COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 19.10.2018
COM(2018) 705 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre las actividades de la Fundación NIIF, el EFRAG y el PIOB en 2017
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Document 52018DC0705
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL on the activities of the IFRS Foundation, EFRAG and PIOB in 2017
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre las actividades de la Fundación NIIF, el EFRAG y el PIOB en 2017
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre las actividades de la Fundación NIIF, el EFRAG y el PIOB en 2017
COM/2018/705 final
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 19.10.2018
COM(2018) 705 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre las actividades de la Fundación NIIF, el EFRAG y el PIOB en 2017
1.Objeto y ámbito del informe
De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 258/2014 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se instituye un programa de la Unión destinado a respaldar determinadas actividades en el ámbito de la información financiera y la auditoría, en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2017/827 2 , la Comisión elaborará un informe anual sobre la actividad de los beneficiarios del programa.
El objetivo de este programa de la Unión es mejorar las condiciones para un funcionamiento eficiente del mercado interior, respaldando un desarrollo transparente e independiente de las rigurosas normas internacionales en el ámbito de la información financiera y la auditoría.
En consecuencia, el presente informe se refiere a las actividades llevadas a cabo en 2017 por la Fundación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) y el Consejo Internacional de Supervisión Pública (PIOB). Sin embargo, también se mencionan algunos hechos acaecidos en 2018 cuando se considera conveniente a efectos del informe.
2.Fundación NIIF
2.1.Resumen de las actividades NIIF
1.1.1.Elaboración de normas
En el apéndice 1 del presente informe se ofrece un resumen de las actividades relativas a la elaboración de normas del CNIC/IASB, incluido el trabajo del Comité de Interpretaciones de las NIIF (CINIIF), y los procedimientos en curso de la adopción de dichas normas.
1.1.2.Proyectos de investigación
A raíz de una consulta realizada en 2015, el plan de trabajo 2017-2021 del CNIC/IASB tiene por objeto mejorar y apoyar las normas existentes, promover una mejor comunicación y respaldar su aplicación. En 2017, en relación con su proyecto «Mejor comunicación», el CNIC/IASB publicó un documento de debate, un proyecto de norma y una declaración de prácticas, con el fin de mejorar la pertinencia de la información revelada, centrándose en su materialidad o importancia relativa. Los proyectos de investigación «Tipo de descuento» y «Pagos basados en acciones» se culminaron sin dar lugar a modificaciones significativas de las normas existentes. En consonancia con lo exigido por su Manual de Preceptivo Procedimiento, el CNIC/IASB también puso en marcha la revisión de seguimiento de la NIIF 13 Valoración del valor razonable, aplicable desde el 1 de enero de 2013, con el fin de examinar y dar seguimiento a cuestiones relativas a su aplicación.
Además, se emitieron cinco proyectos de norma relativos a modificaciones de reducido alcance. La financiación proporcionada por la Unión Europea también abarca el proyecto dedicado a la oportuna actualización de la taxonomía NIIF, que contribuirá a la creación del formato electrónico único europeo.
1.1.3.El Marco Conceptual revisado
En marzo de 2018, el CNIC/IASB emitió el Marco Conceptual revisado para la Información Financiera. Actualmente no se incluye en el ámbito de aplicación del procedimiento de adopción, que solo atañe a las NIIF y sus interpretaciones. La revisión del marco conceptual complementa las normas existentes y está concebida para ayudar a comprender e interpretar las NIIF. El marco revisado aclara que la información facilitada debe ayudar a los usuarios a la hora de evaluar la gestión de los recursos económicos de una entidad por sus administradores. También especifica que el ejercicio de la prudencia, definida como la cautela al realizar juicios en condiciones de incertidumbre, asegura la fidelidad de la información financiera, pero no debe dar lugar a inexactitudes resultantes de un tratamiento asimétrico del activo y el pasivo.
El marco revisado no alude al concepto de «fiabilidad», sino que afirma que puede ser necesario hallar un equilibrio entre la «pertinencia» y la «fidelidad de representación». En consecuencia, se modifica la definición de activo y de pasivo en función de la probabilidad de los futuros beneficios económicos. Esto puede ampliar el ámbito de las operaciones económicas incluidas en los estados financieros sujetas al equilibrio entre pertinencia e incertidumbre.
2.2.Principios generales en los que se ha basado la elaboración de nuevas normas
1.1.4.Principios generales
Los requisitos procedimentales del CNIC/IASB se describen en el Manual de Preceptivo Procedimiento. Su aplicación en la práctica es supervisada por un comité específico de administradores conocido como Comité de Supervisión del Respeto Procedimental (Due Process Oversight Committee, DPOC). Entre los principales principios figuran los siguientes:
•transparencia: las reuniones técnicas están abiertas al público, y las grabaciones de las reuniones y los documentos técnicos examinados por el CNIC/IASB están disponibles en el sitio web de la Fundación ( https://www.ifrs.org/ );
•consulta plena y leal: como mínimo, toda propuesta debe incluir una reunión y una consulta públicas. El Consejo también debe considerar otras formas de información, conforme al principio «cumplir o explicar», tales como la publicación de documentos de debate, la creación de grupos consultivos, la organización de audiencias públicas o la realización de trabajos de campo. Las cartas de observaciones recibidas por el CNIC/IASB se hacen públicas;
•rendición de cuentas: el Consejo debe llevar a cabo un análisis de los efectos de los nuevos requisitos que incluya tanto las ventajas de la información financiera en términos de comparabilidad, pertinencia y utilidad como los costes que implica para los preparadores y los usuarios. Las nuevas normas están respaldadas por una base para la extracción de conclusiones en la que se explican los motivos de las decisiones y las respuestas a las observaciones recibidas durante las consultas públicas.
En noviembre de 2017, el Comité de Supervisión del Respeto Procedimental decidió llevar a cabo una revisión del Manual de Preceptivo Procedimiento, cuya finalización está prevista para 2020. Esta revisión debe reflejar el desarrollo del procedimiento de análisis de efectos a raíz del asesoramiento del Consejo Consultivo de NIIF.
En 2017, la Fundación NIIF encargó un estudio externo sobre la percepción que tenían de ella las partes interesadas. Los resultados pusieron de manifiesto una gran apreciación de su independencia y transparencia, pero opiniones diversas en lo que atañe al equilibrio entre la capacidad de respuesta y la cantidad de requisitos procedimentales.
1.1.5.Preceptivo procedimiento, análisis de efectos y consideraciones específicas de los modelos de negocio, consecuencias sobre las operaciones económicas, complejidad, cortoplacismo y volatilidad
La principal norma emitida en 2017 es la NIIF 17 Contratos de seguro. Se originó a partir de un documento de debate de 2007, seguido de dos proyectos de norma publicados en 2010 y 2013. El CNIC/IASB también llevó a cabo cuatro rondas de pruebas. La última revisión externa, realizada en 2016, que contó con doce participantes del sector de los seguros, tenía por objeto detectar problemas de interpretación y dificultades operativas derivadas de seis requisitos específicos de la norma.
En febrero de 2017, el Consejo de Supervisión recalcó que las nuevas normas debían estar respaldadas por un sólido análisis de los efectos. El análisis de los efectos de la NIIF 17 se publicó en mayo de 2017, conjuntamente con la norma definitiva. Si bien la Comisión Europea acoge favorablemente esta publicación, también considera que sería preferible integrar sistemáticamente el análisis de los efectos en el procedimiento de elaboración de normas del CNIC/IASB, perfilando así el resultado de la norma, en lugar de publicar un análisis de efectos «ad hoc» al término del procedimiento. El análisis de los efectos puso de manifiesto que los requisitos de aplicación de hipótesis actuales y reconocimiento oportuno de las pérdidas previstas aumentaría la transparencia, mientras que las opciones concedidas por la NIIF 17 permitirían a las aseguradoras informar de los activos y pasivos de manera coherente con su modelo de negocio. Se consideró que esta coherencia en la aplicación de la valoración actual tanto a los activos como a los pasivos resolvía los problemas del cortoplacismo y la volatilidad. El análisis de los efectos indicó que los costes de cumplimiento podrían ser elevados, pero con grandes diferencias entre las jurisdicciones, lo que refleja la diversidad de las prácticas nacionales previas, entre ellas la relativa al uso del valor razonable o de los precios corrientes por los PCGA nacionales en la actualidad. Por lo que respecta a la complejidad, se concedió un método simplificado para los contratos de corta duración, a fin de reducir la carga operativa. El análisis de los efectos también tuvo en cuenta la interacción de la NIIF 17 con el marco regulador Solvencia II. Asimismo, concluyó que era probable que los requisitos adicionales de la NIIF 17 sobre la información del rendimiento exigieran a las aseguradoras desarrollar sistemas adicionales. Con respecto al impacto sobre los mercados de seguros, el análisis de los efectos concluyó que la mejora de la transparencia podría ofrecer una mejor información y contribuir indirectamente a cambios en la fijación de precios o en el diseño de productos, pero que no se había detectado ningún impacto directo.
En general, la publicación constituye una mejora significativa de los requisitos procedimentales del CNIC/IASB. Sin embargo, el análisis de los efectos de la norma en el mercado de los seguros aún se basa en gran medida en el supuesto de que las normas contables son neutras y «no afectan a la realidad económica subyacente dentro de la empresa». Por otra parte, el análisis de los efectos en el mercado de los seguros es cualitativo, no cuantitativo. En consecuencia, puede no estar totalmente claro el impacto real sobre las operaciones económicas en la UE.
En 2017 la Comisión Europea presentó al Consejo de Supervisión un documento de debate que tenía por objeto mejorar la metodología de la evaluación de impacto del CNIC/IASB en general. En el Plan de Trabajo de 2018 del Consejo de Supervisión se incluyó la continuación del diálogo sobre la mejora de la evaluación del impacto.
2.3.Gobernanza, integridad y rendición de cuentas
1.1.6.Resumen
La Fundación NIIF está dirigida por un Patronato formado por 22 3 administradores que son colectivamente responsables de la supervisión general y de los nombramientos en el CNIC/IASB. En 2017, el Patronato se reunió tres veces. La designación de los administradores está sujeta a una distribución por origen geográfico y a la previa aprobación del Consejo de Supervisión, que está concebido para actuar como vínculo con las autoridades públicas. La Comisión Europea es miembro del Consejo de Supervisión. En 2017, el Consejo de Supervisión se reunió una vez. El CNIC/IASB cuenta con 14 miembros designados por los administradores conforme a criterios de equilibrio geográfico. Los miembros del CNIC/IASB se nombran para un mandato de cinco años renovable una sola vez. El CNIC/IASB es responsable de la elaboración de normas. Durante el año 2017, celebró 11 reuniones del Consejo. El Patronato también nombra a los 14 miembros del Comité de Interpretaciones de las NIIF (CINIIF), que se dedica a interpretar la aplicación de las NIIF y ofrecer orientación sobre las cuestiones relacionadas con la información financiera. Además, el Consejo Consultivo de NIIF proporciona un foro para la participación de organizaciones y particulares. Sus miembros son nombrados por los administradores y deben ser consultados por el Consejo sobre las decisiones relativas a los grandes proyectos.
1.1.7.Normas de transparencia
Las reuniones del Consejo y del Comité de Interpretaciones están abiertas al público; sus órdenes del día se publican y las reuniones se retransmiten por internet.
Cuando los miembros de la Fundación NIIF se reúnen con partes interesadas fuera del marco del Manual de Preceptivo Procedimiento, no se lleva un registro formal.
1.1.8.Representación de las partes interesadas
Como parte de la «Revisión de la estructura y efectividad por los administradores» que la Fundación NIIF lleva a cabo cada cinco años, se celebra una consulta pública. La última se realizó en 2015. En ella se recabaron opiniones sobre la distribución geográfica de los administradores. Algunas partes interesadas, entre ellas la Comisión Europea, alegaron que la composición del Patronato debía reflejar el compromiso de adoptar NIIF y el porcentaje de contribución a la financiación de la Fundación. No obstante, los administradores reafirmaron que la composición del Patronato y el CNIC/IASB debía ser representativa de los mercados mundiales de capitales y estar sujeta a requisitos de equilibro geográfico a fin de mantener una representación equivalente entre Asia y Oceanía, Europa y América.
Como consecuencia de ello, la distribución geográfica de los administradores solo se modificó ligeramente en diciembre de 2016 mediante la fusión de las categorías de América del Norte y del Sur en una única «América» y el incremento del número de administradores sin asignación geográfica de 2 a 3. Además, el número de miembros del Consejo se redujo de 16 a 14.
A 31 de diciembre de 2017, el Consejo Consultivo de NIIF estaba formado por 43 organizaciones con 49 miembros individuales. La Comisión Europea participa como observador.
En una reunión celebrada en noviembre de 2017, el Patronato prorrogó el mandato de Michel Prada como presidente del Patronato por un máximo de un año, a la espera de la designación de su sucesor. De otro modo, el mandato del Sr. Martín Prada habría finalizado el 31 de diciembre de 2017.
1.1.9.Rendición de cuentas ante el Parlamento Europeo
Con arreglo al Reglamento 2017/827 4 debe facilitarse una descripción completa de la evolución de las NIIF al Parlamento Europeo. El intercambio anual de puntos de vista entre la Comisión ECON del Parlamento Europeo, el Sr. HOOGERVORST, presidente del CNIC/IASB, y el Sr. PRADA, presidente del Patronato de la Fundación NIIF, tuvo lugar el 26 de enero de 2017. La Comisión ECON también mantuvo un intercambio anual de puntos de vista los días 19 y 20 de marzo de 2018, en los que se debatió la cuestión de la implicación del CNIC/IASB en el informe país por país sobre fiscalidad. Hans Hoogervorst notificó que el CNIC/IASB recabará las opiniones del Consejo de Supervisión.
1.1.10.Prevención de conflictos de intereses
El Patronato de la Fundación NIIF se nombra para un mandato de tres años renovable una sola vez y debe comprometerse a actuar en favor del interés público. A raíz de una petición del Consejo de Supervisión, se está elaborando una política de conflictos de intereses para evitar que un administrador pueda proceder de la misma organización que la de un miembro del Consejo de Supervisión.
Solo tres miembros del CNIC/IASB pueden ser miembros a tiempo parcial. El acto constitutivo de la Fundación NIIF obliga a los miembros a tiempo completo del Consejo a suprimir los vínculos y relaciones laborales que puedan afectar a su independencia. No están autorizadas ni las comisiones de servicio desde una empresa ni el derecho de reincorporación a la empresa anterior.
1.1.11.Desglose de la financiación
En 2017, la Fundación NIIF recibió una subvención de 4,6 millones EUR de la Unión Europea, cifra que representa el 16,5 % del total de la financiación recibida. Conforme al marco financiero plurianual, este importe puede revisarse cada año.
Aunque las contribuciones notificadas de las partes interesadas aumentaron en un 4,2 % en 2017, una vez tenido en cuenta el impacto de las fluctuaciones de los tipos de cambio, resultan haber disminuido en un 2 %. En particular, Arabia Saudí (-100 %), Nigeria (-100 %), Brasil (-34 %) y Estados Unidos (-25 %) han reducido sus contribuciones. En consecuencia, aunque América constituye el 27 % de la composición del Patronato, solo paga el 6 % del total de las contribuciones.
La Fundación IFRS registró un beneficio neto de 8,7 millones GBP. El importe excedente total retenido a 31 de diciembre de 2017 ascendió a 31,5 millones GBP. Los principales contribuidores a la Fundación se indican en el apéndice 2.
3.EFRAG
3.1.Resumen de las actividades del EFRAG
1.1.12.Dictamen y evaluación de impacto
El EFRAG asesora a la Comisión Europea sobre si las NIIF nuevas o revisadas tienen en cuenta el interés europeo en el proceso internacional de elaboración de normas. Dicho interés debe incluir el concepto de «prudencia», el mantenimiento del requisito de presentar una «imagen fiel» y el interés público europeo. La evaluación de impacto constituye actualmente una parte importante de la labor de adopción de normas del EFRAG a la hora de considerar si una norma contribuye al interés público europeo.
Para el dictamen sobre la adopción de la NIIF 16 Arrendamientos, de 2017, el EFRAG llevó a cabo su primer análisis de impacto exhaustivo (económico y de comportamiento), respaldado por una sólida evaluación del impacto macroeconómico como parte de su mandato ampliado al servicio del interés europeo. Esto ha servido como experiencia piloto para seguir desarrollando las capacidades de evaluación de impacto del EFRAG. El EFRAG también completó su dictamen sobre la aplicación de la NIIF 9 Instrumentos financieros con la NIIF 4 Contratos de seguros (modificaciones de la NIIF 4). Debido al riesgo de consecuencias negativas inesperadas para la competitividad europea, la Comisión propuso un programa europeo de «complemento» que amplía la posibilidad de aplazar la NIIF 9 a los conglomerados financieros que no cumplan el criterio de predominio del CNIC/IASB.
En octubre de 2017, la Comisión Europea también solicitó el dictamen del EFRAG sobre la adopción de la NIIF 17 Contratos de seguro, para finales de 2018. En su solicitud, previa consulta al Comité de Reglamentación Contable (CRC), la Comisión indicó una serie de aspectos concretos, incluido el del interés público europeo, que requerían el análisis del EFRAG. En particular, se pidió una evaluación de los posibles efectos de dicha norma en la estabilidad financiera y la competitividad y su impacto en el mercado europeo de los seguros. El EFRAG inició el trabajo de elaboración del dictamen en 2017, aunque en su mayor parte tendrá lugar en 2018.
Un elemento importante del análisis del impacto es un detallado estudio de casos sobre el impacto anticipado de la NIIF 17 en una muestra de grupos europeos de seguros. Otros elementos en que se basa el análisis del impacto son una difusión detallada a los usuarios, una investigación de las tendencias existentes en el sector de los seguros y un estudio de casos simplificado, dirigido a pequeñas y medianas aseguradoras que no participan en el estudio de casos detallado. El EFRAG tiene previsto publicar su proyecto de dictamen en septiembre de 2018 para someterlo a consulta pública.
En el transcurso de 2017, el EFRAG participó en el proceso de consulta del CNIC/IASB y remitió cartas de observaciones en respuesta a la consulta pública sobre todas las propuestas del CNIC/IASB (proyectos de normas y documentos de debate).
1.1.13.Otras solicitudes de asesoramiento técnico
A raíz de una Resolución del Parlamento Europeo sobre la adopción de la NIIF 9, en mayo de 2017 la Comisión solicitó asesoramiento técnico al EFRAG sobre los requisitos de la NIIF 9 Instrumentos financieros en la contabilización de los instrumentos de patrimonio desde una perspectiva de inversión a largo plazo.
En una primera fase se pidió al EFRAG que recopilara datos cuantitativos sobre el nivel actual de instrumentos de capital en manos de inversores a largo plazo, su clasificación contable y el posible efecto de los nuevos requisitos en su comportamiento, a fin de valorar si los requisitos podrían afectar negativamente a la inversión a largo plazo.
En una segunda fase se pidió al EFRAG que elaborara un análisis de posibles alternativas a la exigencia de la NIIF 9 de no reciclar los instrumentos de capital valorados a valor razonable con otros ingresos globales. En julio de 2017 el EFRAG puso en marcha una consulta pública para recopilar datos cuantitativos y encargó una revisión de la bibliografía académica a un equipo académico europeo. En enero de 2018, el EFRAG publicó un informe sobre la primera fase del proyecto.
1.1.14.Actividades de investigación
Los temas del trabajo de investigación del EFRAG se seleccionaron teniendo en cuenta los resultados de una consulta pública celebrada en 2015. La consulta pública aportó información sobre las prioridades de investigación entre los interesados europeos. El EFRAG organizará una nueva consulta sobre la agenda de investigación en el segundo trimestre de 2018. El EFRAG está firmemente comprometido con la investigación basada en hechos o datos probados. Dentro de las actividades de investigación que llevó a cabo en 2017, el EFRAG publicó el estudio «Dynamic Risk Management - How do banks manage interest rate risk?» (Gestión dinámica de riesgos: ¿cómo gestionan los bancos el riesgo de los tipos de interés?) y el documento de debate «Goodwill Impairment Test: Can it be improved?» (Prueba de devaluación del fondo de comercio: ¿puede mejorarse?).
El EFRAG también tiene proyectos de investigación activos sobre: operaciones distintas de los intercambios de igual valor; contabilización de los planes de pensiones híbridos; consecuencias del actual estado de los tipos de interés.
3.2.Gobernanza, transparencia y rendición pública de cuentas
1.1.15.Reforma de la gobernanza en respuesta a la recomendación del informe Maystadt
La reforma de la gobernanza del EFRAG, que entró en vigor el 31 de octubre de 2014, aumentó la legitimidad y la representatividad de la organización y mejoró la cohesión del proceso de participación de la UE en el procedimiento de fijación de normas del CNIC/IASB. La reforma de la gobernanza finalizó en julio de 2016 con el nombramiento oficial por parte de la Asamblea General del EFRAG de Jean-Paul Gauzès, antiguo diputado del Parlamento Europeo, como presidente del Consejo del EFRAG, a raíz de la propuesta de la Comisión, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo.
Las AES y el BCE han optado por ser observadores oficiales con voz en el Consejo del EFRAG. Su aportación se ha estudiado detenidamente a la hora de adoptar las posiciones del EFRAG y su contribución al análisis de impacto de este último ha sido importante, en particular en el ámbito de la estabilidad financiera.
En 2017, el Consejo del EFRAG alcanzó todas sus conclusiones de manera consensuada, sin que fuera necesario recurrir a una votación. En 2017 tuvo lugar la primera rotación del Consejo del EFRAG y se designó a un nuevo Consejo. Siguiendo el informe Maystadt, se creó un puesto de observador para las organizaciones europeas que representan a inversores privados («usuarios finales»).
El Consejo del EFRAG lleva a cabo con frecuencia anual una revisión del rendimiento y la eficacia de sus propios miembros bajo la supervisión de la Asamblea General del EFRAG. La revisión de 2017 se centró en una mezcla de cuestiones estratégicas, operativas y de gobernanza. Demostró que, en conjunto, la nueva estructura de gobernanza funcionaba adecuadamente y se había traducido en un aumento de la credibilidad de la organización. Se adoptaron varias recomendaciones para mejorar aún más la eficacia de las actividades del EFRAG en el futuro.
El EFRAG publica una revisión anual que ofrece plena transparencia sobre su estructura de gobernanza y financiera, así como las principales actividades del año en cuestión. La revisión anual de 2017 5 se publicó el 21 de marzo de 2018.
Las normas internas del EFRAG establecen requisitos sobre los conflictos de intereses, y el Consejo del EFRAG mantiene una política de conflictos de intereses para sus miembros que se publica en el sitio web del EFRAG. El objetivo de esta política es garantizar la credibilidad del EFRAG como organización que trabaja en favor del interés público europeo. Pretende evitar situaciones en que puedan surgir conflictos, o la percepción de dichos conflictos, que pudieran desembocar en decisiones o acciones que no contribuyan al mejor interés de los ciudadanos europeos en general, o que puedan percibirse como una actuación indebida del EFRAG. Los miembros del Consejo y el personal del EFRAG firman declaraciones anuales.
Por último, durante el segundo semestre de 2017 tuvo lugar una auditoría independiente sobre la visibilidad y eficacia del EFRAG. El informe publicado en marzo de 2018 ofrecía una perspectiva actual sobre las fortalezas y los ámbitos susceptibles de mejora de la organización. En términos generales, el informe confirmó la gran calidad de la labor del EFRAG, si bien apreció posibilidades de mejora en la visibilidad, así como la necesidad de participar en un debate más amplio sobre la presentación de información empresarial. La aplicación de la estrategia de comunicación del EFRAG, así como la constitución de un equipo de comunicación bajo el liderazgo del presidente del Consejo del EFRAG, permitirán seguir avanzando en la visibilidad y la credibilidad del EFRAG.
1.1.16.Normas de transparencia
Desde su creación, y tras la reforma anteriormente mencionada, el EFRAG ha establecido un procedimiento público transparente que se ha seguido desarrollando con el tiempo. Este procedimiento permite a todos los interesados europeos exponer su punto de vista para someterlo a la consideración del EFRAG y garantiza que se tenga en cuenta la diversidad de opiniones y modelos contables y económicos en Europa a la hora de determinar las posiciones de dicha organización. Esto era esencial para garantizar que las nuevas NIIF respondan a las necesidades de Europa.
Por ejemplo, dentro de este procedimiento, el EFRAG: 1) publicó proyectos de posición para consulta pública, 2) realizó pruebas de campo y otros tipos de análisis de efectos, 3) organizó actos de difusión (algunos de los cuales estaban especialmente dirigidos a los usuarios de los estados financieros) y 4) llevó a cabo encuestas especiales.
El EFRAG también contribuyó a establecer normas basadas en datos objetivos mediante la realización de estudios cuantitativos que contribuyen al debate 6 sobre sus cartas de observaciones y dictámenes sobre la adopción. Los estudios cuantitativos son una parte cada vez más importante de la labor de investigación del EFRAG.
Las reuniones del Consejo, del Grupo de Expertos Técnicos y del Foro Consultivo de los Organismos de Normalización del EFRAG son actualmente públicas, y sus órdenes del día y sus actas se publican en el sitio web del EFRAG. Además, los documentos preparatorios para el orden del día de las reuniones del Consejo del EFRAG, y, a partir de enero de 2017, de las reuniones del Grupo de Expertos Técnicos y del Foro Consultivo de los Organismos de Normalización de dicha organización, están a disposición del público. Desde marzo de 2018, esas reuniones públicas se transmiten por internet, lo que permite a las partes interesadas ver los debates no solo en tiempo real, sino también después de que las reuniones se hayan celebrado. Los debates del Grupo de Expertos Técnicos del EFRAG se basan en información recibida a través de las aportaciones del Foro Consultivo de los Organismos de Normalización y de los grupos de trabajo especializados del EFRAG.
1.1.17.Amplia representación y rendición pública de cuentas de la estructura de gobernanza del EFRAG
Las aportaciones del panel de usuarios del EFRAG son fundamentales para la labor del mismo. La diversa composición del panel de usuarios, así como del Consejo y el Grupo de Expertos Técnicos del EFRAG, tanto en términos geográficos como de experiencia profesional, garantiza que se tengan debidamente en cuenta en el EFRAG todos los diferentes puntos de vista.
Sin embargo, aunque los resultados globales de estas acciones han sido muy positivos, quedan ciertas reservas sobre su capacidad de capturar todo el espectro de opiniones de las partes interesadas de Europa. El EFRAG examinará cómo incrementar su proactividad en la obtención de observaciones de las partes interesadas menos estrechamente implicadas en la labor que lleva a cabo pero que se ven afectadas por dicha labor, o de los grupos de partes interesadas que están fuera de su ámbito inmediato.
1.1.18.Participación del Parlamento Europeo y el Consejo en una fase temprana
El EFRAG también ha reforzado su relación con el Parlamento Europeo y, en particular, con el equipo permanente sobre las NIIF de la Comisión ECON del Parlamento Europeo, presidido por el diputado Theodor Stolojan. Las reuniones permiten al PE hacer su contribución a las actividades del EFRAG y mantenerse al día de las principales actividades del EFRAG en todas las fases del procedimiento de elaboración de normas.
En marzo de 2017, el equipo NIIF se reunió con el EFRAG para debatir el dictamen sobre la adopción de la NIIF 16 Arrendamientos, así como el próximo procedimiento de dictamen sobre la adopción de la NIIF 17 Contratos de seguro. Asimismo, el EFRAG presentó su trabajo sobre la inclusión de los puntos de vista europeos en el debate internacional. El EFRAG también fue invitado a la reunión de octubre de 2017 del equipo NIIF para ofrecer información actualizada relativa al procedimiento de emisión del dictamen sobre la NIIF 17 Contratos de seguro, la aplicación del informe Stolojan y el trabajo posterior a la adopción de la NIIF 9 Instrumentos financieros. En estas reuniones, el EFRAG preguntó al equipo NIIF cómo podría ayudar a facilitar la participación temprana del Parlamento en la elaboración del dictamen sobre la NIIF 17.
Además, el EFRAG fue invitado por la Comisión Europea a asistir a las reuniones del Comité de Reglamentación Contable (CRC), compuesto por representantes de los Estados miembros, y en cada reunión realizó presentaciones del trabajo de dictamen en curso, entre otros temas. Esto permitió al CRC intercambiar directamente puntos de vista con el EFRAG y realizar aportaciones tempranas. El CRC debatió los proyectos de solicitud de dictamen de la Comisión para garantizar que se abordasen todas las cuestiones pertinentes para los Estados miembros.
Recibir aportaciones del Parlamento y el CRC en una fase temprana ha permitido al EFRAG incluir cuestiones pertinentes en su proyecto de carta de observaciones o su proyecto de dictamen sobre la adopción para someterlos a consulta pública.
1.1.19.Diversificación y equilibrio de la estructura de financiación del EFRAG
El EFRAG es una organización financiada con fondos públicos y privados que trabaja en favor del interés público europeo. El EFRAG tiene la forma jurídica de una AISBL (organización internacional sin ánimo de lucro de Derecho belga). Los miembros del EFRAG son ocho organizaciones de partes interesadas europeas y nueve organizaciones nacionales.
Para reforzar su estructura financiera y ampliar su composición, el EFRAG publicó una convocatoria de manifestaciones de interés en marzo de 2017. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) –organismo nacional español de normalización– se adhirió al EFRAG como organización nacional en octubre de 2017 a fin de intensificar la relación entre el EFRAG y la comunidad española de elaboración de información financiera. El EFRAG seguirá trabajando en la ampliación de su composición y quiere dotarse de una representación geográfica más amplia.
Además de la financiación en efectivo, el EFRAG recibe contribuciones en especie aportadas por los miembros del Grupo de Expertos Técnicos del EFRAG, el Consejo del EFRAG, los grupos de trabajo y los grupos consultivos, así como en forma de comisiones de servicio gratuitas.
El desglose de las contribuciones en efectivo aportadas por las organizaciones miembros se ofrece en el apéndice 3.
4.PIOB
4.1.Resumen de las actividades
El PIOB es responsable de supervisar la elaboración de normas de auditoría, ética y formación para contables. Las normas pertinentes son las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las normas de ética para contables y las normas internacionales de formación (IES). La estructura de elaboración de normas se introdujo después del colapso de la confianza en los mercados de capitales, marcada por el asunto Enron y la desaparición de Arthur Andersen. Son de particular importancia las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), que son las que utilizan directa o indirectamente la mayoría de los auditores legales.
La misión general del PIOB es garantizar que dichas normas se elaboren buscando el interés público. La Comisión ha designado a 2 de los 10 miembros del PIOB.
El PIOB aprueba el nombramiento de los miembros de los consejos de elaboración de normas, acuerda sus estrategias y planes de trabajo, supervisa la elaboración de las normas y verifica que se tengan debidamente en cuenta todos los elementos mencionados en las consultas públicas. En caso necesario, el PIOB recomienda medidas para garantizar que las normas respondan de manera efectiva al interés público.
En 2017, el PIOB se comunicó periódicamente con los consejos de elaboración de normas que están bajo su supervisión [el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB), el Consejo de Normas Internacionales de Formación Contable (IAESB), el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contables (IESBA), sus tres Grupos de Consulta y Asesoramiento, el Grupo Consultivo de Cumplimiento, el Comité de Designación de Candidatos y el liderazgo de la IFAC].
En 2017, el PIOB también llevó a cabo dos actos de difusión. El primero tuvo lugar el 9 de febrero en Nueva Delhi (India) y fue organizado por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de la India (ICAI) bajo el título «Global Audit Oversight: Reconciling the Perception Gap» (Supervisión global de la auditoría: solución de la brecha de percepción). El segundo fue un debate sobre el impacto de la tecnología en la auditoría, organizado en Madrid el 30 de junio. El PIOB, junto con el Grupo de Supervisión, también ha invertido en el desarrollo de un marco de interés público que tiene por objeto ofrecer un mecanismo más adecuado para evaluar cómo se plasma el interés público en todo el proceso de elaboración de normas.
4.2.Gobernanza y rendición de cuentas
Los miembros del PIOB son designados por el Grupo de Supervisión, que es responsable en última instancia de los acuerdos globales de gobernanza en el ámbito de las normas internacionales de auditoría, aseguramiento, ética y educación. El Grupo de Supervisión, del cual es miembro la Comisión Europea, supervisa cómo desempeña el PIOB su papel de favorecer el interés público, en particular respecto a la labor de este último de supervisión del proceso de elaboración de normas.
El 9 de noviembre de 2017, el Grupo de Supervisión realizó una consulta pública sobre «Stengthening the governance and oversight of the international audit-related standard-setting boards in the public interest» (Refuerzo de la gobernanza y de la supervisión de los consejos de elaboración de normas internacionales de auditoría al servicio del interés público) 7 . El Grupo de Supervisión recibió 179 respuestas y, el 31 de mayo de 2018, publicó un resumen de las opiniones en el sitio web de la OICV 8 , que pone de manifiesto un apoyo generalizado a la reforma entre las partes interesadas a fin de aumentar la responsabilidad y la transparencia en la elaboración de normas de auditoría. También se cuenta con el apoyo de todos los grupos de partes interesadas para la creación de un marco de interés público integrado en todo el proceso de elaboración de las normas. Sobre la base de las respuestas recibidas y otras actividades de difusión, el Grupo de Supervisión tiene la intención de publicar un Libro Blanco sobre la futura estructura de gobernanza hacia finales de 2018. El marco de interés público, desarrollado conjuntamente con el PIOB, constituirá uno de los elementos fundamentales de esta.
El Libro Blanco también incluirá cuestiones sobre la composición y la función del PIOB en el futuro modelo de gobernanza. En general, los encuestados respaldan una estricta supervisión independiente, y se ha sugerido confiar al PIOB más cometidos (por ejemplo, la aprobación de planes estratégicos).
4.3.Evolución de la diversificación de la financiación en 2017
La financiación del PIOB se ha concebido con vistas a preservar su independencia real y aparente. Para alcanzar el objetivo de interés público, una diversificación adecuada de fuentes de financiación estables no solo ayudaría a preservar la continuidad del PIOB, sino también a garantizar su independencia. La importancia de diversificar la financiación ya se había reconocido en la reforma de 2003 de la IFAC (Federación Internacional de Contables), que fue el origen del actual sistema internacional de elaboración de normas, del cual forma parte el PIOB.
Desde su creación en 2005 hasta 2010, cuando se puso en marcha el programa de financiación comunitario establecido por la Decisión 716/2009/CE, el PIOB estaba financiado exclusivamente por la IFAC [aparte de algunas contribuciones en especie aportadas por España (el PIOB tiene su sede en Madrid)].
Los fondos puestos a disposición por la IFAC en un año determinado constituyen una contribución máxima garantizada, de la que el PIOB puede disponer sin ninguna otra interferencia de la IFAC. Las contribuciones ajenas a la IFAC reemplazan y, por tanto, reducen las que esta aporta para un determinado año. Idealmente, la parte de financiación del total anual de gastos del PIOB, aportada por la IFAC, debería ser inferior a la mitad del total.
La contribución de la UE en el período 2010-2016 ha animado a otros potenciales donantes a realizar también sus propias contribuciones. En el año 2016, los ingresos del PIOB ascendieron a 1 563 565 EUR. La IFAC aportó 914 758 EUR, lo que representa un 58,50 % del total.
En el año 2017, la contribución de la UE fue de 325 000 EUR, lo que representa un 20,37 % del total. La IFAC aportó 1 059 807 EUR, lo que representa un 66,45 % del total. El desglose de las contribuciones en efectivo aportadas por otras organizaciones se ofrece en el apéndice 4.
El artículo 9, apartado 5, del Reglamento dispone que, si en un determinado año la financiación aportada por la IFAC supone más de dos tercios del total anual de financiación del PIOB, la Comisión propondrá limitar su contribución anual para dicho año a un máximo de 300 000 EUR. En el año 2017 (así como en el período 2014-2016), no ha sido el caso. Por consiguiente, al no haber alcanzado la financiación de la IFAC el umbral crítico previsto en el Reglamento (66,66 %), la Comisión no necesita revisar su contribución de 2017 al PIOB.
5.Conclusión
En 2017, el programa de financiación de la Unión sigue siendo plenamente pertinente en el contexto de los esfuerzos de la UE por crear una Unión de los Mercados de Capitales y por salvaguardar la estabilidad financiera. Los tres beneficiarios (EFRAG, NIIF y PIOB) han cumplido su misión de defender el interés público europeo y desempeñan un papel importante en el funcionamiento del mercado interior.
Sin embargo, aunque los resultados globales de estas acciones fueron positivos en términos de modalidades de aplicación, parece existir margen de mejora. La Comisión se pondrá en contacto con los beneficiarios en 2018 con el fin de garantizar unas normas de transparencia (aún) más rigurosas, en particular respecto al establecimiento de registros de transparencia obligatorios sobre las reuniones con las partes interesadas externas.
Por lo que se refiere al EFRAG, la Comisión ha apreciado el exhaustivo análisis de efectos en que se basó el dictamen sobre la adopción de las NIIF nuevas o revisadas. La Comisión anima al EFRAG a seguir desarrollando sus capacidades en este ámbito para garantizar que las normas NIIF aprobadas sean adecuadas para Europa.
Por lo que respecta a la Fundación NIIF, como miembro del Consejo de Supervisión, la Comisión ha iniciado un diálogo con el Patronato y el CNIC/IASB a fin de mejorar la metodología de análisis de efectos, en particular en cuanto al ámbito de aplicación, el calendario y el método. En particular, se hará seguimiento de la revisión del Manual de Preceptivo Procedimiento por el Patronato, cuya finalización está prevista para 2020. Además, como parte de la «2015 Trustees’ Review of Structure and Effectiveness» (Revisión de 2015 de la estructura y efectividad por parte del Patronato), se confirmó la importancia de los mercados de capitales como criterio global para la representación de las partes interesadas en el Patronato. Este asume la responsabilidad de la financiación de la Fundación 9 , que se basa en contribuciones voluntarias de las jurisdicciones, normalmente calculadas como porcentaje del producto interior bruto total, extraído de los datos más recientes del Fondo Monetario Internacional. No obstante, el desglose de contribuciones por jurisdicciones de 2017 refleja una brecha cada vez mayor entre la representación en el Patronato y las contribuciones financieras aportadas por «sus» jurisdicciones. Como consecuencia de ello, la Comisión considera necesario revisar la adecuación e idoneidad de los acuerdos del Patronato, tal como se prevé en el plan de trabajo de 2018 del Consejo de Supervisión, a fin de seguir de cerca los esfuerzos realizados por las jurisdicciones que actualmente no satisfacen las contribuciones previstas.
El PIOB está desempeñando un papel fundamental en el desarrollo de un marco de interés público que debe integrarse en todo el proceso de elaboración de normas del ámbito de la auditoría. La composición y la función del PIOB pueden evolucionar en los próximos años con arreglo al proceso de reforma iniciado por el Grupo de Supervisión. Sin embargo, la supervisión independiente será también inevitablemente una de las características fundamentales de cualquier modelo futuro. Por otra parte, entretanto deben proseguir los esfuerzos por diversificar la financiación del PIOB.
Apéndice 1 – Resumen de las actividades NIIF de 2017
Norma |
Fecha de emisión por parte del CNIC/IASB |
Fecha de aplicación |
Fecha de publicación en el Diario Oficial |
NIIF 16 – Arrendamientos |
13.1.2016 |
1.1.2019 |
9.11.2017 |
Modificaciones de la NIC 12 Reconocimiento de activos por impuestos diferidos por pérdidas no realizadas |
19.1.2016 |
1.1.2017 |
9.11.2017 |
Modificaciones de la NIC 7 Iniciativa sobre información a revelar |
29.1.2016 |
1.1.2017 |
9.11.2017 |
Aclaraciones de la NIIF 15 Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes |
12.4.2016 |
1.1.2018 |
9.11.2017 |
Modificaciones de la NIIF 2 – Aclaraciones de la clasificación y valoración de los pagos basados en acciones |
20.6.2016 |
1.1.2018 |
27.2.2018 |
Aplicación de la NIIF 9 – Instrumentos financieros con la NIIF 4 – Contratos de seguros (modificaciones de la NIIF 4) |
12.9.2016 |
1.1.2018 |
9.11.2017 |
Mejoras anuales de las NIIF 2014-2016 |
8.12.2016 |
1.1.2017 |
8.2.2018 |
CINIIF 22 Transacciones en moneda extranjera y contraprestaciones anticipadas |
8.12.2016 |
1.1.2018 |
|
Modificaciones de la NIC 40 – Transferencias de inversiones inmobiliarias |
8.12.2016 |
1.1.2018 |
15.3.2018 |
NIIF 17 – Contratos de seguros |
18.5.2017 |
1.1.2021 |
|
CINIIF 23 – Incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto sobre las ganancias |
7.6.2017 |
1.1.2018 |
|
Modificaciones de la NIIF 9 Instrumentos financieros – Componente de pago anticipado con compensación negativa |
12.10.2017 |
1.1.2019 |
|
Modificación de la NIC 28 – Intereses a largo plazo en entidades asociadas y en negocios conjuntos |
12.10.2017 |
1.1.2019 |
|
Mejoras anuales 2015-2017 |
12.12.2017 |
1.1.2019 |
Proyectos notificados en solicitudes de subvención |
2017 |
2018 |
Observaciones |
Proyecto de mejor comunicación |
|||
Iniciativa sobre información a revelar – Principios de la información a revelar |
Plan de trabajo |
Documento de debate – 30.3.2017 |
Proyecto de investigación destinado a mejorar los requisitos de la revelación de información. |
Iniciativa sobre revelación de información – Definición de materialidad o importancia relativa (modificación de las NIC 1 y 8) |
Proyecto de norma – 14.9.2017 |
Aclaración de la definición de materialidad o importancia relativa |
|
Iniciativa sobre revelación de información – Declaración de prácticas sobre materialidad o importancia relativa |
Plan de trabajo |
Emitido – 14.9.2017 |
Proyecto completado con la publicación de «Making Materiality Judgements» (Formulación de juicios sobre materialidad o importancia relativa) |
Estados financieros principales |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Mejora específica de la estructura y contenido de los estados financieros |
Proyectos de investigación |
|||
Combinación de negocios bajo control común |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Tiene por objeto reducir la diversidad en la contabilización de las combinaciones de negocios bajo control común. Las normas NIIF no abordan dichas operaciones. |
Revisión de seguimiento posterior a la aplicación de la NIIF 13 |
Plan de trabajo |
La revisión tiene por objeto evaluar el impacto de la NIIF 13 «Valoración del valor razonable» en la información financiera. Comenzó en 2017 con una solicitud de información. |
|
Tipo de descuento |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Plan de investigación sobre el uso de un tipo de descuento en las NIIF. El proyecto finalizó en marzo de 2017. Se prevé un resumen de la investigación en 2018. |
Gestión dinámica de riesgos |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Plan de investigación sobre macrocobertura que tiene por objeto la elaboración de un modelo de contabilidad para informar del efecto de la cobertura y de la gestión dinámica de riesgos. Documento de debate previsto en 2019. |
Instrumentos financieros con características de patrimonio |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Aclaración de la presentación de instrumentos financieros con características tanto de pasivo como de capital. Tiene por objeto aclarar los requisitos de la NIC 32 – Instrumentos financieros. Se prevé un documento de debate en 2018. |
Fondo de comercio y deterioro del valor |
Plan de trabajo |
Plan de trabajo |
Proyecto de investigación destinado a garantizar el oportuno reconocimiento del deterioro de valor del fondo de comercio. Tiene por objeto mejorar los requisitos de la NIC 36. Se prevé un documento de debate en 2018. |
Pagos basados en acciones |
Plan de trabajo |
Completado |
El proyecto de investigación se completó en mayo de 2016 y dio lugar a modificaciones de reducido alcance. Se prevé un resumen de la investigación en 2018. |
Actividades de regulación de tarifas |
Plan de trabajo |
En curso |
El proyecto tiene por objeto tener en cuenta el efecto de la regulación de tarifas cuando se regulan las políticas de precios de las empresas. |
Marco conceptual |
Proyecto de norma – 28.5.2015 |
En curso |
El nuevo marco conceptual está previsto para marzo de 2018 |
Proyectos de mantenimiento – Modificaciones de reducido alcance |
|||
Políticas contables y estimaciones contables (modificaciones de la NIC 8) |
Proyecto de norma – 12.9.2017 |
Aclaraciones sobre la distinción entre políticas y estimaciones contables. |
|
Cambios en las políticas contables (modificación de la NIC 8) |
Plan de trabajo |
Concebido para reducir el umbral de inviabilidad en lo que respecta a la aplicación de cambios voluntarios en las políticas contables. |
|
Disponibilidad de un reembolso (modificaciones de la CINIIF14) |
Plan de trabajo |
Aclaraciones sobre cuándo las terceras partes tienen derecho a tomar determinadas decisiones acerca de un plan de prestaciones definido por la empresa |
|
Clasificación de pasivos (modificación de la NIC 1) |
Proyecto de norma – 10.2.2015 |
Aclaración de la clasificación de las deudas con opciones de renovación. Se prevé una modificación en 2018. |
|
Definición de un negocio (modificación de la NIIF 3) |
Plan de trabajo |
Aclaración de la definición de «negocio» y de «grupo de activos» |
|
Tasas incluidas en la prueba del 10 % para la baja en cuentas (modificación de la NIIF 9) |
Plan de trabajo |
Aclaraciones de las tasas y los costes que deben tenerse en cuenta al evaluar la baja en cuentas de un pasivo financiero |
|
Modificaciones de la NIIF 8 – Segmentos de operación |
Proyecto de norma – 29.3.2017 |
Aclaración de la definición de «máxima instancia de toma de decisiones operativas» y mejora de los requisitos de información a revelar. |
|
Modificación de la NIC 19 – Modificación, reducción o liquidación de un plan |
Emitido – 8.2.2018 |
Aclaración de los requisitos contables cuando se produce la modificación, reducción o liquidación de un plan. |
|
NIC 16 – Ganancias antes del uso previsto |
Proyecto de norma – 20.6.2017 |
Modificación destinada a prohibir la deducción de ganancias por ventas del coste de un elemento de inmovilizado |
Apéndice 2 – Desglose de la financiación de la Fundación NIIF en 2017
Desglose de la financiación de la Fundación NIIF |
|||||
Contribuyente financiero |
Contribución 2017 |
Contribución 2016 |
Número de administradores a 1 de enero de 2018 |
Evolución a un tipo de cambio constante |
|
Empresas internacionales de contabilidad |
34,7 % |
31,3 % |
-0,3 % |
||
Comisión Europea |
16,5 % |
15,6 % |
2,0 % |
||
Estados miembros de la UE |
15,9 % |
15,4 % |
7 |
1 % |
|
Asia y Oceanía |
25,6 % |
29,0 % |
8 |
-2,5 % |
|
América |
5,8 % |
6,6 % |
6 |
-17,0 % |
|
África |
0,5 % |
1,2 % |
1 |
-53,3 % |
|
Otros |
0,9 % |
0,9 % |
0 |
-2,4 % |
|
Total |
22 |
-2,1 % |
Fuente: Fundación NIIF
Apéndice 3 – Desglose de la financiación del EFRAG en 2017
CONTRIBUCIONES 000 EUR |
||
2017 |
2016 |
|
Organizaciones de partes interesadas europeas |
||
Accountancy Europe |
300 |
300 |
BUSINESSEUROPE |
125 |
125 |
INSURANCE EUROPE |
75 |
75 |
Federación Bancaria Europea (FBE) |
75 |
75 |
Agrupación Europea de Cajas de Ahorros (ESBG) |
75 |
75 |
Asociación Europea de Bancos Cooperativos (EACB) |
75 |
75 |
Federación Europea de Contables y Auditores (EFAA) |
25 |
25 |
Federación Europea de Asociaciones de Analistas Financieros (EFFAS) |
15 |
15 |
Total |
765 |
765 |
Organizaciones nacionales |
||
Francia |
350 |
350 |
Alemania |
350 |
350 |
Reino Unido |
350 |
350 |
Italia |
290 |
290 |
Suecia |
100 |
100 |
Dinamarca |
50 |
50 |
Países Bajos |
50 |
50 |
España |
50 |
0 |
Luxemburgo |
15 |
15 |
Total |
1 605 |
1 555 |
Comisión Europea |
2 624 |
2 432 |
TOTAL DE CONTRIBUCIONES |
4 994 |
4 752 |
Fuente: EFRAG
Apéndice 4
DO L 105 de 8.4.2014, p. 1.
DO L 129 de 19.5.2017, p. 24.
A 1 de enero de 2018.
Considerando 7.
Por ejemplo, el Documento de la Secretaría del EFRAG titulado «IFRS 16 Quantitative Assessments of Accounting Impacts» (Evaluaciones cuantitativas de los impactos contables de la NIIF 16), el estudio cuantitativo «What do we really know about goodwill and impairment?» (¿Qué sabemos realmente del fondo de comercio y el deterioro de su valor?) y el informe del EFRAG sobre los resultados de la primera fase del Proyecto de Investigación sobre los Instrumentos de Patrimonio: Devaluación y Reciclaje.
https://www.iosco.org/.
https://www.iosco.org/about/monitoring_group/pdf/2018-05-31-Monitoring-Group-Summary-of-Feedback.pdf .
Artículo 13, letra a), del acto constitutivo de la Fundación NIIF.