Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52018AP0194

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 3 de mayo de 2018, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se somete la nueva sustancia psicotrópica 1-(4-cianobutil)-N-(2-fenilpropan-2-il)-1H-indazol-3-carboxamida (CUMIL-4CN-BINACA) a medidas de control (05392/2018 – C8-0025/2018 – 2017/0344(NLE))

    DO C 41 de 6.2.2020, p. 79–79 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.2.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 41/79


    P8_TA(2018)0194

    Medidas de control para la nueva sustancia psicotrópica CUMIL-4CN-BINACA *

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 3 de mayo de 2018, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se somete la nueva sustancia psicotrópica 1-(4-cianobutil)-N-(2-fenilpropan-2-il)-1H-indazol-3-carboxamida (CUMIL-4CN-BINACA) a medidas de control (05392/2018 – C8-0025/2018 – 2017/0344(NLE))

    (Consulta)

    (2020/C 41/14)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el proyecto del Consejo (05392/2018),

    Vistos el artículo 39, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, en su versión modificada por el Tratado de Ámsterdam, y el artículo 9 del Protocolo n.o 36 sobre las disposiciones transitorias, conforme a los cuales ha sido consultado por el Consejo (C8-0025/2018),

    Vista la Decisión 2005/387/JAI del Consejo, de 10 de mayo de 2005, relativa al intercambio de información, la evaluación del riesgo y el control de las nuevas sustancias psicotrópicas (1), y en particular su artículo 8, apartado 3,

    Visto el artículo 78 quater de su Reglamento interno,

    Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0134/2018),

    1.

    Aprueba el proyecto del Consejo;

    2.

    Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

    3.

    Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

    4.

    Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

    (1)  DO L 127 de 20.5.2005, p. 32.


    Top