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Document 52019AP0366

    P8_TA(2019)0366 Protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 16 de abril de 2019, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (COM(2018)0218 — C8-0159/2018 — 2018/0106(COD)) P8_TC1-COD(2018)0106 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 16 de abril de 2019 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2019/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión

    DO C 158 de 30.4.2021, p. 51–53 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    30.4.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 158/51


    P8_TA(2019)0366

    Protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión ***I

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 16 de abril de 2019, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (COM(2018)0218 — C8-0159/2018 — 2018/0106(COD))

    (Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

    (2021/C 158/15)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0218),

    Vistos el artículo 294, apartado 2, y los artículos 16, 33, 43, 50, el artículo 53, apartado 1, los artículos 62, 91, 100, 103, 109, 114, 168, 169, 192, 207 y el artículo 325, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 31 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0159/2018),

    Vista las opiniones de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre la base jurídica propuesta,

    Visto el artículo 294, apartado 3, y los artículos 16, 43, apartado 2, 50, 53, apartado 1, 91, 100, 114, 168, apartado 4, 169, 192, apartado 1, y 325, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 31 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

    Vistos el dictamen motivado presentado por el Parlamento sueco, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.o 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en el que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

    Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas de 26 de septiembre de 2018 (1),

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 18 de octubre de 2018 (2),

    Previa consulta al Comité de las Regiones,

    Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 69 septies, apartado 4, de su Reglamento interno y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 15 de marzo de 2019, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vistos los artículos 59 y 39 de su Reglamento interno,

    Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, de la Comisión de Control Presupuestario, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Cultura y Educación y de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A8-0398/2018),

    1.

    Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

    2.

    Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

    3.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;

    4.

    Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

    (1)  DO C 405 de 9.11.2018, p. 1

    (2)  DO C 62 de 15.2.2019, p. 155.


    P8_TC1-COD(2018)0106

    Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 16 de abril de 2019 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2019/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión

    (Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, la Directiva (UE) 2019/1937.)


    ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

    Declaración de la Comisión sobre la Directiva relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión

    Cuando se lleve a cabo la revisión que debe realizarse con arreglo al artículo 27 de la Directiva, la Comisión examinará la posibilidad de proponer la ampliación de su ámbito de aplicación a determinados actos basados en los artículos 153 y 157 del TFUE, tras consultar a los interlocutores sociales, según proceda, de conformidad con el artículo 154 del TFUE.


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