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Document 52023BP1960

Resolución (UE) 2023/1960 del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para la Iniciativa de Salud Innovadora (antes del 30 de noviembre de 2021 Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2) para el ejercicio 2021

DO L 242 de 29.9.2023, p. 531–535 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1960/oj

29.9.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 242/531


RESOLUCIÓN (UE) 2023/1960 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2023

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para la Iniciativa de Salud Innovadora (antes del 30 de noviembre de 2021 Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2) para el ejercicio 2021

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para la Iniciativa de Salud Innovadora para el ejercicio 2021,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0069/2023),

A.

Considerando que, en noviembre de 2021, se aprobó el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo (1), por el que se creó la Empresa Común para la Iniciativa de Salud Innovadora (en lo sucesivo, «Empresa Común ISI») en sustitución de la Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2, en el marco del programa Horizonte Europa para el período que concluye el 31 de diciembre de 2031;

B.

Considerando que la Empresa Común ISI es una asociación público-privada para la investigación y la innovación en el ámbito de la salud; que el objetivo de la Empresa Común es ayudar a crear un ecosistema de investigación e innovación sanitarias en toda la Unión que facilite la traducción de los conocimientos científicos en innovaciones tangibles; que estas innovaciones deben abarcar la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la gestión de enfermedades;

C.

considerando que sus miembros fundadores son la Unión —representada por la Comisión—, el Comité Europeo de Coordinación del Sector de Radiología, Electromedicina y Tecnologías Sanitarias, Advancing Healthcare, la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (que abarca Vaccines Europe), la Asociación Europea de Bioindustrias y MedTech Europe (la asociación sectorial europea de la industria de tecnología médica, que abarca los instrumentos diagnósticos, los productos sanitarios y la salud digital); que la Empresa Común ISI sigue un modelo bipartito, en el que la Comisión y los miembros privados de la industria y la investigación están representados en el Consejo de Administración y contribuyen a las actividades operativas de la Empresa Común ISI;

D.

Considerando que el presupuesto total de la Empresa Común ISI para el período 2021-2027 asciende a 2 400 millones EUR, de los cuales la mitad procede del programa Horizonte Europa; que la contribución financiera de la Unión procedente de Horizonte Europa, incluidos los créditos de la Asociación Europea de Libre Comercio, cubrirán los costes administrativos y operativos hasta un máximo de 1 200 millones EUR, de los cuales hasta 30,2 millones EUR para costes administrativos; que, entre 2021 y 2028, la Unión seguirá aportando un importe de hasta 22,3 millones EUR al presupuesto administrativo, lo que corresponde a la prórroga de la Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2 (Empresa Común IMI 2);

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Constata con satisfacción que, de acuerdo con el informe del Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), las cuentas de la Empresa Común ISI correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2021 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Empresa Común ISI a 31 de diciembre de 2021, los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión; destaca, asimismo, que, según el informe del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas son, en todos los aspectos significativos, legales y regulares;

2.

Observa que Horizonte Europa prevé objetivos ambiciosos para la Empresa Común ISI, que solo pueden alcanzarse si se diseñan y aplican soluciones efectivas que aborden las deficiencias de los sistemas de control interno de la Empresa Común ISI y preparen para los retos futuros derivados del aumento de las responsabilidades, por ejemplo, en el ámbito de la gestión y la planificación de los recursos humanos; señala, en este contexto, que los cálculos y los requisitos de información especialmente complicados y gravosos representan un riesgo significativo de error, y pide, por tanto, que se exploren las posibilidades de simplificación siempre que sea posible y compatible con el marco jurídico vigente;

3.

Toma nota de que el presupuesto definitivo de la Empresa Común ISI disponible para 2021, incluidos los créditos no utilizados de ejercicios anteriores que la Empresa Común ISI volvió a consignar en el presupuesto del ejercicio considerado, los ingresos afectados y las reasignaciones al ejercicio siguiente, ascendió a 11 millones EUR en créditos de compromiso y a 210,4 millones EUR en créditos de pago; observa que la ejecución del presupuesto para los créditos de compromiso y de pago alcanzó el 75,91 % (98,66 % en 2020) y el 95,39 % (97,08 % en 2020), respectivamente;

4.

Observa que no existe una definición armonizada de «costes administrativos» entre las empresas comunes, lo que constituye la base para el cálculo de las contribuciones financieras de sus miembros y una condición previa para la obtención de cifras comparables; pide, en este sentido, que se aprueben directrices comunes a fin de que todas las empresas comunes adopten un enfoque armonizado para la clasificación de determinadas categorías de gastos administrativos, como los gastos de consultas, estudios, análisis, evaluaciones y asistencia técnica;

5.

Manifiesta su preocupación por que el grado de consecución de los objetivos de contribución de los miembros por parte de la Empresa Común ISI sea relativamente bajo; observa, no obstante, que esto se debe a la larga duración de los proyectos, necesaria por las características de la investigación de la Empresa Común ISI en el ámbito de la salud innovadora, y a la magnitud de los consorcios mundiales que ejecutan los proyectos; observa que la Empresa Común ISI aún tiene que pagar 84,3 millones EUR para proyectos en curso del Séptimo Programa Marco en los próximos años;

6.

Llama la atención sobre el hecho de que el creciente número de proyectos en curso de varios programas del marco financiero plurianual que se ejecutan simultáneamente plantea el riesgo de que los recursos administrativos necesarios para gestionar estos fondos de manera eficiente no sean suficientes; ve con agrado que el seguimiento de la aprobación de la gestión de 2020 haya generado acciones que abordan esa cuestión y que la Empresa Común ISI vaya a informar sobre los detalles del proceso en el informe anual de actividades consolidado de 2022;

7.

Toma nota, por lo que se refiere a las obligaciones operativas de la Empresa Común ISI a finales de 2021, de que la Empresa Común había comprometido plenamente 966 millones EUR de la contribución máxima de la Unión para los acuerdos de subvención firmados en el marco del Séptimo Programa Marco, de los cuales alrededor de 84,3 millones EUR (o el 8,7 %) están pendientes de pago en los próximos años; observa que los miembros privados aportaron contribuciones en especie del mismo nivel; constata que la tasa de ejecución del presupuesto para pagos de la Empresa Común ISI de 2021 disponible para proyectos del Séptimo Programa Marco era del 80 %; toma nota, asimismo, de que la Empresa Común ISI apenas tenía créditos de compromiso operativos para 2021, ya que había finalizado su última convocatoria de propuestas al final de 2014;

8.

Observa que, a finales de 2021, la Empresa Común ISI había comprometido 1 452,1 millones EUR (es decir, el 91 %) de los 1 595,4 millones EUR de la contribución máxima de la Unión para los acuerdos de subvención firmados en el marco de Horizonte 2020; observa que esto obedecía al hecho de que la convocatoria de propuestas de 2019 no pudo abarcar todos los temas previstos y el presupuesto de la Unión se había reducido en consecuencia por decisión del Consejo de Administración; toma nota de que, de este importe comprometido, aproximadamente 616,8 millones EUR (es decir, el 42,5 %) quedan pendientes de pago en los próximos años; observa, asimismo, que los miembros privados de la Empresa Común ISI se habían comprometido jurídicamente a aportar contribuciones en especie por valor de 1 520,7 millones EUR;

9.

Subraya que la tasa de ejecución del presupuesto para pagos de la Empresa Común ISI de 2021 disponible para proyectos de Horizonte 2020 era del 97 % y que la Empresa Común ISI apenas contaba con créditos de compromiso operativos para 2021, dado que el Reglamento (UE) n.o 557/2014 del Consejo (2) exigía que todos los compromisos se hicieran antes de finales de 2020, y que el Reglamento (UE) 2021/2085 no entró en vigor hasta finales de 2021, por lo que no se publicaron convocatorias en ese año;

Rendimiento

10.

Toma nota de que, según el informe anual, en 2021 se completó la cartera de proyectos de la Empresa Común IMI 2, con la firma de los últimos quince acuerdos de subvención de proyectos de la Empresa Común IMI 2; observa que los quince proyectos de nueva creación cuentan con un presupuesto total de 413 millones EUR, importe del que aproximadamente la mitad procede del programa Horizonte 2020 de la Unión y el resto proviene de las contribuciones de la EFPIA y de los miembros asociados de la Empresa Común IMI 2, así como de otras fuentes;

11.

Observa con agrado que los proyectos de la Empresa Común ISI han generado 275 activos que completaron un hito significativo durante el ciclo de vida de los proyectos (el objetivo era de 50); observa que dichos activos incluyen, entre otros, herramientas, metodologías, procesos, servicios y materiales de formación; observa que entre estos hitos figuran las fases clave de ensayos clínicos, los modelos animales, los prototipos, la comercialización, las patentes y las publicaciones; observa, además, que los participantes de la industria en muchos de los proyectos de la Empresa Común ISI están utilizando nuevas herramientas y procesos generados por los proyectos, como modelos animales, normas, biomarcadores, procedimientos normalizados de trabajo, uso de plataformas de cribado y redes de ensayos clínicos;

12.

Destaca, en lo que respecta a la visibilidad, que la Empresa Común ISI ha seguido demostrando el valor añadido de la Unión a través de una comunicación asertiva al público destinatario, haciendo hincapié en la apertura, la transparencia, la pertinencia y la coherencia de las actividades de la Empresa Común ISI; observa que ha seguido difundiendo los resultados de los proyectos y los ejemplos de éxito promoviendo la diversidad de sus resultados a través de más de 100 artículos escritos en diferentes estilos, así como de vídeos promocionales breves y accesibles en las redes sociales, y, además, que todas las fichas informativas sobre los proyectos de la Empresa Común IMI 2 se han añadido al sitio web de la Empresa Común ISI recientemente creado para facilitar su promoción en el futuro; anima a la Empresa Común ISI a compartir cualquier estrategia de visibilidad exitosa con otras empresas comunes con el fin de presentar su valor añadido a los ciudadanos;

Contratación y personal

13.

Toma nota de que la plantilla de personal prevé 39 agentes temporales, 15 agentes contractuales y 2 expertos nacionales en comisión de servicio, lo que supone un total de 56 miembros del personal; toma nota de que, a 31 de diciembre de 2021, había 50 puestos ocupados: 36 de los 39 agentes temporales (el 92,30 %), 13 de los 15 agentes contractuales (el 86,70 %) y 1 de los 2 expertos nacionales en comisión de servicio (el 50 %); observa, además, que, por lo que se refiere a los agentes temporales, estaba previsto que los puestos vacíos se cubrieran en 2022 dado que había dos procedimientos de selección en curso, mientras que, por otra parte, estaba previsto que en 2022 se suprimiese un puesto de experto nacional en comisión de servicios;

14.

Celebra que la Empresa Común ISI haya mantenido un buen equilibrio geográfico (20 países diferentes) y un buen equilibrio de género (22 mujeres y 17 hombres) cuando se consultó a expertos externos;

15.

Observa con preocupación que, durante el período comprendido entre 2018 y 2021, la tasa media anual de personal interino de todas las empresas comunes siguió siendo elevada, situándose en torno al 11 % del personal estatutario; recuerda que el elevado nivel de personal contractual tiende a aumentar significativamente la tasa de rotación del personal de la Empresa Común ISI y desestabiliza más aún la situación del personal; hace hincapié, asimismo, en que el recurso a personal interino debe seguir siendo una solución temporal o, de lo contrario, podría afectar negativamente al rendimiento global de la Empresa Común ISI, por ejemplo, en lo que respecta a la conservación de las competencias clave, la falta de claridad de los canales de rendición de cuentas, los posibles litigios y una menor eficiencia del personal;

16.

Toma nota de que, según el informe anual de actividades de 2021, existe un equilibrio de género adecuado, con un 66 % de personal femenino: el 50 % de los miembros del Consejo de Administración, el 61,5 % de los candidatos nombrados en el grupo de representantes de los Estados, y el 41,7 % de los miembros titulares del comité científico son mujeres; anima a la Empresa Común ISI a mantener este equilibrio;

17.

Aprecia que las continuas mejoras del proceso de gestión de proyectos y los esfuerzos coordinados realizados por el personal de la Empresa Común ISI permitieran superar las dificultades derivadas de la pandemia de COVID-19, garantizando así la continuidad de las actividades y dando lugar a un nivel considerable de ejecución del presupuesto operativo del 96,04 % en 2021;

18.

Observa que las contribuciones de los empleadores para el personal de las empresas comunes correspondiente a la proporción de sus ingresos subvencionados de fuera de la Unión en relación con sus ingresos totales no han sido abonadas por las empresas comunes al régimen de pensiones de la Unión desde 2016, ya que la Comisión no ha previsto este gasto en el presupuesto de las empresas comunes ni ha solicitado formalmente los pagos; pide a la Comisión que adopte medidas para evitar problemas similares en el futuro;

Sistemas de control interno

19.

Observa que, en lo que respecta a los pagos intermedios y finales en el marco del Séptimo Programa Marco, la Empresa Común efectúa auditorías ex post, mientras que, en el caso de los pagos en el marco de Horizonte 2020, las auditorías ex post son realizadas por el Servicio Común de Auditoría de la DG Investigación e Innovación de la Comisión (DG RTD); observa que, basándose en los resultados de las auditorías ex post disponibles al final de 2021, la Empresa Común ISI notificó un porcentaje error representativo del 1,9 % (2,16 % en 2020) y un porcentaje de error residual del 0,8 % (1,14 % en 2020) para sus proyectos en el marco del Séptimo Programa Marco, y un porcentaje de error representativo del 0,97 % (1,13 % en 2020) y un porcentaje de error residual del 0,6 % (0,74 % en 2020) para los proyectos en el marco de Horizonte 2020 (liquidaciones y pagos finales);

20.

Toma nota de que, con el fin de evaluar los controles sobre los pagos operativos de la Empresa Común ISI, el Tribunal auditó una muestra aleatoria de pagos de Horizonte 2020 efectuados en 2021 a los beneficiarios finales para corroborar los porcentajes de error de la auditoría ex post; observa que, en un caso, el Tribunal halló y cuantificó un error sistémico relativo a los costes de personal que dio lugar al uso de tarifas horarias incorrectas que no se basaban en un ejercicio completo, y en otro caso, un error que se debía a la falta de pruebas justificativas adecuadas por el material y los gastos de desplazamiento declarados;

21.

Hace hincapié en que la conclusión del Tribunal confirmó la persistencia de errores sistémicos en los costes de personal declarados y que, en particular, las pymes y los nuevos beneficiarios son más proclives a cometer errores que otros beneficiarios; destaca que estos errores también se han notificado de manera habitual en anteriores informes anuales del Tribunal desde 2017; hace hincapié, por tanto, en que la racionalización de las normas del programa Horizonte 2020 en cuanto a la declaración de los costes de personal y al uso más extendido de opciones de costes simplificados constituyen una condición previa para estabilizar los porcentajes de error por debajo del nivel de importancia relativa; hace hincapié en que la Empresa Común ISI debe reforzar sus sistemas de control interno con el fin de responder al mayor riesgo asociado a las pymes y los nuevos beneficiarios y anima encarecidamente a que determinadas categorías de beneficiarios más proclives a cometer errores (como pymes y nuevos beneficiarios) utilicen el Personnel Costs Calculation Wizard; celebra que, en 2022, todas las empresas comunes empezasen a aplicar medidas de reducción de los porcentajes de error en consonancia con la acción propuesta por el Tribunal, incluida la exploración de opciones de formas simplificadas de costes, como los costes unitarios, los importes a tanto alzado y los tipos fijos;

22.

Observa que, teniendo en cuenta el carácter plurianual tanto de los programas como de los distintos proyectos de investigación, el porcentaje de error residual calculado sobre la duración del programa proporciona la indicación más significativa del impacto financiero de los errores, y que tiene en cuenta las correcciones efectuadas por la Empresa Común ISI y el hecho de que la Empresa Común ISI extrapola los resultados sistemáticos de las auditorías, lo que aumenta significativamente el efecto de limpieza de las auditorías; resalta, además, que, a medida que avanzan los programas, los beneficiarios aprenden de sus errores y que, a partir de las lecciones extraídas de las conclusiones de la auditoría, la Empresa Común ISI también trabaja continuamente para informar mejor a los beneficiarios de cualquier dificultad, a fin de ayudarles a declarar correctamente sus costes, evitando así errores;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y estrategia contra el fraude

23.

Observa que la Empresa Común ISI cuenta con una estrategia de lucha contra el fraude en consonancia con la Estrategia de Lucha contra el Fraude de la Comisión (CAFS 2019) y la Estrategia común de lucha contra el fraude en el ámbito de la investigación (RAFS 2019), complementada con acciones adicionales de lucha contra el fraude relacionadas con la gestión y la administración de los contratos de prestación de servicios;

24.

Observa que las acciones ejecutadas en materia de subvenciones y actividades operativas se coordinan con la DG RTD y otras agencias de investigación a través de un plan de acción plurianual coordinado por el Comité sobre fraude e irregularidades en la investigación (Comité FAIR);

25.

Observa que, en 2021, las actividades de la Empresa Común IMI 2 en materia de lucha contra el fraude abarcaron la cooperación con las actividades del Comité FAIR, el aumento la sensibilización del personal sobre la lucha contra el fraude, en particular mediante la participación en la conferencia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude titulada «United against corruption — Upholding the ethical estándares of EU Institutions» (Unidos contra la corrupción — Garantizar el respeto de las normas éticas de las instituciones de la Unión), y el ejercicio de evaluación del riesgo de fraude; observa, además, que esta tarea tuvo dos vertientes, una integrada en el ciclo anual de lucha contra el fraude y otra, más amplia y detallada, destinada a sentar las bases de la revisión de la estrategia global de lucha contra el fraude para la nueva Empresa Común ISI;

26.

Se felicita, además, por que se proporcionara periódicamente a todo el personal de la Empresa Común ISI información sobre los riesgos relacionados con el fraude y sobre los procedimientos que deben utilizarse en caso de sospecha de fraude o irregularidades, y que se prestara atención a las cuestiones transversales, como los riesgos relacionados con los conflictos de intereses, la delegación de autoridad y la separación de funciones.

(1)  Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 219/2007, (UE) n.o 557/2014, (UE) n.o 558/2014, (UE) n.o 559/2014, (UE) n.o 560/2014, (UE) n.o 561/2014 y (UE) n.o 642/2014 (DO L 427 de 30.11.2021, p. 17).

(2)  Reglamento (UE) n.o 557/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2 (DO L 169 de 7.6.2014, p. 54).


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