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Document 52021DC0204

    INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre la aplicación efectuada por las instituciones, en 2019, de los Reglamentos del Consejo n.º 495/77, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 (sobre obligaciones especiales), n.º 858/2004 (sobre condiciones de trabajo penosas) y n.º 300/76, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo (sobre el servicio continuo o por turnos)

    COM/2021/204 final

    Bruselas, 26.4.2021

    COM(2021) 204 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

    sobre la aplicación efectuada por las instituciones, en 2019, de los Reglamentos del Consejo n.º 495/77, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 (sobre obligaciones especiales), n.º 858/2004 (sobre condiciones de trabajo penosas) y n.º 300/76, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo (sobre el servicio continuo o por turnos)


    INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

    sobre la aplicación efectuada por las instituciones, en 2019, de los Reglamentos del Consejo n.º 495/77, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 (sobre obligaciones especiales), n.º 858/2004 (sobre condiciones de trabajo penosas) y n.º 300/76, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo (sobre el servicio continuo o por turnos)

    1.Introducción

    Los Reglamentos del Consejo sobre obligaciones especiales (n.º 495/77) y sobre condiciones de trabajo penosas (n.º 858/2004) obligan a la Comisión a presentar todos los años al Consejo un informe sobre el número de funcionarios y otros agentes, por categorías, que reciben las indemnizaciones contempladas en los respectivos Reglamentos y sobre el importe total de los gastos correspondientes.

    El presente informe se basa en las últimas cifras anuales completas disponibles en el momento de su elaboración y se refiere al ejercicio 2019. Incluye todas las instituciones y recoge igualmente, con fines de exhaustividad, datos similares sobre el servicio continuo o por turnos (Reglamento n.º 300/76 del Consejo).

    2.Indemnización por obligaciones especiales

    Las bases jurídicas de esta indemnización son los artículos 55 y 56 ter del Estatuto, así como el Reglamento n.º 495/77 del Consejo, de 8 de marzo de 1977, en su versión modificada.

    El pago de la indemnización se limita a funcionarios y otros agentes retribuidos con cargo a los créditos de investigación y destinados en:

    un establecimiento del Centro Común de Investigación (JRC), o

    en acciones indirectas, o

    retribuidos con cargo a los créditos de funcionamiento y destinados en:

    un puesto de desempeño de funciones de manejo y vigilancia de instalaciones técnicas,

    un servicio de seguridad,

    un servicio de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC),

    un servicio de apoyo a la política exterior y de seguridad común (PESC) o a la política europea de seguridad y defensa (PCSD), o al dispositivo para la coordinación de casos de urgencia y de crisis, o

    un dispositivo creado para prestar asistencia a los Estados miembros 24 horas al día y 7 días a la semana («EM 24/7») en el marco de la coordinación en casos de urgencia o crisis o en servicios en los que se haya demostrado fehacientemente la necesidad de desempeñar determinadas tareas para garantizar un mecanismo de asistencia a los Estados miembros.

    La indemnización por obligaciones especiales se expresa en puntos. El número de puntos concedidos por hora de disponibilidad efectivamente cumplida se fija del siguiente modo:

    disponibilidad en el domicilio, días laborables: 2,15 puntos;

    disponibilidad en el domicilio, fines de semana y días festivos: 4,3 puntos;

    disponibilidad en el lugar de trabajo, días laborables: 11 puntos;

    disponibilidad en el lugar de trabajo, fines de semana y días festivos: 22 puntos.

    Cada punto equivale a un 0,032 % del sueldo base de un funcionario de grado 1, escalón 1 (equivalente a 0,95 EUR en 2019).

    Las siguientes cifras indican el número de indemnizaciones concedidas por cada institución en el año 2019.

    2.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales):

    Institución

    AD

    AST/SC

    AC

    Total

    GF I

    GF II

    GF III

    GF IV

    Comisión

    139

    206

    50

    8

    12

    9

    424

    - incluido el JRC:

    48

    81

    18

    0

    1

    3

    151

    Consejo

    15

    68

    2

    0

    0

    0

    85

    Parlamento

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Justicia

    11

    15

    1

    0

    0

    1

    28

    Tribunal de Cuentas

    0

    1

    16

    0

    0

    0

    17

    CESE

    0

    3

    0

    0

    0

    0

    3

    CDR

    0

    3

    0

    0

    1

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    14

    11

    0

    2

    5

    1

    33

    Total

    179

    307

    69

    10

    18

    11

    594



    2.2.    Número de beneficiarios por clase de obligaciones especiales:

    Institución

    En el domicilio

    En el domicilio y en el lugar de trabajo

    En el lugar de trabajo

    Total

    Comisión

    409

    5

    10

    424

    - incluido el JRC:

    137

    5

    9

    151

    Consejo

    85

    0

    0

    85

    Parlamento

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Justicia

    28

    0

    0

    28

    Tribunal de Cuentas

    17

    0

    0

    17

    CESE

    3

    0

    0

    3

    CDR

    4

    0

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    33

    0

    0

    33

    Total

    579

    5

    10

    594

    2.3.Número de beneficiarios por destino

    Institución

    JRC

    Acciones indirectas

    Instalaciones técnicas

    Seguridad

    TIC

    PESC/PCSD

    EM 24/7

    Total

    Comisión

    151

    2

    58

    39

    133

    0

    41

    424

    - incluido el JRC:

    151

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    151

    Consejo

    0

    0

    0

    28

    46

    11

    0

    85

    Parlamento

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Justicia

    0

    0

    16

    12

    0

    0

    0

    28

    Tribunal de Cuentas

     
    0

    0

     
    0

     
    17

     
    0

     
    0

     
    0

    17

    CESE

    0

    0

    0

    3

    0

    0

    0

    3

    CDR

    0

    0

    0

    4

    0

    0

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    0

    0

    0

    4

    9

    20

    0

    33

    Total

    151

    2

    74

    107

    188

    31

    41

    594

    3.Indemnización por condiciones de trabajo penosas

    Las bases jurídicas de esta indemnización son el artículo 56 quater del Estatuto, así como el Reglamento n.º 858/2004 del Consejo, de 29 de abril de 2004, en su versión modificada. La indemnización por condiciones de trabajo penosas se concede para compensar condiciones de trabajo particulares relativas 1) a la protección individual (uso de vestimenta especial incómoda, protección parcial), 2) al lugar de trabajo (lugares cerrados, ruidosos y peligrosos) y 3) a la naturaleza del trabajo (por ejemplo, manipulación de sustancias corrosivas, trabajo con explosivos) 1 .

    La indemnización se expresa en puntos por hora de trabajo efectivamente cumplida. El número de puntos varía entre 2 puntos (por ejemplo, para un nivel medio de ruido superior a 85 decibelios) y un máximo de 50 puntos en el caso de un funcionario que utilice una escafandra autónoma contra incendios. Cada punto equivale a un 0,032 % del sueldo base de un funcionario de grado 1, escalón 1 (equivalente a 0,95 EUR en 2019).

    3.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales):

    Institución

    AD

    AST/SC

    AC

    Total

    GF I

    GF II

    GF III

    GF IV

    Comisión

    36

    144

    26

    0

    1

    9

    216

    - incluido el JRC:

    32

    132

    16

    0

    1

    9

    190

    Consejo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Parlamento

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Justicia

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Cuentas

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    CESE

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    CDR

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Total

    36

    144

    26

    0

    1

    9

    216

    4.Indemnización por servicio continuo o por turnos

    Las bases jurídicas de esta indemnización son el artículo 56 bis del Estatuto, así como el Reglamento n.º 300/76 del Consejo, de 9 de febrero de 1976, en su versión modificada.

    El pago de la indemnización se limita a funcionarios y otros agentes retribuidos con cargo a los créditos de investigación y destinados en:

    un establecimiento del Centro Común de Investigación (JRC), o

    en acciones indirectas, o

    retribuidos con cargo a los créditos de funcionamiento y destinados en:

    un servicio de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC),

    un servicio de seguridad,

    un servicio de centralita telefónica o de información o en una oficina de recepción,

    un servicio de apoyo a la política exterior y de seguridad común (PESC) o a la política europea de seguridad y defensa (PCSD), o al dispositivo para la coordinación de situaciones de urgencia y de crisis,

    un servicio de apoyo en el marco de la coordinación en casos de urgencia o de crisis, o

    un puesto de desempeño de funciones de manejo y vigilancia de instalaciones técnicas.

    Las siguientes cifras indican el número de indemnizaciones concedidas por cada institución en el año 2019.

    4.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales):

    Institución

    AD

    AST/SC

    AC

    Total

    GF I

    GF II

    GF III

    GF IV

    Comisión

    0

    75

    20

    24

    6

    0

    125

    - incluido el JRC:

    0

    21

    9

    0

    0

    0

    30

    Consejo

    0

    65

    0

    10

    0

    0

    75

    Parlamento

    4

    57

    516

    4

    12

    2

    595

    Tribunal de Justicia

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Cuentas

    0

    1

    16

    0

    0

    0

    17

    CESE

    0

    3

    0

    0

    0

    0

    3

    CDR

    0

    3

    0

    0

    1

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    0

    36

    0

    0

    0

    0

    36

    Total

    4

    240

    552

    38

    19

    2

    855

    Se prevén cuatro índices diferentes de indemnización mensual (cifras correspondientes al año 2019):

    clase 1: servicio en dos turnos, excluidos los fines de semana y los días festivos: 429,05 EUR;

    clase 2: servicio en dos turnos, incluidas las noches, los fines de semana y los días festivos: 647,59 EUR;

    clase 3: 24 horas al día, excluidos los fines de semana y los días festivos: 708,05 EUR;

    clase 4: 24 horas al día y 7 días por semana: 965,31 EUR.

    4.2.Número de beneficiarios por clase:

    Institución

    Índice 1

    Índice 2

    Índice 3

    Índice 4

    Total

    429,05

    647,59

    708,05

    965,31

    Comisión

    14

    0

    8

    103

    125

    - incluido el JRC:

    0

    0

    8

    22

    30

    Consejo

    25

    0

    0

    50

    75

    Parlamento

    50

    281

    0

    264

    595

    Tribunal de Justicia

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Cuentas

    0

    0

    0

    17

    17

    CESE

    3

    0

    0

    0

    3

    CDR

    4

    0

    0

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    27

    0

    0

    9

    36

    Total

    123

    281

    8

    443

    855

    4.3.    Número de beneficiarios por destino

    Institución

    JRC

    Coord. Crisis/Urgencia

    TIC

    Seguridad

    Centralita/Recepción

    PESC/PCSD

    Inst. técn.

    Acciones ind.

    TOTAL

    Comisión

    30

    16

    14

    65

    0

    0

    0

     
    0

    125

    - incluido el JRC:

    30

    0

    0

    0

    0

    0

    0

     
    0

    30

    Consejo

    0

    0

    0

    75

    0

    0

    0

    0

    75

    Parlamento

    0

    0

    0

    545

    50

    0

    0

    0

    595

    Tribunal de Justicia

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Tribunal de Cuentas

    0

    0

    0

    17

    0

    0

    0

    0

    17

    CESE

    0

    0

    0

    3

    0

    0

    0

    0

    3

    CDR

    0

    0

    0

    4

    0

    0

    0

    0

    4

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    0

    0

    14

    13

    0

    9

    0

    0

    36

    Total

    30

    16

    28

    722

    50

    9

    0

    0

    855

    5.Servicios afectados y motivos

    El Consejo, la Comisión, el SEAE, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y los dos Comités recurren al trabajo sometido a obligaciones especiales y al servicio continuo o por turnos y proceden al pago de las indemnizaciones previstas por la legislación.

    La Comisión es la única institución que abona indemnizaciones por condiciones de trabajo penosas en el JRC, en la Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas (OIB) y, desde 2018, a los inspectores nucleares de la DG ENER.

    5.1.Motivos para recurrir al servicio con obligaciones especiales

    Comisión: En 2019, la Comisión abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 410 miembros de su personal, lo que representa una ligera disminución en comparación con 2018 (416 beneficiarios).

    Se observa un aumento en los servicios de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) (+16). Este aumento se debe a un aumento del número beneficiarios (103 frente a 89 en 2018) que forman parte de los 23 servicios por obligaciones especiales existentes en la DG DIGIT. En cambio, se ha constatado una ligera disminución en los servicios de las instalaciones técnicas en los últimos años (supresión del servicio por obligaciones especiales en la OP y menor número de beneficiarios en la OIB/OIL). La misma tendencia se produjo en el ámbito de la coordinación de crisis/urgencias (-9).    
    Alrededor del 37 % (151) de los beneficiarios afectados se encuentra en centros de investigación. La mayoría de los casos de disponibilidad u obligaciones especiales del JRC se realizan en el domicilio, con excepción de Ispra (donde las prestaciones se realizan en el lugar de trabajo o en el domicilio, debido a la especificidad de las tareas).

    En las demás Direcciones Generales de la Comisión, se observa una ligera disminución en el número de beneficiarios (54 en 2018, 47 en 2019) en la DG ECHO (EM 24/7), tras el aumento (+5) de 2018. En los demás servicios, la situación es prácticamente igual a la de 2018.

    Consejo: El Consejo abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 85 miembros del personal en 2019 y a 77 en 2018.

    Se han establecido cuatro servicios para cubrir las siguientes áreas: 1) tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), con intervenciones garantizadas para la protección y el funcionamiento correcto de las redes informáticas y de comunicación; 2) seguridad, para responder de manera inmediata a todo tipo de incidentes que puedan afectar al personal de la Secretaría General del Consejo y a las actividades del Consejo y del Consejo Europeo, así como para prestar asistencia 24 horas al día y 7 días por semana a los oficiales de seguridad en misión; 3) intervención rápida para la redacción, publicación en internet y difusión de las declaraciones inmediatas y urgentes de la Presidencia de turno y del Presidente del Consejo Europeo en el marco de la PESC/PCSD. En 2019, las obligaciones especiales se efectuaron exclusivamente en el domicilio.    
    La tendencia al alza se explica, por una parte, por un ligero aumento del número de beneficiarios en los servicios ya existentes y, por otra parte, por la creación de un nuevo servicio en la Unidad ORG.5 «Seguridad de la información».
       

    Tribunal de Cuentas: La planificación mensual del servicio de seguridad incluía, en 2019, tareas de disponibilidad en el domicilio para 17 agentes (número idéntico al de 2018). Debían garantizar la seguridad de los edificios y sus ocupantes sin interrupción y durante todo el año.

    SEAE: En 2019, el SEAE abonó indemnizaciones por obligaciones especiales en el domicilio a 33 miembros de su personal. En 2018 fueron 29. La creación de un nuevo servicio dentro de la Unidad SG AFF GEN 6 «Comunicación estratégica» explica este aumento. Los servicios por obligaciones especiales cubren tres ámbitos de trabajo: 1) servicios de seguridad, para proteger permanentemente el personal del SEAE, los visitantes, los edificios y los bienes materiales en Bruselas, y la información clasificada (en la sede y en las delegaciones); 2) servicios de apoyo a la PESC/PCSD, para supervisar los eventos en todo el mundo 24 horas al día y 7 días por semana; responder a las crisis, incidentes, situaciones críticas, específicas o urgentes; prestar apoyo al alto representante y a los actores de la UE, y facilitar las reuniones de la plataforma de crisis del SEAE fuera del horario laboral normal; 3) servicio de tecnología de la información y la comunicación a través del COMCEN (Centro de Comunicación), para comunicar información clasificada a todos los miembros del personal del SEAE, garantizando asimismo los servicios prestados al secretario general del Consejo para que haya siempre un tratamiento rápido de la información clasificada urgente. 

    Tribunal de Justicia: En 2019, el Tribunal de Justicia abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 28 miembros de su personal (27 en 2018). Este servicio se instauró en noviembre de 2014 dentro de la Dirección General de Infraestructuras. La dirección de los edificios es responsable de proteger la institución, prevenir los incendios y vigilar la higiene y seguridad en el trabajo. Está formado por tres unidades encargadas de los nuevos trabajos, la gestión de los edificios y la seguridad.

    CDR-CESE: Dentro del servicio de seguridad, se estableció un servicio común de obligaciones especiales para el CDR y el CESE para garantizar que se pueda acceder al personal de seguridad en cualquier momento en caso de incidente si la institución está cerrada, y que este pueda intervenir adecuadamente. En 2019 el servicio de obligaciones especiales en el domicilio ha incluido a 4 miembros del personal del CDR (igual que en 2018) y a 3 del CESE (2 en 2018).

    5.2.Motivos para recurrir a la indemnización por condiciones de trabajo penosas

    Comisión: En 2019, la Comisión sigue siendo la única institución que recurre a esta posibilidad: la Oficina de infraestructuras y logística de Bruselas (OIB), para el servicio de reproducción; el JRC y la DG ENER, en el contexto de las inspecciones de instalaciones nucleares, con un total de 216 beneficiarios en 2019 (209 en 2018).

    En 2019, el número total de horas prestadas en estas condiciones se distribuyó del siguiente modo:

    Ø64 889,11 horas (65 808,19 en 2018) relacionadas con la protección individual (por ejemplo, utilización de prendas especiales incómodas, necesarias a efectos de protección);

    Ø115 973,35 horas (117 127,13 en 2018) relacionadas con el lugar de trabajo (por ejemplo, niveles de ruido elevados o lugares peligrosos);

    Ø12 162,74 horas (11 539,68 en 2018) relacionadas con la naturaleza del trabajo (por ejemplo, manipulación de productos corrosivos);

    Ø8 horas (26,20 en 2018) relacionadas con la combinación de protección personal y lugares de trabajo (inspectores nucleares: niveles de ruido elevados, trajes de protección con aparato respiratorio autónomo).

    5.3.Motivos para recurrir al servicio continuo o por turnos

    Comisión: En la Comisión, el JRC (por razones inherentes a las tareas realizadas) y la DG HR (servicio de seguridad y prevención) necesitaron este tipo de organización del trabajo (30 y 57 personas, respectivamente, en 2019).

    En las otras DG (presupuesto de funcionamiento), en 2019 efectuaron el servicio por turnos 38 personas, en los ámbitos siguientes:

    seguridad y prevención: 8 (OIL);

    tecnologías de la información y la comunicación: 14 (DG COMM);

    asistencia a los Estados miembros: 16 (DG ECHO).

    El servicio por turnos de la DG COMM garantiza el funcionamiento oportuno del servicio de prensa del presidente, el Colegio y el Servicio del Portavoz.

    El servicio continuo de la DG ECHO asiste a los Estados miembros y a la Comisión en caso de catástrofes en el centro de control e información.

    En la Comisión, se aplican los índices (clases de indemnización) 1, 3 y 4, aunque el índice 4 (servicio continuo) se utiliza esencialmente para los servicios de seguridad.

    Consejo: El Consejo dispone de un sistema de servicio por turnos indispensable para garantizar la continuidad de los servicios encargados de la prevención y seguridad de los edificios y las personas que se encuentran en los dos edificios de la institución.

    Se observa una situación estable en el número de beneficiarios (75 en 2019, como en 2018).

    Parlamento Europeo: En 2019, el Parlamento Europeo abonó indemnizaciones por el servicio continuo o por turnos para cubrir 1) los servicios encargados de la seguridad y protección en los tres lugares de trabajo: Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo; (2) los servicios vinculados a la recepción, la seguridad y el control de los visitantes al Parlementarium, a la Casa de la Historia Europea y a la Casa de Jean Monnet (desde 2017) y al complejo deportivo (desde 2017), así como los vinculados a la comunicación a través de la central telefónica, que ofrece en varios idiomas una variedad de servicios como la transferencia de llamadas entrantes y salientes, la divulgación de información de contacto (números de teléfono y de fax, direcciones electrónicas y postales), e información sobre las reuniones y los edificios del Parlamento Europeo. 

    Los servicios establecidos son un régimen en dos turnos (índice 1), un régimen en dos turnos que incluye noches, fines de semana y días festivos (índice 2) o un servicio ininterrumpido de 24 horas al día (índice 4). El número de beneficiarios en 2019 ascendió a 595 (603 en 2018) y se mantiene prácticamente estable.

    En 2019, el Parlamento informó de una fuerte disminución del número de personas que se beneficiaron del índice 1 y de un aumento en el número de beneficiarios de los índices 2 y 4, lo que dio lugar a un aumento significativo del presupuesto utilizado. 

    Tribunal de Cuentas: En 2019, el único servicio notificado por el Tribunal de Cuentas se refería a un servicio continuo creado en la Unidad «Recursos Humanos 2. Servicios Generales». Se trata de un servicio ininterrumpido 24 horas al día (índice 4) con 17 beneficiarios (19 en 2018). Se ha suprimido el servicio continuo o por turnos en el ámbito de la telefonía/recepción notificado en 2018 (2 beneficiarios).

    SEAE: En 2019 el SEAE abonó 36 indemnizaciones por el servicio continuo o por turnos para garantizar diariamente la vigilancia, el análisis y dar la alerta en caso de incidentes o situaciones importantes en el ámbito político 24 horas al día y 7 días por semana, así como para comunicar la información clasificada a todo el personal de la SEAE, al alto representante y demás actores de la Unión Europea (Comisión Europea, Secretaría General del Consejo, agencias y Estados miembros de la UE).

    En el SEAE, se han aplicado dos modos de asignación: principalmente el índice 1 y el 4. El número de beneficiarios ha permanecido estable.

    CDR-CESE: El servicio común por turnos se estableció en el CDR y el CESE para cubrir la necesidad de una presencia continua en el servicio de seguridad. El CDR abonó las indemnizaciones a 4 beneficiaros (índice 1) y el CESE a 3 (índice 1).



    6.    Gastos presupuestarios, por Institución y por indemnización (en EUR)

    Institución

    Servicio continuo o por turnos

    Obligaciones especiales

    Condiciones de trabajo penosas

    Total

    Comisión

    1 114 753,93

    1 565 038,22

    650 195,23

    3 329 987,38

    - incluido el JRC:

    216 008,78

    634 304,88

    616 763,55

    1 467 077,21

    Consejo

    645 516,00

    258 689,00

    0

    904 205,00

    Parlamento

    5 581 878,31

    0

    0

    5 581 878,31

    Tribunal de Justicia

    0

    67 265,00

    0

    67 265,00

    Tribunal de Cuentas

    192 198,69

    12 314,87

    0

    204 513,56

    CESE

    12 753,76

    6 958,64

    0

    19 712,40

    CDR

    20 392,56

    12 718,72

    0

    33 111,28

    SEPD

    0

    0

    0

    0

    Defensor del Pueblo Europeo

    0

    0

    0

    0

    SEAE

    249 700,00

    101 874,00

    0

    351 574,00

    Total

    7 817 193,25

    2 024 858,45

    650 195,23

    10 492 246,93

    En 2019, la cantidad desembolsada para las tres indemnizaciones por todas las instituciones europeas ascendió a 10 492 246,93 EUR (9 378 337,37 EUR en 2018).

    (1)    Artículo 3 del Reglamento n.º 858/2004 del Consejo.
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