Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52018DC0418

    Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2018 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2018 de los Países Bajos

    COM/2018/418 final

    Bruselas, 23.5.2018

    COM(2018) 418 final

    Recomendación de

    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    relativa al Programa Nacional de Reformas de 2018 de los Países Bajos

    y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2018 de los Países Bajos


    Recomendación de

    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    relativa al Programa Nacional de Reformas de 2018 de los Países Bajos

    y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2018 de los Países Bajos

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 5, apartado 2,

    Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos 2 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

    Vista la Recomendación de la Comisión Europea 3 ,

    Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo 4 ,

    Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

    Visto el dictamen del Comité de Empleo,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Financiero,

    Visto el dictamen del Comité de Protección Social,

    Visto el dictamen del Comité de Política Económica,

    Considerando lo siguiente:

    (1)El 22 de noviembre de 2017, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2018 para la coordinación de las políticas económicas. Se tuvo debidamente en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. Las prioridades de dicho Estudio fueron ratificadas por el Consejo Europeo del 22 de marzo de 2018. El 22 de noviembre de 2017, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro, que fue ratificada por el Consejo Europeo el 22 de marzo de 2018. El lunes, 14 de mayo de 2018, el Consejo adoptó la Recomendación sobre la política económica de la zona del euro (en lo sucesivo, «Recomendación para la zona del euro»).

    (2)Al ser un Estado miembro cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la Unión Económica y Monetaria, los Países Bajos deben velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación para la zona del euro, como se refleja en las recomendaciones 1 y 2 que figuran más abajo.

    (3)El informe específico de 2018 sobre los Países Bajos 5 fue publicado el 7 de marzo de 2018. En él se evalúan ciertos avances realizados de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 11 de julio de 2017, las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones de años anteriores, así como los avances de los Países Bajos hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. Se incluye asimismo un examen exhaustivo en virtud del artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, cuyos resultados también se publicaron el 7 de marzo de 2018 6 . El análisis de la Comisión la lleva a concluir que los Países Bajos están experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, los Países Bajos muestran el mayor superávit por cuenta corriente medio de tres años en términos de PIB entre los Estados miembros de la zona del euro. El superávit sugiere una asignación de recursos que no es óptima, desaprovechando oportunidades de un mayor crecimiento y bienestar. La deuda privada es elevada, concretamente las hipotecas de los hogares y la deuda de las empresas multinacionales. Los abultados balances de los hogares aumentan la vulnerabilidad a las crisis financieras.

    (4)El 30 de abril de 2018, los Países Bajos presentaron su Programa Nacional de Reformas de 2018 y el 26 de abril, su Programa de Estabilidad de 2018. Para tener en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han evaluado simultáneamente.

    (5)En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han abordado las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 7 , cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su acuerdo de asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica 8 .

    (6)Los Países Bajos se encuentran actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2018, el Gobierno prevé que el superávit de las administraciones públicas experimente un descenso, pasando del 1,1 % del PIB en 2017 al 0,3 % en 2021. El objetivo presupuestario a medio plazo, que se sitúa en un déficit estructural del 0,5 % del PIB, sigue cumpliéndose a lo largo de todo el período del Programa. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB registre un descenso para situarse en el 44,0 % del PIB en 2021. El escenario macroeconómico en el que se basan esas previsiones presupuestarias es verosímil. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2018 de la Comisión, se prevé que el saldo estructural pase de un superávit del 0,5 % del PIB en 2017 a un déficit del 0,1 % en 2018 y del 0,3 % en 2019, por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Se prevé que la deuda bruta de las administraciones públicas siga una firme tendencia a la baja y por debajo del valor de referencia establecido en el Tratado. En general, el Consejo estima que los Países Bajos cumplirán las disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en 2018 y 2019. Al mismo tiempo, aun respetando el objetivo a medio plazo, sigue existiendo margen para utilizar las políticas presupuestarias y estructurales para incrementar las inversiones públicas y privadas en investigación, desarrollo e innovación.

    (7)Los Países Bajos disponen de un sector de investigación y desarrollo eficiente que, junto con un sistema educativo y una base científica sólidos, sientan unos cimientos sanos para impulsar la capacidad de innovación y crecimiento a través de la educación y de actividades de investigación y desarrollo. Se han anunciado inversiones adicionales sustanciales que podrían contribuir a estabilizar la investigación pública y privada y la intensidad del desarrollo. Todavía sigue siendo incierto si los Países Bajos alcanzarán los objetivos de Europa 2020, en particular en lo que respecta a la inversión en investigación y desarrollo y en energía renovable.

    (8)Un reto fundamental para hacer frente al alto endeudamiento de los hogares lo constituye el mercado de la vivienda, en el que las rigideces y los incentivos distorsionadores que se han ido acumulando durante decenios determinan las pautas de financiación de la vivienda y el ahorro sectorial. Desde 2012, se han aplicado una serie de medidas para abordar parcialmente esta cuestión. En 2017, el Gobierno anunció planes para acelerar la reducción de la deducibilidad fiscal de los intereses de las hipotecas a partir de 2020. Sin embargo, el mal funcionamiento del segmento medio en el mercado de alquiler anima a los hogares a comprar en vez de alquilar, lo que ha dado lugar a altas ratios de endeudamiento y a vulnerabilidad económica desde una edad precoz. El sector de la vivienda social es uno de los más desarrollados de la Unión, pero las viviendas no siempre están ocupadas por quienes realmente las necesitan. Los hogares con altos ingresos siguen habitando viviendas sociales, dado que las entidades de vivienda social no incrementan los alquileres tan rápidamente como podrían hacerlo. Aunque el Gobierno ha anunciado su intención de apoyar la oferta de viviendas asequibles en el mercado de alquiler a particulares, todavía no se han comunicado planes concretos para este apoyo.

    (9)Como se indica en la Recomendación de 2018 relativa a la zona del euro, la lucha contra las estrategias de planificación fiscal abusiva es esencial para impedir los falseamientos de la competencia entre empresas, garantizar la igualdad de trato de los contribuyentes y salvaguardar las finanzas públicas. Los efectos indirectos de las estrategias de planificación abusiva del contribuyente entre Estados miembros requiere una actuación coordinada de las políticas nacionales para complementar la legislación de la UE. El elevado nivel de pagos de dividendos, cánones e intereses efectuados a través de los Países Bajos sigue sugiriendo que la normativa fiscal del país es utilizada por empresas que participan en prácticas de planificación fiscal abusiva. Una gran proporción de la inversión directa extranjera acumulada está en manos de entidades con finalidades especiales. La ausencia de retención fiscal sobre los pagos salientes (es decir, de residentes en la UE a residentes en países terceros) en concepto de pagos de cánones e intereses puede dar lugar a que dichos pagos eludan impuestos, si tampoco están sujetos al impuesto en el país receptor. La falta de determinadas normas contra los abusos, especialmente en el caso de las entidades híbridas, también puede facilitar la planificación fiscal abusiva. La Comisión toma nota del compromiso de los Países Bajos de combatir la planificación fiscal abusiva, tal como se explicita en el programa de reformas fiscales, incluida la retención en origen sobre los pagos de cánones, intereses y dividendos en caso de abuso o de pagos a países con baja tributación constituye un paso en la dirección adecuada para reducir la planificación fiscal abusiva y debe aplicarse con rapidez y ser objeto de un seguimiento atento. Sobre la base de las últimas gestiones realizadas, la Comisión continuará su diálogo constructivo para luchar contra las estrategias de planificación fiscal abusiva de los contribuyentes.

    (10)Pese a una baja tasa de desempleo y a un número de empleos no cubiertos, el crecimiento nominal de los salarios fue moderado, registrando un 1,5 % en 2017. Este porcentaje es inferior al nivel que podría esperarse sobre la base de la inflación, la productividad y el desempleo. El crecimiento salarial moderado puede estar parcialmente vinculado al lento incremento de la productividad, a la atonía que muestra el resto del mercado laboral y a la creciente segmentación de dicho mercado. En 2017, el Gobierno adoptó varias medidas fiscales que reducen la carga fiscal sobre el trabajo y pretenden aumentar la renta neta disponible de los hogares en los que sus miembros trabajan. Impulsar la renta neta disponible de los hogares mediante la creación de las condiciones necesarias para promover el crecimiento de los salarios y reformar el segundo pilar del sistema de pensiones para que sea más transparente, más justo desde el punto de vista intergeneracional y más resistente en caso de perturbaciones, apoyaría la demanda interna y contribuiría al reequilibrio de la zona del euro.

    (11)El reciente crecimiento del empleo puede atribuirse en gran medida a un aumento del número de personas con contratos temporales y de los trabajadores por cuenta propia. El alto y creciente porcentaje de contratos temporales, así como el rápido aumento de la actividad por cuenta propia sin asalariados ocurre en un contexto de grandes diferencias en las normas laborales aplicables y la protección laboral, así como de diferencias en la legislación fiscal y la relativa a la seguridad social. Aunque se han adoptado algunas medidas y recientemente se han anunciado otras adicionales, algunos de estos factores siguen creando incentivos financieros para que los empleados comiencen a trabajar como autónomos o para favorecer su contratación mediante contratos temporales. Además, la aplicación de medidas para luchar contra el falso trabajo por cuenta propia se ha suspendido hasta 2020. A menudo, los trabajadores por cuenta propia están insuficientemente asegurados contra la discapacidad, el desempleo y en materia de pensiones. Esto podría afectar a la sostenibilidad a largo plazo del sistema de seguridad social.

    (12)A pesar de un mercado laboral que funciona bien en general, todavía existe un potencial de mano de obra no aprovechado. En particular, el gran número de mujeres que trabajan a tiempo parcial y la situación laboral de las personas de origen migrante siguen constituyendo retos importantes. La tasa de empleo de los migrantes nacidos fuera de la UE es 20,6 puntos porcentuales inferior a la de las personas nacidas en los Países Bajos, y esta diferencia todavía crece en el caso de las mujeres.

    (13)El aumento en los últimos años de la tasa de ahorro de los hogares se debió en parte al mayor ahorro en el segundo pilar del sistema de pensiones (regímenes privados complementarios obligatorios), a lo que contribuyó el marco normativo. Una adecuada distribución intrageneracional e intergeneracional de los costes y riesgos más allá de las normas aprobadas en materia de indexación y las reservas financieras (marco de evaluación financiera) podría ayudar a los hogares a emplear sus recursos financieros de una forma más favorable al crecimiento. El Gobierno ha confirmado su intención de reformar sustancialmente el segundo pilar del sistema de pensiones con el fin de mejorar la cobertura y de crear un sistema más transparente, flexible y justo desde el punto de vista actuarial del sistema. Por lo que se refiere a la sostenibilidad de las finanzas públicas, el informe sobre el envejecimiento de 2018 indica un riesgo medio para la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo, ya que se prevé que el gasto en cuidados de larga duración aumentará del 3,5 % al 6,0 % del PIB hasta 2070.

    (14)En el contexto del Semestre Europeo de 2018, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de los Países Bajos y lo ha publicado en el informe por país de 2018 9 . Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad de 2018 y el Programa Nacional de Reformas de 2018, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a los Países Bajos en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones al nivel de la Unión en las futuras decisiones nacionales.

    (15)A la luz de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2018 y según su dictamen 10 cabe esperar que los Países Bajos cumplan el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

    (16)A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 2 que figuran a continuación.

    RECOMIENDA a los Países Bajos que tomen medidas en 2018 y 2019 con el fin de:

    1.Respetando el objetivo a medio plazo, utilizar las políticas presupuestarias y estructurales para incrementar las inversiones públicas y privadas en investigación, desarrollo e innovación. Tomar medidas para reducir el sesgo en favor del endeudamiento de los hogares y las distorsiones que subsisten en el mercado de la vivienda, en particular apoyando el desarrollo del sector del alquiler privado.

    2.Reducir los incentivos para la utilización de contratos temporales y de trabajadores por cuenta propia sin asalariados, fomentando al mismo tiempo una protección social adecuada para los trabajadores por cuenta propia, y luchar contra el falso trabajo por cuenta propia. Crear las condiciones necesarias para promover un mayor crecimiento de los salarios reales, respetando el papel de los interlocutores sociales. Garantizar que el segundo pilar del sistema de pensiones sea más transparente, más justo desde el punto de vista intergeneracional y más resistente frente a las perturbaciones.

    Hecho en Bruselas, el

       Por el Consejo

       El Presidente

    (1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
    (2)    DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
    (3)    COM(2018) 418 final.
    (4)    P8_TA(2018)0077 y P8_TA(2018)0078.
    (5)    COM(2018) 217 final.
    (6)    COM(2018) 120 final.
    (7)    Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, DO L 347 de 20.12.2013, p. 320.
    (8)    COM(2014) 494 final.
    (9)    https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/2018-european-semester-country-report-netherland-en.pdf
    (10)    Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.
    Top