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Document 52019PC0442

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a la solicitud presentada por Bélgica: EGF/2019/001 BE/Carrefour

COM/2019/442 final

Bruselas, 4.10.2019

COM(2019) 442 final

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a la solicitud presentada por Bélgica: EGF/2019/001 BE/Carrefour


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CONTEXTO DE LA PROPUESTA

1.Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006 1 (el «Reglamento del FEAG»).

2.El 20 de junio de 2019, las autoridades belgas presentaron la solicitud de contribución financiera del FEAG «EGF/2019/001 BE/Carrefour» a raíz de los despidos 2 que se habían producido en la empresa Carrefour Belgique SA, en Bélgica.

3.Tras evaluar la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión de que, con arreglo a todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.

RESUMEN DE LA SOLICITUD

Solicitud de contribución del FEAG

EGF/2019/001 BE/Carrefour

Estado miembro

Bélgica

Regiones afectadas (nivel NUTS 2 3 )

Los despidos afectan a toda Bélgica

Fecha de presentación de la solicitud

20 de junio de 2019

Fecha de acuse de recibo de la solicitud

20 de junio de 2019

Fecha de solicitud de información adicional

4 de julio de 2019

Plazo para la presentación de la información adicional

15 de agosto de 2019

Plazo para completar la evaluación

7 de noviembre de 2019

Criterio de intervención

Artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG


Empresa principal

Carrefour Belgique SA


Número de empresas afectadas

1

Sector de actividad económica

(División de la NACE Rev. 2) 4

División 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas)

Período de referencia (cuatro meses):

Del 30 de noviembre de 2018 al 30 de marzo de 2019



Número de despidos durante el período de referencia (a)

751

Número de despidos antes o después del período de referencia (b)

268

Número total de despidos (a + b)

1 019

Número total de trabajadores admisibles

1 019

Número total de trabajadores para los que se solicita ayuda

400

Número de jóvenes beneficiarios previstos que no trabajan ni siguen estudios o formación (ninis)

330

Presupuesto para servicios personalizados (EUR)

2 665 047

Presupuesto para la intervención del FEAG 5 (EUR)

55 000

Presupuesto total (EUR)

2 720 047

Contribución del FEAG (60 %) (EUR)

1 632 028

EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

Procedimiento

4.Las autoridades belgas presentaron la solicitud EGF/2019/001 BE/Carrefour el 20 de junio de 2019, en el plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención establecidos en el artículo 4 del Reglamento del FEAG. La Comisión acusó recibo de la solicitud ese mismo día y pidió información adicional a las autoridades belgas el 4 de julio de 2019. La información adicional se facilitó en el plazo de seis semanas a partir de su solicitud. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa en el cual la Comisión debe finalizar su evaluación para determinar si la solicitud cumple las condiciones de concesión de una contribución financiera termina el 7 de noviembre de 2019.

Admisibilidad de la solicitud

Empresas y beneficiarios afectados

5.La solicitud tiene por objeto 751 trabajadores que han sido despedidos en Carrefour Belgique SA, una empresa que opera en el sector económico clasificado en la división 47 de la NACE Rev. 2 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas). Los despidos realizados por Carrefour Belgique afectan a toda Bélgica.

Criterios de intervención

6.Las autoridades belgas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG, que condiciona dicha intervención al despido o el cese de actividad durante un período de referencia de cuatro meses de, como mínimo, 500 trabajadores de una empresa de un Estado miembro, incluido el despido de los asalariados, o el cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia, de sus proveedores o de los transformadores de los productos de dicha empresa.

7.El período de referencia de cuatro meses para la solicitud se extiende del 30 de noviembre de 2018 al 30 de marzo de 2019. Los despidos durante el período de referencia afectan a 751 trabajadores despedidos en Carrefour Belgique.

Cálculo de los despidos y del cese de actividad

8.Los 751 despidos durante el período de referencia se han calculado a partir de la fecha de la rescisión de facto del contrato laboral o su extinción.

Beneficiarios admisibles

9.Además de los trabajadores ya mencionados, entre los beneficiarios admisibles se encuentran 268 trabajadores despedidos antes o después del período de referencia. Estos trabajadores fueron despedidos el 25 de enero de 2018 6 después del anuncio general de los despidos previstos. Puede establecerse un claro nexo causal con el acontecimiento que provocó los despidos durante el período de referencia.

10.Por tanto, el número total de beneficiarios admisibles es de 1 019.

Relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial a causa de la globalización

11.Las autoridades belgas alegan que el comercio al por menor atraviesa un período de grandes cambios como consecuencia de la globalización (compras en línea), lo que provoca despidos. Los cambios en las pautas de los hábitos de los consumidores y la digitalización repercuten también en el comercio al por menor.

12.Las ventas en línea en todo el mundo han ido creciendo a un ritmo constante desde hace muchos años. En 2015, las ventas mundiales del comercio electrónico minorista representaron el 7,4 % del total del gasto al por menor. En 2017, alcanzaron los 2,382 billones USD, lo que representa un aumento del 28 % con respecto al año anterior y del 10,4 % del total de ventas al por menor en todo el mundo. En 2019, se espera que las ventas en línea mundiales crezcan un 20,7 % y representen el 14,1 % del total del gasto minorista 7 .

Ventas de comercio electrónico al por menor en todo el mundo en el período 2017-2019
(billones USD, variación en % y % del total de ventas al por menor)

Ventas de comercio electrónico al por menor

variación en %

% del total de ventas al por menor

13.Según las previsiones, esta tendencia al alza continuará en los próximos años. En 2023, se espera que las ventas de comercio electrónico al por menor mundiales tripliquen a las ventas registradas en 2018, y que representen el 22 % del total del gasto minorista 8 .

Ventas de comercio electrónico al por menor en todo el mundo en el período 2020-2023. Previsión.
(billones de USD, % de cambio y % del total de ventas al por menor)

Ventas de comercio electrónico al por menor

variación en %

% del total de ventas al por menor

14.En la UE, el porcentaje de la población que compra en línea aumentó del 47 % al 69 % durante el período 2013-2018 9 . Además del aumento del número de compradores en línea, se han producido cambios en la oferta de vendedores electrónicos. Los compradores que compran en línea a vendedores en su propio país han disminuido, aunque solamente un punto porcentual, del 89 % en 2013 al 88 % en 2018, mientras que las compras transfronterizas en la UE aumentaron de forma significativa, del 26 % al 36 %, y las compras en línea a vendedores de fuera de la UE se están haciendo cada vez más populares. Se incrementaron del 14 % al 26 % durante el mismo período 10 .

15.Los mercados son una característica omnipresente del mundo del comercio electrónico. Los tres principales actores son Amazon, Aliexpress e eBay, que operan como actores mundiales.

Oferta de minoristas
(última compra en línea transfronteriza)
11

16.Debido a los precios que ofrecen, los consumidores tienden a recurrir a estas tiendas virtuales internacionales, que están establecidas en países no pertenecientes a la UE. Las compras en línea en países no pertenecientes a la UE están teniendo un impacto importante en las ventas de los comercios minoristas convencionales de la UE.

17.Estas tendencias mundiales también se aplican a Bélgica. Según Comeos 12 , el 67 % de los belgas compraron en línea en 2018, en comparación con solamente el 46 % en 2012. Esto representa un aumento de 21 puntos porcentuales en seis años. Los compradores en línea belgas que realizan compras en línea cada mes representan el 44 % del total, y el 9 % lo hace cada semana. Más de 150 euros es un presupuesto mensual normal para el 42 % de los compradores en línea belgas. El 39 % de los compradores en línea belgas declaran que van a gastar más o mucho más en 2019 que en el año anterior. Para la mitad de los encuestados es irrelevante que la tienda virtual sea belga o no 13 .

18.Hasta la fecha, el sector minorista ha sido objeto de diez solicitudes de intervención del FEAG, dos de ellas basadas en la globalización relacionada con el comercio 14 y ocho en la crisis económica y financiera mundial 15 .

Hechos que dieron lugar a los despidos y al cese de la actividad

19.Carrefour Belgium opera a través de tres marcas: Carrefour Express (tiendas de proximidad), una marca que es rentable y se encuentra en expansión (apertura de entre veinte y veinticinco comercios al año); Carrefour Market (supermercados), que se centra en los productos frescos, también se está expandiendo y espera abrir diez comercios al año; y Carrefour Hypermarkets. De los cuarenta y cinco hipermercados Carrefour, diecinueve no son rentables 16 .

20.Los acontecimientos que dieron lugar a los despidos son el cierre de un hipermercado Carrefour y el arrendamiento de partes de la superficie de los comercios a minoristas externos en algunos de los hipermercados que todavía operan. Como ya se ha señalado, las compras en línea a vendedores de países no pertenecientes a la UE están teniendo un gran impacto en las ventas de los comercios convencionales de la UE.

21.Los productos para los que las ventas en línea ya son elevadas o que se espera que crezcan en un futuro próximo son los mismos que la oferta de productos no alimentarios en los hipermercados. La moda es un producto maduro en el comercio electrónico. Los «productos en expansión» 17 son los libros y los libros electrónicos, los ordenadores y la electrónica, la salud y la belleza, y el entretenimiento. Por el contrario, solamente un pequeño número de consumidores belgas compran alimentos en línea, aunque los compradores en línea declaran que tienen la intención de hacerlo más a menudo en el futuro 18 .

22.Para Carrefour el crecimiento de las ventas en línea ha contribuido a la disminución de las ventas de productos no alimentarios en sus hipermercados (el volumen de negocios de los productos no alimentarios disminuyó un 6 % en 2017 y un 19 % desde 2010), lo que ha socavado la rentabilidad de este tipo de comercios. Las autoridades belgas indicaron que los despidos se debieron principalmente a las dificultades en el sector no alimentario descritas anteriormente.

Volumen de negocios de los hipermercados Carrefour. Productos no alimentarios 19 .
(incluidos todos los impuestos)
(variación porcentual interanual)



Rentabilidad de los hipermercados Carrefour 20
(ROC 21 en millones EUR)

Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional o nacional

23.Aunque los despidos afectan a todo el país, las autoridades belgas esperan que tengan un impacto adverso especialmente significativo en la situación del empleo y, por lo tanto, en la economía regional de Valonia. El impacto previsto está vinculado a la escasez de puestos de trabajo en la región, a la relativamente elevada tasa de desempleo y, por consiguiente, a las dificultades que se prevé que afronten los trabajadores despedidos, en particular los mayores de 50 años, ya que una de cada cuatro personas que buscan empleo en Valonia son trabajadores mayores de 55 años.

24.Aunque el número de solicitantes de empleo en la región disminuyó un 1,5 % en 2018 en comparación con el año anterior, la tasa de desempleo en Valonia (8,6 % 22 ) duplica con creces la tasa de desempleo en Flandes (3,5 % 23 ) y se encuentra por encima de la media de la UE (6,9 %). Además, en Valonia otros indicadores muestran un menor rendimiento del mercado de trabajo: las actividades temporales se ralentizaron (- 2,3 % de horas trabajadas entre diciembre de 2017 y diciembre de 2018), el desempleo temporal aumentó (+ 5,8 % anual) y las quiebras se incrementaron en el último trimestre de 2018 (+ 5 % en comparación con el mismo trimestre de 2017). Además, se espera que la creación de empleo se ralentice en 2019 (unos 15 000 puestos de trabajo menos que en 2018) 24 .

25.En 2018, el 57 % de los demandantes de empleo en Valonia eran desempleados de larga duración (> 12 meses); por su parte, los desempleados durante más de dos años representaban el 67 % del total de demandantes de empleo de larga duración 25 .

26.Según Comeos, si bien el empleo en el sector minorista en Bélgica todavía no disminuye, se teme que la digitalización y la automatización de los almacenes tengan muy pronto una repercusión en miles de puestos de trabajo relativamente poco cualificados 26 .

Beneficiarios previstos y acciones propuestas

Beneficiarios previstos

27.Debido a la situación especialmente difícil en materia de empleo en Valonia, las autoridades belgas esperan que solo participen en las medidas los 400 trabajadores despedidos en esta región. El desglose de estos trabajadores por sexo, nacionalidad y grupo de edad es el siguiente:

Categoría

Número de
beneficiarios previstos

(trabajadores)

Sexo:

Hombres:

118

(29,5 %)

Mujeres:

282

(70,5 %)

Nacionalidad:

Ciudadanos de la UE:

379

(94,8 %)

Ciudadanos de países no pertenecientes a la UE:

21

(5,2 %)

Grupo de edad:

15-24 años:

0

(0,0 %)

25-29 años:

7

(1,7 %)

30-54 años:

68

(17,0 %)

55-64 años:

325

(81,3 %)

Más de 64 años:

0

(0,0 %)

28.Además, las autoridades belgas prestarán servicios personalizados cofinanciados por el FEAG a un máximo de 330 jóvenes que no trabajan ni siguen estudios o formación (ninis) que tenían menos 25 años en la fecha de presentación de la solicitud, ya que 240 de los despidos mencionados en el punto 5 se produjeron en las regiones de nivel NUTS 2 de Henao (BE32) y Lieja (BE33), que tenían unas tasas de desempleo juvenil de los jóvenes de 15 a 24 años de como mínimo el 20 % 27 con arreglo a los datos anuales disponibles para 2018 28 .

29.Por lo tanto, el número total de beneficiarios que se espera que sean admisibles, incluidos los ninis, es de 730. 

Admisibilidad de las acciones propuestas

30.Los servicios personalizados que se ofrecerán a los trabajadores despedidos y a los ninis consisten en las acciones siguientes:

Apoyo/orientación/integración: Este conjunto de servicios amplía las actividades estándar de apoyo a los antiguos trabajadores de Carrefour realizadas por las células de reconversión del Servicio Público de Empleo de Valonia (Forem) en nombre de la empresa que realiza los despidos. La oferta estándar se ampliará más allá del período obligatorio 29 y se propondrán servicios específicos adicionales a los trabajadores despedidos, como la búsqueda activa de empleo y los servicios de puesta en relación de las ofertas y las demandas de empleo.

El Forem y sus socios sindicales llevan a cabo las tareas de apoyo y movilización de los ninis.

Los ninis tendrán la oportunidad de participar en «Coup de boost» , un régimen intensivo de ayuda socioprofesional de nueve meses de duración. Se propondrán a los participantes diversas actividades colectivas e individuales sobre temas relacionados con la búsqueda de empleo (preparación de la entrevista de trabajo, solicitud de una entrevista, etc.), desarrollo de la confianza en sí mismos y comunicación; actividades para descubrir el entorno profesional y la formación (visitas, prácticas, experiencia laboral, etc.); entrevistas individuales con consejeros y/o entrenadores sociales para ayudar a cada joven a definir su proyecto profesional; información adaptada sobre Derecho laboral y derechos sociales y apoyo en los procedimientos administrativos; actividades de intercambio en las que los jóvenes puedan apoyarse mutuamente y compartir sus experiencias profesionales, la búsqueda de empleo y la formación; etc.

El objetivo, al final de la ayuda, es que los ninis obtengan un primer empleo o se integren en un programa de formación de cualificación. También está previsto un apoyo adicional después de «Coup de boost» para garantizar que los ninis estén bien integrados en la formación o el empleo y que superen las dificultades que puedan surgir.

Formación, reciclaje y formación profesional. Los trabajadores y los ninis tendrán acceso a la oferta de formación estándar del Forem y sus socios, y también se desplegarán módulos específicos de búsqueda de empleo. Además, tras la elaboración de perfiles y la validación de los proyectos profesionales individuales con el consejero profesional, se ofrecerá formación específica para satisfacer las necesidades detectadas. También se ofrecerá a los jóvenes que lo necesiten una formación en competencias básicas (conocimientos lingüísticos, matemáticas, utilización de tecnologías de la información, etc.).

Apoyo para la creación de empresas. Esta medida dirigida a los trabajadores incluirá una fase de diagnóstico y orientación, acciones de sensibilización sobre el emprendimiento, sesiones informativas sobre el potencial de creación de una empresa a través de diagnósticos económicos territoriales y creación de redes con los empresarios pertinentes y con entrenadores de creación de empresas certificados.

Contribución a la creación de empresas. Los trabajadores que creen una empresa o que inicien una actividad por cuenta propia recibirán una contribución de hasta 15 000 EUR. La contribución se pagará en dos tramos, tras demostrar el desarrollo efectivo de la actividad con documentos justificativos.

Asignaciones. 1) Asignación de búsqueda de empleo y asignación de formación. Los trabajadores y los ninis recibirán 1 EUR por hora de participación efectiva en actividades de formación o en actividades de búsqueda de empleo de las células de reconversión del Forem 30 . 2) Contribución a los gastos de desplazamiento. Para fomentar la movilidad regional e interregional, los trabajadores y los ninis que acepten un puesto de trabajo bien a más de 60 km de distancia del domicilio, bien a una distancia que implique más de cuatro horas de desplazamiento (ida y vuelta), recibirán una cantidad a tanto alzado de 500 EUR o 750 EUR 31 . 3) Asignación para la creación de empresas. Para apoyar a los trabajadores mientras crean sus empresas 32 , se concederá una indemnización mensual de 350 EUR durante un máximo de 12 meses. 4) Asignación por volver a estudiar. Se concederá una indemnización mensual de 350 EUR a los trabajadores y a los ninis que realicen estudios a tiempo completo (études de plein exercice) de al menos un año de duración.

31.Las acciones propuestas que se han descrito constituyen medidas activas del mercado de trabajo en el marco de las acciones admisibles expuestas en el artículo 7 del Reglamento del FEAG. Estas acciones no sustituirán a las medidas pasivas de protección social.

32.Las autoridades belgas han proporcionado la información requerida sobre las acciones obligatorias para la empresa afectada en virtud de la legislación nacional o con arreglo a convenios colectivos. Han confirmado que ninguna contribución financiera del FEAG sustituirá a estas acciones.

Presupuesto estimado

33.El coste total estimado asciende a 2 720 047 EUR, que incluyen gastos de servicios personalizados por valor de 2 665 047 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad, y de control y presentación de informes, por un valor de 55 000 EUR.

34.La contribución financiera total solicitada al FEAG asciende a 1 632 028 EUR (el 60 % del coste total).

Acciones

Número estimado de participantes

Coste estimado por participante
(EUR) 33

Coste total estimado

(EUR) 34  

Servicios personalizados (acciones contempladas en el artículo 7, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento del FEAG)

Apoyo/orientación/integración
(
Accompagnement, orientation, mobilisation et insertion)

730

2 241

1 636 130

Formación, reciclaje y formación profesional
(
Formation et modules specifiques)

460

941

432 710

Apoyo para la creación de empresas
(
Dispositif d'accompagnement à l'entreprenariat) 

250

463

115 743

Contribución a la creación de empresas
(
Bourse de lancement)

10

10 000

100 000

Subtotal (a):

Porcentaje del paquete de servicios personalizados

2 284 583

(85,72 %)

Asignaciones e incentivos [acciones contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]

Asignaciones
(
Allocations et primes) 

730

521

380 464

Subtotal (b):

Porcentaje del paquete de servicios personalizados:

380 464

(14,28 %)

Acciones contempladas en el artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG

1. Actividades preparatorias

0

2. Gestión

10 000

3. Información y publicidad

15 000

4. Control y presentación de informes

30 000

Subtotal (c):

Porcentaje del coste total:

55 000

(2,02 %)

Coste total (a + b + c):

2 720 047

Contribución del FEAG (un 60 % del coste total)

1 632 028

35.El coste de las acciones identificadas en el cuadro anterior como acciones contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG no supera el 35 % del coste total del paquete coordinado de servicios personalizados. Las autoridades belgas han confirmado que estas acciones están condicionadas a la participación activa de los beneficiarios previstos en las actividades de búsqueda de empleo o de formación.

36.Las autoridades belgas han confirmado asimismo que los costes de las inversiones para el empleo por cuenta propia, la creación de empresas y la compra de empresas por los trabajadores no superarán los 15 000 EUR por beneficiario.

Período de admisibilidad de los gastos

37.Las autoridades belgas empezaron a ofrecer servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 1 de diciembre de 2018. Por consiguiente, los gastos de estas acciones cumplirán las condiciones para recibir una contribución financiera del FEAG desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 20 de junio de 2021.

38.Las autoridades belgas empezaron a realizar los gastos administrativos de ejecución del FEAG el 25 de enero de 2018. Por tanto, los gastos para las actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad, y de control y presentación de informes cumplirán las condiciones para recibir una contribución financiera del FEAG desde el 25 de enero de 2018 hasta el 20 de diciembre de 2021.

Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión

39.La fuente de prefinanciación o cofinanciación nacional son fondos de la Región Valona.

40.Las autoridades belgas han confirmado que las medidas descritas anteriormente que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán contribución financiera alguna de otros instrumentos financieros de la Unión.

Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o a sus representantes, o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales

41.Las autoridades belgas han indicado que el paquete coordinado de servicios personalizados se ha elaborado previa consulta a las partes interesadas.

42.Junto con la información y consulta obligatorias de los representantes de los trabajadores, se creó una célula de crisis para definir el plan social y coordinar las intervenciones de los servicios públicos afectados. El servicio público de empleo de Valonia consultó a los sindicatos sobre diversas soluciones de reasignación 35 , y se consultó a sindicatos, consejeros profesionales y trabajadores sociales en contacto directo con los trabajadores despedidos sobre las necesidades de reciclaje y mejora de las capacidades de los trabajadores 36 .

Sistemas de gestión y de control

43.Las autoridades belgas han señalado a la Comisión que la contribución financiera será gestionada y controlada por los mismos organismos que gestionan y controlan el FSE.

Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado

44.Las autoridades belgas han proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a lo siguiente:

se respetarán los principios de igualdad de trato y de no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;

se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE sobre despidos colectivos;

Carrefour, que ha continuado con sus actividades después de los despidos, ha cumplido con sus obligaciones legales en materia de despidos y ha atendido a sus trabajadores en consecuencia;

las acciones propuestas no recibirán contribuciones financieras de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión y se evitará toda doble financiación;

las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales;

la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas estatales.

REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

Propuesta presupuestaria

45.El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 37 .

46.Tras examinar la solicitud con respecto a las condiciones establecidas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones propuestas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG por un importe de 1 632 028 EUR, que representa el 60 % de los costes totales de las acciones propuestas, a fin de proporcionar una contribución financiera a la solicitud.

47.La Decisión de movilización del FEAG propuesta será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el apartado 13 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera 38 .

Actos conexos

48.Al tiempo que presenta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de transferencia a la correspondiente línea presupuestaria por un importe de 1 632 028 EUR.

49.Asimismo, a la vez que adopta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará una decisión relativa a una contribución financiera, mediante un acto de ejecución, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a la solicitud presentada por Bélgica: EGF/2019/001 BE/Carrefour

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006 39 , y en particular su artículo 15, apartado 4,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera 40 , y en particular su apartado 13,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) tiene por finalidad apoyar a los trabajadores que han sido despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a su actividad a causa de importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización, la continuación de la crisis financiera y económica mundial o una nueva crisis económica y financiera mundial, así como ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral.

(2)El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo 41 .

(3)El 20 de junio de 2019, las autoridades belgas presentaron una solicitud de movilización del FEAG en relación con los despidos en Carrefour Belgique SA, en Bélgica. Dicha solicitud se completó con información adicional aportada de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013. La solicitud cumple los requisitos para determinar una contribución financiera del FEAG, según establece el artículo 13 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.

(4)De conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013, las autoridades belgas han decidido prestar también servicios personalizados cofinanciados por el FEAG a 330 jóvenes que no trabajan, ni siguen estudios ni formación (ninis).

(5)Procede, por tanto, movilizar el FEAG para asignar una contribución financiera por un importe de 1 632 028 EUR en respuesta a la solicitud presentada por Bélgica.

(6)Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el FEAG, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2019, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para proporcionar la cantidad de 1 632 028 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del [fecha de su adopción] 42*.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo    Por el Consejo

El Presidente    El Presidente

(1)    DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.
(2)    A tenor del artículo 3 del Reglamento del FEAG.
(3)    Reglamento (UE) n.º 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional (DO L 310 de 9.11.2012, p. 34).
(4)    DO L 393 de 30.12.2006, p. 1.
(5)    De conformidad con el artículo 7, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.
(6)     http://www.gondola.be/fr/news/food-retail/plan-de-transformation-carrefour-belgique-signature-du-protocole-daccord .
(7)    Worldwide retail ecommerce sales ( https://www.emarketer.com/content/global-ecommerce-2019 ) .
(8)    Ibídem.
(9)    Eurostat. Compras en internet de particulares [isoc_ec_ibuy].
(10)    Eurostat. https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/pdfscache/46776.pdf .
(11)    Cross-border ecommerce shopper survey, 2017
https://www.eurocommerce.eu/media/159952/2018.07.02%20-%20ecommerce%20report_annex.pdf .
(12)    Belgian Federation for Commerce and Services.
(13)    Comeos. E-commerce Belgium 2018. https://static.comeos.be/E-commerce_Belgium_2018.pdf .
(14)    La presente solicitud y EGF/2017/005 FI/Retail, COM(2017) 618.
(15)    EGF/2010/010 CZ/Unilever, COM(2011) 61,
EGF/2010/016 ES/Aragón Retail, COM(2010) 615,

EGF/2011/004 EL/ALDI Hellas, COM(2011) 580,

EGF/2014/009 EL/Sprider Stores, COM(2014) 620,

EGF/2014/013 EL/Odyssefs Fokas, COM(2014) 702,

EGF/2015/011 GR/Supermarket Larissa, COM(2016) 210,

EGF/2016/005 NL/Drenthe Overijssel Retail, COM(2016) 742, y

EGF/2017/003 GR Attica Retail, COM(2017) 613.
(16)    Carrefour. «Plan de transformation Carrefour Belgique» (enero de 2018).
(17)    Los productos en expansión son productos que muchos consumidores ya compran en línea y que tienen la intención de comprar más a menudo en el futuro.
(18)    Comeos. E-commerce Belgium 2018, op. cit.
(19)    Carrefour. «Plan de transformation Carrefour Belgique» (enero de 2018).
(20)    Ibídem.
(21)    El rendimiento sobre clientes (ROC) es un indicador de la rentabilidad de los comercios. Calcula la rentabilidad ofrecida por los clientes en relación con las inversiones realizadas y que se siguen realizando para prestarles servicio, darles satisfacción y retenerlos. El ROC equivale al flujo de caja del período corriente de una empresa procedente de sus clientes más cualquier variación del activo de clientes subyacente, dividido por el activo de clientes total al principio del período.
(22)    Statbel
(
https://statbel.fgov.be/fr/themes/emploi-formation/marche-du-travail/emploi-et-chomage#panel-11 ).
(23)    Ibídem.
(24)    Le Forem. Marché de l’emploi. Tendances et conjoncture en Wallonie. Enero de 2019.
(25)    Iweps. Séries statistiques du marché du travail en Wallonie. Diciembre de 2018.
(
https://www.iweps.be/wp-content/uploads/2019/01/dmc1812.pdf ).
(26)     https://www.lecho.be/entreprises/grande-distribution/Malgre-Carrefour-l-emploi-dans-la-grande-distribution-a-progresse/9976847 .
(27)    Henao (27,6 %) y Lieja (21,1 %).
(28)    Fuente: Eurostat, serie de datos: [lfst_r_lfu3rt].
(29)    Para los trabajadores mayores de 45 años, 6 meses (60 horas). Para los trabajadores de hasta 44 años, 3 meses (30 horas).
(30)    De conformidad con el Decreto de Valonia de 29 de enero de 2004 (Décret relatif au plan d’accompagnement des reconversions).
(31)    500 EUR si se desplazan en automóvil o 750 EUR si lo hacen en transporte público.
(32)    La asignación finaliza en el momento en que se pone en marcha la empresa.
(33)    Para evitar decimales, se han redondeado los costes estimados por trabajador. No obstante, el redondeo no repercute en el coste total de cada medida, que se mantiene como en la solicitud presentada por las autoridades belgas.
(34)    Los totales no se corresponden debido al redondeo.
(35)    El 15 y el 27 de marzo de 2019.
(36)    El 15 de marzo de 2019.
(37)    DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(38)    DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(39)    DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.
(40)    DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(41)    Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
(42) *     La fecha la insertará el Parlamento antes de la publicación en el DO.
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