internos de aseguramiento de la calidad podría ser un paso importante para acelerar los procesos, garantizando al mismo tiempo los más altos estándares de calidad.
(12)Las alianzas de instituciones de educación superior, como las alianzas «Universidades Europeas» 35 , están a la vanguardia de la cooperación transnacional. Estas alianzas se comprometen a llevar su cooperación al siguiente nivel mediante la creación de campus interuniversitarios europeos en los que la oferta educativa conjunta se convierta en la norma. Como paso clave en la creación de estos campus, las alianzas están creando sistemas internos de aseguramiento de la calidad que garanticen que la calidad de su oferta educativa conjunta alcance los más altos estándares. Es necesario crear un marco de aseguramiento de la calidad que les permita obtener una evaluación de su sistema de aseguramiento de la calidad a nivel interinstitucional, en todas las actividades educativas conjuntas de las alianzas, a fin de consolidar la identidad de estas alianzas, ofrecer garantías a sus partes interesadas y facilitar la oferta educativa conjunta. Se han establecido una serie de componentes clave que permitan dar los primeros pasos para desarrollar dicho marco.
(13)El reconocimiento mutuo de las cualificaciones y de los períodos de aprendizaje en el extranjero tiene que ser automático, para hacer de la movilidad educativa una realidad para todos, apoyar la «circulación de cerebros» y fomentar la competitividad. Los Estados miembros acordaron, en la Recomendación del Consejo de 2018 sobre el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero 36 , que los titulares de una cualificación de un nivel determinado que ha sido otorgada por un Estado miembro tienen derecho a que se les considere para su admisión a un programa de educación superior del nivel siguiente en cualquier otro Estado miembro, sin tener que pasar por ningún otro procedimiento de reconocimiento. Unos sistemas sólidos de aseguramiento de la calidad son la base para generar la confianza necesaria y que el reconocimiento sea automático.
(14)En apoyo de la presente Recomendación, la Comisión tiene la intención de crear un laboratorio de políticas relativas a la titulación europea, un grupo de expertos en el que participen los Estados miembros, las instituciones de educación superior, las agencias de aseguramiento de la calidad / acreditación, los representantes de los estudiantes y los interlocutores económicos y sociales, a fin de acelerar las labores y las reformas nacionales necesarias. El objetivo de la iniciativa es proporcionar orientaciones a la Comisión y a las partes interesadas sobre la transición hacia una titulación europea y sobre la aplicación de un marco interinstitucional de alianzas de instituciones de educación superior. El laboratorio de políticas colaboraría estrechamente con los equipos aceleradores del reconocimiento de Erasmus+ a fin de apoyar y acompañar el proceso.
(15)La Comisión tiene la intención de crear un foro sobre la titulación europea 37 , en sinergia con el Espacio Europeo de Educación Superior y en cooperación con las partes interesadas en aseguramiento de la calidad y reconocimiento, incluidos los Estados miembros, el Registro Europeo de Agencias de Garantía de la Calidad de la Enseñanza Superior (EQAR) 38 , las organizaciones que componen el Grupo E4 39 , la Red Europea de Centros de Información y los Centros Nacionales de Información sobre el Reconocimiento Académico 40 , los representantes de los marcos nacionales de cualificaciones y los interlocutores económicos y sociales, con el fin de proporcionar orientaciones y supervisar los avances, a nivel político, sobre la transición hacia una titulación europea, también mediante el laboratorio de políticas relativas a la titulación europea, y sobre el seguimiento de la aplicación de la presente Recomendación.
(16)La Comisión tiene la intención de apoyar un mayor desarrollo de la Base de datos de resultados de aseguramiento externo de la calidad (DEQAR) 41 , gestionada por el EQAR, sobre la base de las buenas prácticas de los centros de información sobre el reconocimiento que la utilizan para el reconocimiento automático.
(17)La Comisión tiene la intención de seguir apoyando el desarrollo y la promoción de prácticas de seguimiento de los titulados para mejorar la calidad y la pertinencia de la educación superior, así como mejorar su comparación y evaluación comparativa entre países e instituciones.
(18)La Comisión tiene la intención de seguir compartiendo con los Estados miembros y la amplia comunidad de la educación superior la experiencia acumulada de iniciativas de cooperación transnacional, tales como las alianzas «Universidades Europeas» y los programas como los másteres conjuntos Erasmus Mundus, los doctorados conjuntos de las MSCA o los programas de educación especializada financiados a través del programa Europa Digital 42 .
(19)La Comisión tiene la intención de animar a los Estados miembros a que utilicen el instrumento de apoyo técnico para recibir conocimientos técnicos a medida destinados a concebir y aplicar las reformas necesarias en el ámbito de la educación superior, en particular mejorando la gobernanza y los mecanismos de aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior.
(20)La Comisión tiene la intención de apoyar el aprendizaje comparativo entre las agencias de aseguramiento de la calidad.
(21)La presente Recomendación respeta plenamente los principios de subsidiariedad, autonomía institucional y libertad de cátedra, y debe ser aplicada atendiendo a las circunstancias nacionales y en estrecha colaboración con los Estados miembros y con todas las partes interesadas pertinentes.
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
Mejora de todos los sistemas de aseguramiento de la calidad
1)Se recomienda que los Estados miembros:
a)desarrollen la dimensión de mejora del aseguramiento de la calidad, fomenten la mejora continua y mantengan un alto nivel de confianza transnacional y de rendición de cuentas dentro de las instituciones de educación superior;
b)velen por que los sistemas de aseguramiento de la calidad sean adecuados para responder a los avances sociales y económicos clave que afectan a la educación superior. Los sistemas de educación superior pueden enfocar estos aspectos de diferentes maneras, por ejemplo, animando a las instituciones de educación superior a incluirlos en sus procedimientos internos de aseguramiento de la calidad, incorporando objetivos específicos en su aseguramiento externo de la calidad periódico o mediante revisiones de calidad específicas o temáticas a nivel del sistema. Este enfoque debe llevarse a cabo en plena consonancia con las NDE, y podría abarcar temas como:
i)promoción y protección de los valores académicos fundamentales, tal como se definen en el proceso de Bolonia 43 ;
ii)pertinencia de los resultados de la enseñanza y el aprendizaje para la empleabilidad y el desarrollo personal, basándose, por ejemplo, en información procedente del seguimiento de los titulados o una cooperación más estrecha con los interlocutores sociales, incluido el diseño de planes de estudios y la oferta de oportunidades de prácticas 44 ;
iii)si los programas (que conducen a una titulación completa o a microcredenciales) están mejorando las competencias (es decir, conocimientos, capacidades y actitudes) de los estudiantes y las personas en aprendizaje permanente acerca de las prioridades sociales y económicas clave, como las transiciones ecológica y digital;
iv)sinergias pertinentes entre la educación (incluida la educación y formación profesionales), la investigación, la innovación y el servicio a la sociedad;
v)educación superior inclusiva, tal como se define en el proceso de Bolonia, que fomente, entre otras cosas, la accesibilidad y la igualdad de género, así como el aprendizaje y el bienestar centrados en el estudiante;
vi)carreras académicas y condiciones de trabajo atractivas y sostenibles 45 ;
vii)estrategias para reforzar la cooperación internacional;
c)reduzcan, para las instituciones de educación superior, la carga de trabajo, la burocracia y los gastos relacionados con los procesos externos de aseguramiento de la calidad, sobre la base de un análisis coste-beneficio de los procedimientos de aseguramiento de la calidad;
d)garanticen que las decisiones sobre acreditación y registro de las instituciones y programas de educación superior se tomen de manera transparente y objetiva, de conformidad con las NDE, con la participación de expertos adecuados y de la comunidad de educación superior, incluidos los estudiantes y el personal, en el fomento de una cultura de la calidad;
e)supervisen en qué medida los procedimientos de aseguramiento de la calidad están dando lugar a una mejora de la calidad de la oferta educativa, y fomenten la publicación, en una lengua ampliamente hablada, de revisiones del aseguramiento de la calidad (ya sea a nivel de institución o de programa) en la DEQAR, a fin de mejorar la transparencia transnacional de la calidad de la educación superior;
f)garanticen que los sistemas institucionales internos de aseguramiento de la calidad cubren toda la oferta educativa de la institución de educación superior; para la oferta educativa que conduce a la obtención de microcredenciales, que utilicen como referencia el enfoque europeo de las microcredenciales para el aprendizaje permanente y la empleabilidad y los principios de la Unión para el diseño y la expedición de microcredenciales 46 ;
g)apoyen y alienten a las agencias de aseguramiento de la calidad a organizar actividades de aprendizaje mutuo, permitiendo a las instituciones nacionales de educación superior y a las agencias de aseguramiento de la calidad comparar sus prácticas con las de otras partes del Espacio Europeo de Educación. Esto puede hacerse a través del aprendizaje comparativo 47 , en el que las instituciones de educación superior y las agencias de aseguramiento de la calidad pueden aprender de otras instituciones importantes de educación superior, o mediante el análisis del seguimiento de los titulados europeos.
Desarrollar un enfoque interinstitucional de aseguramiento de la calidad para las alianzas de instituciones de educación superior
2)Se recomienda que los Estados miembros desarrollen un marco europeo para permitir que cualquier tipo de alianza de instituciones de educación superior que practique una cooperación duradera y a largo plazo que vaya más allá de la cooperación ad hoc o basada en proyectos, como las alianzas «Universidades Europeas», se someta a una evaluación externa conjunta de sus mecanismos internos conjuntos de aseguramiento de la calidad, que abarque todas las acciones conjuntas o al menos su propia oferta educativa conjunta, tales como programas conjuntos o microcredenciales conjuntas. Esta labor debe incluir las siguientes acciones:
a)colaborar con las partes interesadas en el aseguramiento de la calidad para desarrollar y probar este marco interinstitucional de aseguramiento de la calidad basándose en los componentes incluidos en el anexo I de la presente Recomendación y en los resultados de los proyectos EUniQ 48 e IMINQA 49 , financiados por Erasmus+;
b)permitir a las agencias de aseguramiento de la calidad registradas en el EQAR que lleven a cabo dicha evaluación externa del aseguramiento de la calidad sobre la base de este marco interinstitucional de aseguramiento de la calidad, y animarlas a que lo hagan;
c)reconocer los resultados de la evaluación del aseguramiento de la calidad basada en dicho marco interinstitucional de aseguramiento de la calidad en los sistemas nacionales de aseguramiento de la calidad, garantizando que toda la oferta educativa conjunta cubierta por la alianza se considere que cuenta con aseguramiento de la calidad y está acreditada, sin necesidad de cumplir ningún requisito adicional de aseguramiento de la calidad.
Hacer más ágiles los enfoques de programa o combinados del aseguramiento externo de la calidad
3)Se recomienda que los Estados miembros:
a)faciliten la cooperación transnacional y la agilidad de los sistemas de educación superior del siguiente modo:
i)apoyando a las instituciones de educación superior para que pongan en marcha o mejoren un proceso interno sólido de aseguramiento de la calidad y desarrollen una sólida cultura institucional de la calidad, permitiendo así la transición hacia un enfoque institucional del aseguramiento externo de la calidad;
ii)una vez que las instituciones de educación superior tengan un proceso sólido de aseguramiento de la calidad, avanzando hacia un enfoque institucional del aseguramiento de la calidad, por ejemplo, limitando la acreditación obligatoria de programas por parte de agencias de aseguramiento de la calidad a la acreditación inicial de los nuevos programas, e introduciendo procedimientos de autoacreditación como parte del proceso interno de aseguramiento de la calidad;
iii)reforzar un enfoque empírico del aseguramiento de la calidad, utilizando una variedad de datos, incluidos los proporcionados por el seguimiento de los titulados; y
iv)apoyando el aprendizaje entre iguales y el desarrollo de capacidades de las instituciones de educación superior para reforzar su cultura de la calidad en el proceso de transición hacia un enfoque institucional del aseguramiento externo de la calidad;
b)permitan y fomenten el uso del Planteamiento Europeo:
i)eliminando cualquier criterio de aseguramiento de la calidad añadido a nivel nacional o cualquier otro obstáculo administrativo o reglamentario potencial injustificado;
ii)creando un entorno propicio que proporcione orientación y apoyo a las personas que trabajan en el aseguramiento de la calidad;
iii)garantizando que su uso no acarrea desventajas económicas en comparación con los procedimientos llevados a cabo a nivel nacional.
Sentar las bases de una titulación europea
4)Se recomienda que los Estados miembros:
a)permitan a las agencias de aseguramiento de la calidad registradas en el EQAR:
i)conceder el distintivo europeo 50 a los programas de titulación conjunta que se ajusten a los criterios europeos establecidos en el anexo II, cuando se requiera un enfoque de programa o combinado del aseguramiento externo de la calidad;
ii)otorgar a las instituciones de educación superior sujetas al aseguramiento externo de la calidad institucional la capacidad de conceder el distintivo europeo a sus programas de titulación conjunta sobre la base del aseguramiento interno de la calidad y el cumplimiento de los criterios europeos;
iii)otorgar a las alianzas de instituciones de educación superior sujetas al aseguramiento externo de la calidad a nivel interinstitucional la capacidad de conceder el distintivo europeo a sus programas de titulación conjunta sobre la base de una evaluación interinstitucional realizada según los principios establecidos en el anexo I y el cumplimiento de los criterios europeos;
b)colaboren con el EQAR para determinar las formas de complementar la evaluación periódica NDE del trabajo de las agencias nacionales de aseguramiento de la calidad para garantizar que los programas conjuntos se ajustan a los criterios europeos, y creen un repositorio de programas que hayan cumplido los criterios europeos y reúnan los requisitos necesarios para conceder una titulación europea.
Aplicar el reconocimiento automático
5)Se recomienda que los Estados miembros:
a)fomenten y apoyen la evaluación de la aplicación del reconocimiento automático 51 a través de los procesos internos y externos de aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior;
b)elaboren, en estrecha cooperación con las instituciones de educación superior y otras partes interesadas implicadas, y publiquen directrices claras para las instituciones de educación superior sobre cómo distinguir entre el reconocimiento automático de una cualificación para el acceso y el derecho de las instituciones de educación superior a tomar decisiones sobre la admisión en un programa específico; estas directrices deben ser revisadas periódicamente, basándose en los resultados de las revisiones de los equipos aceleradores de Erasmus+ 52 para la aplicación del reconocimiento automático;
c)apoyen a las instituciones de educación superior en la adopción de un enfoque basado en los resultados del aprendizaje con respecto a los procedimientos de admisión, centrándose en las competencias relacionadas con el nivel de cualificación, en lugar de en el contenido específico de los planes de estudios;
d)trabajen con las instituciones de educación superior y los organismos nacionales de reconocimiento para supervisar las decisiones de reconocimiento, mejorando la recopilación de datos y los enfoques empíricos a nivel institucional, nacional y europeo;
e)apoyen a las instituciones de educación superior para que expidan todos los títulos y microcredenciales en un formato compatible con las normas de las credenciales digitales europeas para el aprendizaje 53 , incluido el Modelo Europeo de Aprendizaje 54 , como facilitador clave del reconocimiento automático, mediante los controles integrados de autenticidad de las credenciales digitales europeas para el aprendizaje y la prueba del aseguramiento de la calidad y de la acreditación;
f)fomenten y apoyen el desarrollo de capacidades y la creación de redes del personal de los centros ENIC-NARIC 55 y las instituciones de educación superior a través de la formación y las herramientas digitales, incluida la inteligencia artificial, y garanticen una estrecha cooperación con las autoridades de reconocimiento y aseguramiento de la calidad;
g)apoyen una estrecha cooperación entre el personal que trabaja en el ámbito del reconocimiento y aseguramiento de la calidad, en cooperación con la red ENIC-NARIC y la Asociación Europea para la Garantía de la Calidad en la Educación Superior (ENQA).
6)Se recomienda que los Estados miembros sigan estas recomendaciones lo antes posible, a fin de que la trayectoria hacia la titulación europea sea fluida. Se les invita a que, en el contexto de las estructuras de trabajo del marco del Espacio Europeo de Educación 56 , informen periódicamente a la Comisión de las medidas correspondientes adoptadas en el nivel apropiado para apoyar los objetivos de la presente Recomendación, como pasos esenciales hacia la consecución y el desarrollo del Espacio Europeo de Educación.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
El Presidente / La Presidenta
Recomendación del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, relativa al seguimiento de los titulados (DO C 423 de 9.12.2017, p. 1).
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 27.3.2024
COM(2024) 147 final
ANEXOS
de la
propuesta de Recomendación del Consejo
relativa a un Sistema Europeo de Aseguramiento de la Calidad y de Reconocimiento en la Educación Superior
{SWD(2024) 74 final}
ANEXO I
Componentes para crear un marco interinstitucional de aseguramiento de la calidad para las alianzas de instituciones de educación superior
1.Introducción
Los siguientes componentes se formulan para servir de base al desarrollo de un marco completo para un nuevo enfoque interinstitucional del aseguramiento de la calidad para las alianzas de instituciones de educación superior. Están basados en los resultados de los proyectos QA-FIT e IMINQA, financiados por Erasmus+. Estos componentes fueron desarrollados en colaboración con las partes interesadas del aseguramiento de la calidad y no tienen por objeto duplicar ningún otro proceso de aseguramiento de la calidad. Seguirán desarrollándose en colaboración con los Estados miembros y las partes interesadas de la educación superior. Servirán de instrumento voluntario que las alianzas de instituciones de educación superior podrán utilizar para asegurar la calidad y la eficiencia de las actividades que gestionan conjuntamente.
2.Objetivo
En consonancia con los principios de las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (NDE) 1 , una evaluación del aseguramiento de la calidad debe combinar la doble finalidad de rendición de cuentas y mejora, concretamente:
a)contribuir a la mejora de la calidad de la alianza y apoyarla en la consecución de sus objetivos; y
b)permitir a la alianza demostrar la calidad de las actividades que gestiona conjuntamente.
En consecuencia, la evaluación, que será efectuada por una agencia de aseguramiento de la calidad seleccionada por la alianza, debe:
a)confirmar que la cooperación de instituciones de educación superior es una «alianza» en el sentido de la presente Recomendación;
b)lograr una reducción de la carga administrativa de la alianza, al permitir que las actividades gestionadas conjuntamente se sometan de forma conjunta a un proceso externo de aseguramiento de la calidad una vez durante un período de validez determinado, en lugar de estar sujetas a múltiples sistemas nacionales externos de aseguramiento de la calidad; y
c)facilitar el aseguramiento de la calidad de la oferta educativa conjunta ofrecida por las alianzas, como pueden ser los programas conjuntos o las microcredenciales.
3.Principios
La metodología de evaluación desarrollada por las agencias de aseguramiento de la calidad debe:
a)reflejar la autonomía y la diversidad de las alianzas;
b)animar a las alianzas a establecer un sistema interno y conjunto de aseguramiento de la calidad que se aplique a toda su oferta educativa conjunta;
c)seguir un principio de «una sola vez»: la oferta educativa conjunta debe someterse a un proceso externo de aseguramiento de la calidad una sola vez dentro del mismo período de validez; e
d)integrar todas las partes pertinentes de las NDE, el Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos y, cuando proceda, los criterios europeos para una titulación europea establecidos en el anexo II de la presente Recomendación.
4.Admisibilidad
La evaluación debe estar abierta a toda alianza de instituciones de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior.
La alianza debe tener algún tipo de mecanismo interno de aseguramiento de la calidad a nivel de alianza que tenga la responsabilidad de evaluar determinadas actividades gestionadas conjuntamente.
5.Alcance
La evaluación debe centrarse en la eficacia de los mecanismos internos de aseguramiento y de mejora de la calidad de la alianza.
6.La alianza debe determinar y mostrar claramente qué oferta educativa y actividades conjuntas están sujetas al mecanismo interno de aseguramiento de la calidad a nivel de alianza y común. Principales características
La evaluación debe basarse en normas que incorporen plenamente la parte 1 de las NDE.
Las normas también deben incluir la confirmación de que el mecanismo interno de aseguramiento de la calidad de la alianza garantiza que:
a)los programas educativos conjuntos ofrecidos por la alianza cumplen las normas del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos; y
b)los programas educativos conjuntos cumplen los criterios europeos para conceder el distintivo europeo o, en su caso, la titulación europea, si la alianza decide concederlos.
La evaluación debe ser realizada por una agencia registrada en el EQAR, elegida por la alianza.
La evaluación debe contar con una metodología y un procedimiento coherentes, que deben establecerse en un marco completo elaborado a partir de los presentes componentes, y que se aplican independientemente de la agencia registrada en el EQAR que lleve a cabo la evaluación.
La metodología debe garantizar que cada procedimiento se adapte de manera individualizada a la alianza, teniendo en cuenta la misión y la composición (por ejemplo, el tamaño y la distribución geográfica) de la alianza y el ámbito de las actividades gestionadas conjuntamente.
7. Resultados y consecuencias
La evaluación debe tener como resultado una decisión de la agencia registrada en el EQAR que puede ser positiva, positiva con condiciones o negativa.
Una decisión de evaluación positiva debe otorgar a la alianza el derecho a:
a)autoacreditar la oferta educativa conjunta cubierta por la evaluación, haciendo uso de las normas del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos; y
b)utilizar el distintivo europeo para aquellos programas que cumplan los criterios (del distintivo) de la titulación europea y ofrecer, si es posible y de forma voluntaria, una titulación europea.
Los Estados miembros deben reconocer una decisión de evaluación positiva como sigue:
a)para el aseguramiento externo nacional de la calidad a nivel de institución: toda la oferta educativa conjunta cubierta por un aseguramiento de la calidad interno conjunto que haya superado la evaluación debe estar eximida de someterse a procedimientos nacionales adicionales de aseguramiento de la calidad; y
b)para el aseguramiento externo nacional de la calidad a nivel de programa: todos los programas cubiertos por un aseguramiento de la calidad interno conjunto que hayan superado la evaluación deben estar eximidos de someterse a procedimientos nacionales adicionales de aseguramiento de la calidad.
ANEXO II
Los criterios europeos establecen las características clave de la titulación europea y del distintivo europeo. Garantizan el respeto de las normas más estrictas para ofrecer programas y titulaciones transnacionales y explican por qué son diferentes de las titulaciones concedidas en otras partes del mundo.
Las instituciones de educación superior podrían conceder el título europeo sobre la base de una evaluación realizada por las estructuras nacionales existentes (por ejemplo, las agencias nacionales de aseguramiento de la calidad) de si el programa conjunto cumple todos estos criterios europeos.
Los criterios europeos propuestos que se presentan a continuación son el resultado de un trabajo colaborativo y de pruebas de gran envergadura en las que participaron más de 140 instituciones de educación superior de todos los Estados miembros, 17 ministerios y 20 agencias nacionales de aseguramiento de la calidad, organizaciones de estudiantes e interlocutores económicos y sociales.
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Criterios europeos para (el distintivo de) la titulación europea |
Niveles del MEC |
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Organización y gestión de los programas transnacionales |
Instituciones de educación superior participantes |
El programa conjunto lo ofrecen al menos dos instituciones de educación superior de al menos dos Estados miembros diferentes. |
6, 7, 8 |
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Expedición de la titulación transnacional conjunta |
El programa conjunto está diseñado e impartido conjuntamente por todas las instituciones de educación superior participantes. |
6, 7, 8 |
|
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El programa conjunto conduce a la obtención de una titulación conjunta. |
6, 7, 8 |
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|
Se expide a los estudiantes un Suplemento Europeo al Título 2 conjunto. |
6, 7 |
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El programa conjunto describe los resultados del aprendizaje y los créditos según la Guía de uso del ECTS. |
6, 7 |
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Mecanismos conjuntos para el programa conjunto |
El programa conjunto cuenta con políticas, procedimientos y/o mecanismos conjuntos que definen la planificación y la ejecución de los planes de estudios, así como todas las cuestiones organizativas y administrativas. Los representantes de los estudiantes forman parte del proceso de toma de decisiones para definir las políticas y los procedimientos y/o mecanismos conjuntos. |
6, 7, 8 |
|
|
Mecanismos de aseguramiento de la calidad |
El aseguramiento de la calidad interno y externo se realiza siguiendo las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (NDE). Las instituciones de educación superior, el campo de estudio o el programa son evaluados por una agencia registrada en el EQAR. |
6, 7, 8 |
|
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El programa conjunto es evaluado siguiendo las normas del Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos. |
6, 7, 8 |
||
|
Seguimiento de los titulados |
El programa conjunto sigue a los titulados a través de un sistema de seguimiento de los titulados. |
6, 7, 8 |
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Experiencia de aprendizaje |
Aprendizaje centrado en el estudiante |
El programa conjunto se diseña, se mejora continuamente y se imparte de manera que anime a los estudiantes a desempeñar un papel activo en el proceso de aprendizaje. La evaluación de los estudiantes refleja este enfoque. |
6, 7, 8 |
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Interdisciplinariedad |
El programa conjunto incluye componentes integrados de interdisciplinariedad. |
6, 7, 8 |
|
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Importancia del mercado laboral |
El programa conjunto se ajusta a las exigencias del mercado laboral mediante la incorporación de componentes o actividades intersectoriales 3 y el desarrollo de capacidades transversales. |
6, 7, 8 |
|
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Capacidades digitales |
El programa conjunto incluye componentes y acciones relacionados con el desarrollo de capacidades digitales avanzadas de los estudiantes, adaptadas a las capacidades y circunstancias del programa conjunto, garantizando la armonización con su ámbito y orientación académica. |
6, 7, 8 |
|
|
Campus transnacional: acceso a los servicios |
El programa cuenta con políticas conjuntas para que los estudiantes y el personal tengan acceso a los servicios pertinentes de todas las instituciones de enseñanza superior participantes en condiciones equivalentes a las de los estudiantes matriculados y el personal local. |
6, 7, 8 |
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Movilidad flexible e integrada de estudiantes |
El programa conjunto ofrece una experiencia intercultural profunda, que incluye un período mínimo de un año de movilidad física de los estudiantes (que puede dividirse en varias estancias) en una o más instituciones asociadas, que represente en total al menos 60 ECTS en el nivel 6 del MEC y 30 ECTS en el nivel 7 del MEC. El programa conjunto cuenta con una política que ofrece alternativas a los estudiantes que no pueden viajar. |
6, 7 |
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El programa conjunto ofrece una experiencia intercultural profunda, que incluye un total de al menos seis meses de movilidad física en una o más instituciones asociadas. El programa conjunto cuenta con una política que ofrece alternativas a los estudiantes que no pueden viajar. |
8 |
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Coevaluación y cosupervisión de tesinas |
Las tesinas son supervisadas por al menos dos supervisores y coevaluadas por los cosupervisores o por un comité con miembros de al menos dos entidades diferentes situadas en dos países diferentes. |
8 |
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Valores europeos |
Valores democráticos |
Las políticas conjuntas del programa conjunto promueven y respetan los valores democráticos. |
6, 7, 8 |
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Multilingüismo |
Durante el programa conjunto, cada estudiante está expuesto a al menos dos lenguas de la UE. |
6, 7, 8 |
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Inclusividad |
El programa conjunto se compromete a una amplia participación, fomentando la diversidad, la igualdad y la inclusión, y adoptando medidas adaptadas para apoyar a los estudiantes y al personal que cuenten con menos oportunidades. |
6, 7, 8 |
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El programa conjunto se compromete a respetar los principios de la Carta Europea del Investigador. |
8 |
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Transición ecológica |
El programa conjunto cuenta con políticas y acciones relacionadas con la sostenibilidad medioambiental y aplica medidas para minimizar la huella ambiental de sus actividades. |
6, 7, 8 |
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ANEXO III
Glosario de términos
Alianza: se refiere a un grupo de instituciones europeas de educación superior que han iniciado una cooperación estructural transnacional a largo plazo, que está consagrada en una declaración de misión conjunta aprobada por los órganos decisorios pertinentes a nivel institucional de cada miembro de la alianza. Esta cooperación implica la toma de decisiones conjunta en aspectos de gobernanza y tiene como misión principal proponer una oferta educativa conjunta. Esto incluye, por ejemplo, las alianzas de instituciones de educación superior financiadas en el marco de la iniciativa «Universidades Europeas» 4 .
Oferta educativa: se refiere a la educación superior en su sentido más amplio, incluidos los programas que conducen a una titulación completa, los cursos que conducen a una microcredencial, así como la oferta educativa que no forma parte de un programa que conduzca a una titulación formal.
Evaluación: se refiere a la revisión del aseguramiento de la calidad de una institución de educación superior o de una oferta educativa, realizada interna o externamente.
Programa conjunto: se refiere a un plan de estudios integrado que es coordinado y ofrecido conjuntamente por diferentes instituciones de educación superior, que conduce a titulaciones dobles o múltiples o a un título conjunto.
Programa de titulación conjunta: se refiere a un programa conjunto que conduce a una titulación conjunta.
Actividades gestionadas conjuntamente: se refiere a las actividades de la alianza y de sus instituciones de educación superior miembros que la alianza ha decidido someter a su sistema interno conjunto de aseguramiento de la calidad.
Aseguramiento de la calidad: se refiere a los procesos, tanto internos como externos, llevados a cabo por una institución de educación superior o una agencia de aseguramiento de la calidad para garantizar un entorno de aprendizaje en el que el contenido de los programas, las oportunidades y las instalaciones de aprendizaje sean equitativos y adecuados para su finalidad. Las actividades de aseguramiento de la calidad tienen el doble objetivo de:
·rendición de cuentas: los sistemas de aseguramiento de la calidad garantizan a la comunidad de la enseñanza superior y al público la calidad de las actividades de la institución de enseñanza superior mediante el cumplimiento de un conjunto de normas. Puede ser la base para conceder determinados derechos a la institución: reclutar estudiantes, conceder titulaciones y obtener financiación pública;
·mejora: los sistemas de aseguramiento de la calidad también ofrecen asesoramiento y recomendaciones a las instituciones de educación superior y dentro de ellas sobre cómo pueden mejorar sus actividades.
En conjunto, la rendición de cuentas y la mejora de los sistemas de aseguramiento de la calidad generan confianza en el rendimiento de la institución de educación superior. Son fundamentales para apoyar el desarrollo de una cultura de la calidad que sea aceptada por todos: desde los estudiantes y el personal hasta la dirección y la administración de la institución. El término «aseguramiento de la calidad» se utiliza en el presente documento para describir todas las actividades del ciclo de mejora continua, es decir, tanto las actividades de rendición de cuentas como las de mejora.
a)Aseguramiento interno de la calidad: se refiere a los procesos llevados a cabo internamente por las propias instituciones de educación superior. Suelen elaborarse como parte de la estrategia de aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior, confirmando que son las responsables principales de la calidad de su oferta educativa y de su aseguramiento de la calidad.
b)Aseguramiento externo de la calidad: se refiere a los procesos llevados a cabo por las agencias de aseguramiento de la calidad.
c)Enfoque institucional del aseguramiento externo de la calidad: significa que la institución debe pasar por un proceso externo de aseguramiento de la calidad únicamente a nivel de institución, para evaluar la eficacia de los procesos internos de aseguramiento de la calidad de la institución y si esta tiene una cultura de la calidad suficientemente madura para garantizar que su oferta educativa tenga una alta calidad. Permite a la institución elaborar y ejecutar programas sin necesidad de una evaluación externa de la calidad a nivel de programa (esto se denomina «autoacreditación» en muchos países).
d)Enfoque de programa del aseguramiento externo de la calidad: significa que cada programa (o grupo de programas) que van a impartir una o más instituciones de educación superior debe someterse a una revisión externa de aseguramiento de la calidad.
e)Enfoque combinado del aseguramiento externo de la calidad: se refiere a una situación en la que un sistema de educación superior tiene enfoques tanto institucionales como de programa para el aseguramiento externo de la calidad. Este es el caso de la mayoría de los sistemas de educación superior de la UE 5 .
Iniciativa «Universidades Europeas» | Espacio Europeo de Educación (europa.eu) .